lunes, 14 de mayo de 2012

BARRIOS Y FAMILIAS DE RIBOTA ENTRE LOS SIGLOS XV Y XVIII (2): más sobre los Fernández.


Aunque la viuda de Santiago Fernández afirma en su testamento de 1674 que la casa de La Vega del Soto había sido construida durante su matrimonio, debemos entender que dicha intervención fue una ampliación o reedificación porque en el inventario de bienes del padre de Santiago Fernández (y bisabuelo del hijo de Antonia de la Caneja), llamado también Juan Fernández y fechado el 24 y 25 de octubre de 1662, se describe la misma casa, hórreo, huertas y propiedades, resultando la casa muy parecida a lo que se describe en los documentos de 1674 y 1693. 

Se tardó dos días en hacer el inventario post mortem que se extiende a lo largo de once páginas, lo que indica la buena posición de la que disfrutaba este “Juan Fernández de Ribota, el mayor en días”, muerto el 24 de octubre de 1662. Efectúan el inventario su hijo, Santiago Fernández, su segunda esposa, Catalina Díez, y sus vecinos de La Vega del Soto Alonso de Viya y Juan Calveto. La primera mujer se llamó Ana Gómez. 

Como suele ser habitual en este tipo de documentos, se empieza inventariando las casas, hórreos y huertas, comenzando por la vivienda que era de cuatro vigadas y media, 

tres nuevas, y vigada y media de la cocina antigua, con dos portaladas, la una a la parte del río caudal del dicho lugar de Rivota y la otra con una vodega en que vive Juan Fernández, el moço, su hixo, a la delantera de dicha casa, que dicha casa y portaladas lindan con casa de Alonso de Viya y con el río caudal y con la güerta cercada de parez seca, con sus antoxanos y más derechos.

Yten media bodega con su medio portal, altos y vaxos, en que vive Lupercio Fernández, hixo de dicho Juan Fernández, que parte con casa de Alonso de Viya y Camino Real.

Yten un órrio delante de la dicha casa de morada que es de traslla en que andava dicho Juan Fernández.

Yten media vigada de casa que es la mitad de la casa en que vive Domingo Amigo, vecino de dicho lugar de Rivota, con su antoxano y un pedaço de casar xunto a ella, que uno y otro linda con casa de dicho Domingo Amigo y casar de Catalina Díez, muger de Pedro de Cabrero, vecino de Osexa

Yten dos pedaços de güertas en La Vega del Soto, que lindan con la casa del dicho Domingo Amigo y con dicho casar.

Yten un órrio sitio ansimismo en la dicha Vega del Soto, que la mitad de él lleva oi Juan Fernández, su hixo, y la otra mitad la llevava dicho Juan Fernández y su muger. 

Yten una güerta pegada contra la casa de morada de donde vivía el dicho Juan Fernández, çercada de parez seca y en ella mucha cantidad de árvoles frutales, que son los siguientes: veinte y quatro pies de avellanos y seis cerexales, y una moral, y dos pindales de nogales pequeños, dos perales, y más otros dos pies de avellanos antiguos, tres pumares, uno fuera de dicha güerta, que la dicha güerta linda con el río caudal y riega de Guyo (sic).

Yten un molino delante de la dicha güerta, de un molar, que ansimismo llevava dicho Juan Fernández.

Yten un güerto de ortoliça entre el órrio y molino, con dos, digo, tres pies de avellanos y un pumar y una moralar. Yten la media güerta de arriva, que linda con casa de [...] y güerta de Lupercio Fernández, con más frutales, que son los siguientes: veinte y quatro, >digo, veinte y tres< pies de avellanos, dos moralares, quatro [ceru]xales, y diez pumares mançanos, un nogal, dos cer[o]les, peral y media y dos texares, todo dentro de dicha güerta. Yten declararon aver quedado del dicho Juan Fernández arcas mayores y menores de nogal, fresno y castañar, todas sin llave, salvo una grande de castañar que está en el portal de la casa”.

Entre los enseres domésticos, aperos de labranza e instrumentos de trabajo aparece un carro con sus ruedas, “un yugo con su lloranbre y soveo”, una carral vieja, un arado con su reja, cuatro azadas, un hacha, un taladro y una hoz, “unas pocas de espigas de escanda en el órrio”, 2’5 fanegas de legumbre, 1’5 fanegas de maíz, “tres çençerros sin vadaxos, yten un pellexo y una bota de traer vino”, una docena y media de platos y escudillas,  “media docena de sábanos y sábanas, quatro de çerro y dos de estopa”, cuatro mantas a medio traer, una restilla, un cazo, una sartén de hierro, un traje de paño y un gabán de sayal. 

Se enumeran después los bienes muebles con seis enjambres de abejas, y dos pies de abejas en aparcería con Alonso de Viya, un par de bueyes de yugo, uno de color amarillo y el otro bermejo, dos novillos, uno blanco y otro bermejo, cuatro vacas, dos con un jato y una jata y las otras dos preñadas, dos anojos, siete ovejas parideras, cinco cabras, dos borras, un cordero y una cordera en aparcería con el Santuario de la Virgen de La Velilla, ocho lechones machos y hembras, “un rozín con hatado para pan”, un poco de lana por hilar y otro poco hilado, y media docena de madexas de estopa y cerro.

La enumeración de prados y tierras situados en los términos de Ribota y de Oseja ocupan cinco páginas. 

Hacer el inventario costó seis reales y el escribano cobró además por el documento de curaduría de sus hijos menores que sigue a la relación de bienes muebles y raíces. Así nos enteramos que el difunto Juan Fernández tuvo cuatro hijos de su primera mujer, Ana Gómez, llamados Santiago, Lupercio, Juan y Pedro, los tres primeros mayores de edad en 1662 y Pedro, menor de 25 aunque mayor de 14, que quedó bajo la tutela de su hermano Lupercio. De su segundo matrimonio con Catalina Díez nacieron otros dos hijos, llamados Francisco y Cecilia Fernández, asimismo menores de 25 años y mayores de 14, que quedaron encomendados a la tutela de su madre. 

Según el testamento de este Juan Fernández de Ribota, que también se conserva, se hizo enterrar en el altar mayor de la iglesia de San Juan, al lado de la Epístola y fundó un aniversario por 50 años. 

De los Fernández de Ribota se conserva documentación en el Archivo de la Casa Piñán, en donde se guardan las fuentes aquí mencionados, y en otros archivos peninsulares desde el siglo XVI.

ALGUNOS BARRIOS Y FAMILIAS DE RIBOTA ENTRE LOS SIGLOS XV Y XVIII (1): La Peñera, Teva y La Vega del Soto.


LA PEÑERA

Un documento fechado en el año 1701 hecho en Ribota dice que “en la hería de Teba do se dize La Piñera” tenía el intitulante una tierra de dos carros de abono que se disponía a vender por una caballería de albarda.  Esta Piñera debe ser lo que hoy se nombra como La Peñera o una parte de lo que se designa con este topónimo.

En dos documentos de 1406 y 1424 aparece un Juan de La Piñera como procurador del Concejo de Sajambre. Fuera o no una misma persona, parece que procedía de Ribota indicándose mediante el apéndice toponímico el lugar en el que vivía, como hemos documentado ya en muchas ocasiones y como sucede en otro caso semejante de 1411 en la persona de Alfonso Martínez del Quintanal.

Según esto, habría que pensar que a inicios del siglo XV había viviendas en el lugar conocido como La Piñera y que, a comienzos del siglo XVIII, ya se había despoblado dedicándose a tierras de labor.  Esto adquiere sentido al comprobar lo que dicen los documentos del siglo XVI sobre Teba (o Teva).

TEVA/TEBA

 "...su padre, en espeçial avía conosçido en el dicho / lugar de Rybota a un hermano del dicho Juan / de Teva, agüelo deste que contendía, que se / avía llamado Pedro de Teva, el qual avía / bibido casado en el dicho lugar de Rybota con una due/na  honrrada que se llamava María Xuárez, de /..." (Archivo de la Real Chancillería de Valladolid).

Hacia 1481, en el lugar de Teva (o Teba) había casas de morada, cuya existencia debía ser bastante anterior. Allí vivió una familia compuesta por el patriarca Juan de Teva, que murió antes de 1491 sobreviviéndole un hermano, llamado Pedro de Teva, que casó con María Suárez y fue padre de Juan de María Xuárez.

Juan de Teva y María de Teva engendraron a Álvaro de Teva quien, a su vez, casó con moza del concejo de Valdeón en 1481, abandonando la casa parterna para irse a vivir a Soto de Valdeón con su mujer, Elvira Rodríguez. Murió antes de 1525. En Ribota se quedaron sus tres hermanos, llamados Pedro y dos homónimos Juan de Teva. En Valdeón nació un hijo de este Álvaro, conocido como Juan de Ribota, que alcanzó ejecutoria de hidalguía el 10 de marzo de 1555 porque, a pesar de demostrarse sin ningún resquicio de duda el haber sido siempre los Teva de Ribota hidalgos notorios, los vecinos de Valdeón pretendían censarle como pechero (1).  

Otros documentos conservados del siglo XVI no mencionan este lugar y tampoco los de la primera mitad del siglo XVII que conozco hasta el momento. En cambio, durante la segunda mitad del siglo, Teva o Teba ya aparece como una ería destinada a la siembra y el mismo uso siguió teniendo en los siglos XVIII y XIX. 

LA VEGA DEL SOTO

En el lugar ribotense (2) de La Vega del Soto están documentadas casas de morada desde el siglo XVII. Era el solar de los Fernández de Ribota que se registran en las fuentes desde finales del siglo XV.

Un documento fechado el 19 de agosto de 1693 empieza así: “Yo, Juan Fernández, el mayor, vecino que soy de La Vega del Soto, del lugar de Ribota, deste Concejo de Sajambre” (Archivo de la Casa Piñán, Sección 1, José Díaz de Caldevilla, leg.1693). 

Una parte de esta casa había sido construida por el matrimonio formado por Santiago Fernández y Marta de Suero antes de 1665, como ésta explica en su testamento de 1674. En él reparte dicha vivienda entre una mitad entera que lega a su nieto y la otra mitad que divide entre sus hijos. El nieto, llamado Juan  Fernández, se hizo con toda la propiedad y es la misma persona que intitula el documento de 1693.

Esta casa fue una buena propiedad, fabricada con piedra, madera y teja, de dos pisos y cuatro vigadas y media, con el característico portal sajambriego sostenido por columnas de madera en la parte delantera de la casa y otro portal similar en la trasera, con varios pajares y establos, con bodega o sótano, con una cocina y, es de suponer, que con alguna o algunas estancias más para la habitación humana, aunque no se mencionen. Detrás de la casa había una huerta y delante de ella, un hórreo y «la mi guerta que está delante de la dicha cassa, según esta zerrada sobre sí, de paré seca, que linda con el camino real que ba de Guérgola al bao de la Güera y linda con el dicho bao y río caudal».  La casa fue hipotecada en el año 1693.

Este nieto de Marta de Suero que hereda la mitad de la casa familiar era hijo de Juan Fernández y de Antonia de La Caneja y Mendoza, hermana de Doña Francisca de La Caneja y del arcediano de Villaviciosa, Don Diego de la Caneja. Era, por consiguiente, nieta de la hermana del Arcediano, Don Pedro Díaz de Oseja, llamada Gracia y miembro, por tanto, de la Casa de La Caneja.  En cada generación de esta rama familiar siempre hubo alguien llamado Juan Fernández y los descendientes actuales de aquel matrimonio son también descendientes del Arcediano (3).  

En La Vega del Soto vivían también entre 1662 y 1665 familias apellidadas Viya, Díaz y Amigo, cuyas casas lindaban con el Camino Real y con la casa de los Fernández.

Lindando con La Vega del Soto se levantaba otra mansión de la antigua Ribota: la casa palacio de Don Toribio Díaz Prieto.  

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NOTAS
(1) Valladolid, Archivo de la Real Chancillería, Registro de Ejecutorias, caja 827, doc.n.50, de 42 páginas en escritura procesal.
(2) Aparte de ser el gentilicio propio de todos los lugares de España llamados Ribota, en Sajambre se utiliza en una carta del siglo XVII (anterior a 1673) para referirse a los vecinos de la localidad sajambriega: «el bicario don Thomás de la Calle Santos me a dicho aga saber a vuestra merced que yrá una persona a la cobranza otro día que pase San Juan y ansí vuestra merced se sirbirá de dar quenta a los ribotenses que procuren benir antes con su dinero y de no ser ansí, no se aflixan después por las costas, porque me pareze no abrá más espera y que sepan que ésta es orden del señor bicario...» (Archivo de la Casa Piñán, Sección 2, Correspondencia, s/s).   
(3) Estoy reconstruyendo su antigua genealogía en:
 Para la conexión con la Casa de La Caneja véase:
 

lunes, 19 de marzo de 2012

UN SAJAMBRIEGO EN LA CORTES DE CÁDIZ

Última página de la Constitución de 1812 con la firma autógrafa (en último lugar) de "Joaquín Díaz Caneja, diputado por León, secretario".

Ahora que España celebra el bicentenario de las Cortes de Cádiz resulta casi obligado hablar del sajambriego que formó parte de aquel hecho histórico en su papel de diputado por León y de uno de los cuatro secretarios de aquel parlamento: Don Joaquín Díaz-Caneja y Sosa Martino y Tovar (1777-1851).

Junto con el Presidente, Vicente Pascual, diputado por Teruel, y los secretarios José María Gutiérrez de Terán, diputado por la Nueva España, José Antonio Navarrete, diputado por el Perú, y José de Zorraquin, diputado por Madrid, Don Joaquín Díaz-Caneja, suscribe el documento original que contiene la Constitución política de la Monarquía española aprobada en Cádiz hace ahora doscientos años.  

Inspirándose en los principios de la Revolución Francesa, los liberales como Don Joaquín defendían la disolución de la sociedad de privilegios en la línea más progresista del momento consiguiendo que en la primera Constitución que tuvo España se reconociera la soberanía nacional, la separación de poderes, la obligatoriedad de todos los ciudadanos a contribuir con sus ingresos y haciendas a los gastos del Estado, la igualdad de todos los españoles ante la ley, los derechos individuales a la educación, la libertad civil, la inviolabilidad del domicilio, la propiedad, la libertad de imprenta (1), el sufragio universal masculino, la enseñanza pública obligatoria (2), la ilegalización de la tortura (3), la abolición de la Inquisición, etc. 

En los periodos en los que estuvo vigente, este marco constitucional permitió iniciar las primeras reformas burguesas de nuestro país para desmantelar el Antiguo Régimen que seguía siendo defendido por el Partido Conservador, cuya aspiración consistía en el mantenimiento de la monarquía absoluta, de la soberanía real, de la desigualdad de los españoles ante la ley por el mantenimiento de la división de la sociedad en estamentos privilegiados (clero y nobleza) y no privilegiados (pecheros), de los señoríos, de la censura y el control editorial, de la permanencia de la Inquisición, etc, una herencia de valores tradicionales que se perpetuará en los idearios conservador y carlista durante el siglo XIX. 

Con el elocuente discurso y la memoria prodigiosa que poseía, Don Joaquín se distinguió especialmente en su defensa de la libertad de imprenta (1) y de expresión, así como de la igualdad de los españoles ante la ley y la supresión de los privilegios que gozaban el clero y la nobleza, a cuyo escalafón más bajo (el de los hidalgos) pertenecía toda su familia. 

Entre los documentos a los que puede accederse a través del portal del Congreso de los Diputados emanados de las Cortes de Cádiz, encontramos algunos escritos del puño y letra de Don Joaquín que certifican la activa participación del sajambriego en la legislación del periodo y en la redacción de la propia Constitución de 1812, al tiempo que transmiten su manera de ser y de pensar, su preocupación por la exactitud y concreción de las palabras como el buen jurista que era y su defensa de la legalidad aunque eso conllevara un enfrentamiento directo con la Iglesia.

Uno de estos documentos, fechado el 7 de febrero de 1812 pero referido a artículos aprobados en la sesión parlamentaria del 5 de febrero, puede leerse y descargarse en PDF en el enlace que proporciono en la nota (4). Un segundo documento, con fecha de 5 de marzo de 1812, sobre el empecinamiento del arzobispo compostelano por titularse “señor de la ciudad de Santiago” pese a las leyes en su contra, puede verse (y descargarse) en la nota (5).  El tercero es la implantación de ayuntamientos constitucionales, que Don Joaquín firma como diputado y secretario, y que puede verse en el nota (6). El cuarto es la proposición de Don Joaquín sobre el artículo 231 de la Constitución, que se aprobó e incorporó a la redacción definitiva como art.232, en la nota (7).  Y los interesados pueden rastrear las restantes intervenciones del sajambriego en el enlace de la nota (8).

Su actuación política durante estos años le valió a Don Joaquín ser calificado como “enemigo de la Iglesia”, le obligó a emprender el camino del exilio al regreso de Fernando VII, le supuso una inhabilitación y un nuevo destierro en Sevilla.  Pero como sucedió con tantos otros liberales españoles, los años de expatriación acabaron por cambiar sus antiguos ideales que fueron transformándose en un conservadurismo que ejercería hasta su muerte, sucedida el día de Año Nuevo de 1851 a causa de una pulmonía.    

El Diario Oficial de Avisos de Madrid, en su edición del viernes 3 de enero de 1851, en la columna central de la primera página publicó la siguiente necrológica:

El Excmo. e Ilmo. Señor don Joaquín Diaz Caneja, senador del reino, caballero gran cruz de la real y distinguida orden española de Carlos III, ha fallecido.
El Excmo. señor presidente del Senado y el Excmo. e Ilmo. señor don Ignacio Diaz Caneja, obispo de Oviedo, su hermano, los sobrinos, demás parientes, albaceas y testamentarios de dicho señor, ruegan a sus amigos que por olvido involuntario no hayan recibido esquela de invitación para acompañar el cadáver al cementerio de la iglesia parroquial de san Martín, hoy 3 del corriente a las doce de la mañana, se sirvan dispensarle este homenage, a cuyo fin saldrá el cortejo fúnebre de su casa, calle de Preciados, número 72, en lo que recibirán especial favor” (9).   

En el año 1902 sus restos y los de su hermano, el obispo de Oviedo, Don Ignacio, fueron depositados en la capilla de Santo Domingo de la iglesia parroquial de Oseja de Sajambre.    
  
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NOTAS
   (1) Art. 371: “Todos los españoles tienen libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes”.  
   (2) Art. 366: “En todos los pueblos de la Monarquía se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles”.  
   (3) Art. 303: “No se usará nunca del tormento ni de los apremios”. Y además: art. 297: “Se dispondrán las cárceles de manera que sirvan para asegurar y no para molestar a los presos: así el alcaide tendrá a éstos en buena custodia y separados los que el juez mande tener sin comunicación; pero nunca en calabozos subterráneos ni malsanos”.
 (4) Alegaciones manuscritas de Joaquín Díaz-Caneja a la redacción del texto de la Constitución de 1812:
   (5) Don Joaquín contra el arzobispo de Santiago de Compostela:
   (6) Implantación de los Ayuntamientos:
   (7) Proposición sobre el art.231 aprobada e incorporada a la Constitución como art.232:
   (8) Otras intervenciones de Don Joaquín pueden rastearse en la crónica de las sesiones parlamentarias de 1810, 1811 y 1812:
   (9) Fuente: Hemeroteca digital de la Biblioteca Nacional de España. 

domingo, 26 de febrero de 2012

LA ANTIGUA ADVOCACIÓN DEL SAN JULIÁN DE SOTO DE SAJAMBRE, SU FESTIVIDAD, SU FUNCIÓN Y SU ORIGEN

Ruinas de la capilla de San Julián en El Piquero (Soto de Sajambre).

Sabíamos del culto a San Julián en Soto y hoy sabemos de su amplia devoción local en el siglo XVII. Se sospechaba su antiguo emplazamiento en El Piquero y hoy podemos confirmarlo gracias a los documentos de la Casa Piñán. Entre las ruinas de la capilla y las descripciones documentales podemos decir que combinaba la piedra, la madera, la teja y los elementos vegetales como materiales de construcción. Poco antes de 1925 todavía se conocía la piedra de su altar, que fue reutilizada en una construcción rústica del lugar.

Pero aún nos quedan cosas por saber. Por ejemplo, todavía no sabemos cuándo se fundó, ni la mayoría de la gente sabe a qué San Julián de los muchos que existen en el santoral católico estaba dedicada.  

Dado que la fiesta del San Julián venerado en Soto era el 7 de enero, hay que afirmar que la advocación de dicho templo era la de San Julián el Hospitalario.  

Esta información nos los proporciona una carta de perdón fechada en Oseja, el 20 de enero de 1719, en la que se dice que el 8 de enero de dicho año, José González, vecino de Oseja, presentó una querella ante Pedro Piñán, juez ordinario del lugar, contra varios mozos de Oseja “por malos tratamientos y otras cosas” que le habían hecho viniendo de la romería de San Julián que se celebraba en Soto de Sajambre:

El origen de dicha querella abía sido motibado de la romería de San Julián que se haze en el lugar de Sotto, de dicho concejo, que biniendo de dicha romería fue el mottibo prinzipal de dicha querella, por la mucha conbersazión que en dicha romería hubo” (Archivo de la Casa Piñán, Sección 1, Protocolos, Agustín Piñán de Cueto Luengo, leg.1719, de 20 de enero).

A este San Julián (confesor de origen hispano), del 7 de enero, se le confunde desde la Edad Media con el San Julián (mártir de Antioquía) venerado el 9 de enero (1). Pero la fiesta del San Julián celebrada en Soto debía ser anterior a la fecha de la querella de 1719 (8 de enero) o como mucho de ese mismo día, de manera que, según el santoral católico de comienzos del siglo XVIII, sólo es posible la advocación del San Julián llamado Hospitalario. Además, en su monografía inédita, Don Moisés Díaz-Caneja también asigna la fecha del 7 de enero a la festividad del San Julián de Soto de Sajambre (2).

Como veremos a continuación, esta advocación resulta interesantísima y tiene un enorme sentido al considerar el emplazamiento del templo y el lugar en el que todavía se conservan sus ruinas.

San Julián el Hospitalario está considerado protector de los caminantes y patrono de los barqueros y posaderos por haberse dedicado a servir a los viajeros, ayudándoles a cruzar un río, y amparándoles y atendiéndoles en una hospedería que llevaba junto a su mujer (3). La historia completa de San Julián el Hospitalario puede leerse en La leyenda dorada de Jacopo da Varazze, escrita en 1264; y José Lorenzo Arribas aporta una cita muy ilustrativa, sacada de uno de los cuentos de Chaucer, que sirve muy bien para mostrar el significado que poseía este santo en la mentalidad medieval. A propósito de uno de sus personajes, dice el autor que aquél “practicaba la hospitalidad generosamente: era el San Julián de la comarca” (4). 

La capilla de El Piquero se adscribió a San Julián porque el templo se hallaba junto al Camino Real que comunicaba la Asturias oriental con la Meseta. Y aunque no exista ningún río caudaloso que cruzar en los alrededores, el santuario se localiza al inicio del dificultoso y peligroso tránsito que suponía la ascensión al puerto de Beza, sobre todo en la época anterior a las reformas camineras del Arcediano. 

Por eso, no resulta nada difícil imaginarse a los antiguos caminantes encomendándose al santo antes de acometer la subida al puerto. Asimismo, es my posible que el templo cumpliera la función de socorrer a los viajeros que acabaran de atravesar el puerto viniendo de Asturias en la época anterior a la fundación de la alberguería de Sahugo (5). 

Por último, ante la pregunta de cuándo se fundó el templo dedicado a San Julián el Hospitalario en las proximidades de Cueto Luengo hay que responder que todavía no lo sabemos. Pero gracias a los documentos de la Casa Piñán podemos afirmar con seguridad que ya existía en el año 1598 (6).  

Hasta aquí lo demostrado y demostrable. Quedan, no obstante, algunas pistas inquietantes y rabiosamente sugerentes.

El San Julián Hospitalario, protector de los caminantes, es uno de los santos (junto con San Cristóbal o San Roque) que se asimilaron al antiguo culto romano a los lares viales y al sinfín de divinidades paganas relacionadas con los caminos (7).   

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NOTAS
(1) El San Julián del 7 de enero y el del 9 de enero se confunden por la identidad onomástica y por el paralelismo de sus vidas. En ambos casos se trata de matrimonios forzados y en ambos casos de matrimonios castos entregados al servicio de los demás. Pero el San Julián, cuya fiesta se celebra el 9 de enero, era el marido de Santa Basilisa, mientras que de la esposa del San Julián llamado Hospitalario se desconoce el nombre. Una aclaración de esta frecuente confusión, que puede observarse en numerosas fuentes, antiguas y modernas, incluidas obras autorizadas y páginas bien fundamentadas de internet (como www.corazones.org), puede leerse en J. Lorenzo Arribas, “San Pedro de la Nave (Zamora). Interpretaciones eruditas y populares sobre el origen de un templo y sus leyendas”, Culturas populares. Revista electrónica 3 (2006), 47 pp., y en el trabajo fundamental de L. L. Cortés y Vázquez, “La leyenda de San Julián el Hospitalario y los caminos de la peregrinación jacobea del Occidente de España”, Revista de Dialectología y Tradiciones Populares, VII/1 (1951), pp.56-83.

(2) Moisés Díaz-Caneja Piñán escribió: “hasta hace poco (1925) existió el caserón de la ermita dedicada a San Julián, cuya fiesta se celebraba en Soto el 7 de enero, en el cual se conservan las piedras del altar, las cuales se quitaron para hacer la casa-cuadra antes mencionada, o sea, que está a orillas del camino” (en Apuntes descriptivos y reseña histórica de Soto de Sajambre, manuscrito inédito, p.85).

(3) Julián mató a sus padres y a fin de expiar su culpa “los dos esposos abandonaron el castillo y fuéronse a vivir a un país extraño, fijando su residencia a orillas de un caudaloso río, precisamente en un lugar en el que muchos pasajeros, al intentar cruzarlo, o se morían ahogados, o corrían muy graves peligros de perecer arrastrados por la corriente. Allí edificaron una gran hospedería para alojar gratuitamente a caminantes y pobres que por aquel sitio transitaban y allí se quedaron definitivamente San Julián y su virtuosísima mujer haciendo penitencia y obras de caridad, y ayudando a pasar el río a cuantos tenían necesidad de cruzarlo para ir de una a otra orilla del peligroso cauce”: Santiago de Vorágine, La Leyenda dorada, capítulo XXX.

(4) J. Lorenzo Arribas, “San Pedro de la Nave”, ob.cit., pp.15-16.

(5) Sobre la fundación de la alberguería de Sahugo véase Elena E. Rodríguez Díaz, "La Senda del Arcediano y el Camino del Beyo: nuevos documentos para su historia", Boletín del Real Instituto de Estudios Asturianos, n.175 (2010), pp.95-114. [sale publicado en 2012.]

(6) Di a conocer esta noticia en la conferencia impartida en Soto de Sajambre por invitación de la Asociación Félix de Martino que puede leerse on line, en la página de la Asociación a la que lleva el enlace que aparece en la columna de la derecha de este blog.

(7) Veáse por ejemplo N. Santos Yanguas, “El Cristianismo en Asturias en época visigoda”, Tiempo y Sociedad, 5 (2011), p.20 y nota 38; M. Plaza Beltrán, “Culto a los caminos, límites y fronteras: dioses protectores”, Revista de Folcklore, n.344 (2010), pp.39-43. 


P.D.- Este artículo hace el post número 500 de este blog que hace tiempo sobrepasó las 50.000 visitas.