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lunes, 20 de abril de 2026

UNA CARTA DE JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA EN EL ARCHIVO DE LA FAMILIA PIÑÁN DE OSEJA DE SAJAMBRE (1804)

 

Si en el artículo anterior veíamos una carta autógrafa de Ignacio Díaz-Caneja y Sosa, esta vez voy a dar a conocer otra carta escrita en Madrid, el 19 de septiembre de 1804 y firmada solo con el nombre de pila de un Joaquín, que no dice a quién va dirigida, pero que tuvo que ser a su hermano José Díaz-Caneja y Sosa, cuñado de Froilán Piñán que, años más tarde, se documenta como cura del Burgo Ranero (León), según publicó la Gaceta de Madrid del 29 de abril de 1862.  En ella, Joaquín Díaz-Caneja transmite el resultado de una consulta legal que él había efectuado sobre los derechos de Froilán a entrar en el Seminario Cantábrico, institución a la que se había agregado la obra pía de estudiantes de Espinama fundada por Alejandro Rodríguez de Cosgaya, tío de la madre de dicho Froilán. La carta menciona también otros asuntos legales relativos a Sajambre, de los que se encargaba Joaquín en la corte. La misiva está cancelada, tachada con tinta de la época, por lo que dejó de tener valor para los Piñán por las razones que se verán en un instante. Aun así, se conservó.

Tampoco se dice en ningún lugar que el Joaquín que firma solo con su nombre de pila sea el futuro ministro de Gracia y Justicia. Pero la carta se envió a un hermano suyo relacionado con los Piñán de Cueto Luengo, como fue José, casado con Vicenta Piñán (ver artículo anterior); al final de la carta se refiere a un Ignacio con el que mantiene correspondencia; está residiendo en Madrid; entiende de leyes y se mueve en las altas esferas del reino. En esa época y contexto solo podía ser Joaquín Díaz-Caneja y Sosa. Además, la comparación de su escritura con otros documentos conservados en los archivos madrileños no dejan lugar a dudas sobre su autografía.

Presento primero el documento y, a continuación, lo comento. Que a nadie extrañe la ortografía de la carta porque es la de la época. Esa ortografía es una pátina de veracidad.

 

1804, septiembre, 19. Madrid.

Carta de Joaquín Díaz-Caneja y Sosa a su hermano José sobre el dinero que este le enviaba para sufragar diversos encargos jurídicos en los que Joaquín trabajaba, entre ellos algunos de interés para los vecinos de Sajambre. Se detalla el resultado de una consulta legal sobre la obra pía de estudiantes de Espinama, recientemente agregada al Seminario Cantábrico, a la que tenía derecho Froilán Piñán de Cueto Luengo y Rodríguez de Cosgaya.

A.- Oseja de Sajambre, Archivo de la Familia Piñán, Correspondencia. Doble cuartilla de papel.

 

Madrid, 19 de septiembre 804.

Señor hermano:

Antes que vuestra merced saliese para la Montaña, me escribió vuestra merced haciéndome unos cargos demasiado exactos y calculados con respecto a sus atrasos, que no ignoraba, y al mismo tiempo parecía quererme suponer implicado y aún motor de las impertinencias con que pudo ir Salvador a hablarle a vuestra merced de dinero. Pero estas oficiosidades suyas coinciden bien poco con la claridad con que yo me he explicado y con la íntima persuasión que tenía de los atrasos de vuestra merced, máxime haviendo yo escrito pocos días antes manifestando hallarme en el (tachado), lo que solo en este caso huviera hecho, cuya carta persuadirá a vuestra merced que ninguna parte pude tener en la conversación a Salvador. También recibí otra de vuestra merced desde Oseja con los papeles que la acompañaron, en cuya virtud hice al instante dos representaciones por Sajambre para los fines que expresaban, de cuyo re// (1v) resultado (sic) avisaré a su tiempo.

Sobre la pretensión de Don Alejandro quise tomar mayores informes, pues tenía algunas noticias, aunque confusas, de la agregación del Colegio de Espinama al Seminario Cantábrico. Se ha seguido sobre ello un expediente muy reñido, en el que se han encontrado el Consejo y el Ministro de Estado. Hay aquí una sociedad llamada Cantábrica con quien tendré que entenderme. Por último, me avoqué con uno de sus principales individuos, aunque hay en ella Grandes de España, y después de haver hablado largamente sobre el asunto y de haverme dado el plan, que acompaño, nos ha ocurrido la dificultad siguiente sobre que debiera informar con brevedad y exactitud Don Alejandro.

Por las constituciones de Espinaba (sic) solo debía haver en el Colegio trece pupilos entre los que parece también que deben contarse los dos que estudiasen en Universidad con la asignación // (2r) de los 250 ducados. Y el Seminario Cantábrico se ha hecho cargo en este año de los mismos trece pupilos, entre quienes no suena Froylán, ni creo el otro que obtenga la plaza de Universidad. Bajo este supuesto se necesita saber: 1º) Si quando estaban ocupadas las dos plazas de Universidad había 11 ó 13 pupilos en Espinama o lo que es lo mismo, si los dos entraban para completar los 13. 2º) Por quién quedó la plaza >vacante< en 801, y quién obtenía y obtiene la otra, y si este se le ha asistido en todos estos años con los 250 ducados. 3º) Si no haviendo los Patronos dado el debido nombramiento al Froylán quedó una plaza vacante de las 13 o si se propasaron ellos a nombrar algún otro pupilo en perjuicio de Froylán, mediante a que estaban este año completos los 13. Y, por último, si Don Alejandro hizo su pretensión formal >(tachado: en forma)< y acostumbrada para que se diese el nombramiento a Froylán, pues si la hizo y sin embargo pasaron los Patronos a nombrar otro de menos derecho, será nula esta elección, y // (2v) resul (sic) será el pleito del día contra el nombrado y los Patronos. En caso de que todas estas noticias resulten a su favor será preciso que las embíe justificadas en lo que pueda. Yo no puedo decir quanto dinero será necesario para este asunto y para el de Oseja, pues ni hay trarifa (sic), ni se saben los trámites que pueden tener. Pero bien podrían por pronta providencia embiar una onza cada parte.

Hoy me escribe Ygnacio que esos vecinos están esperando con ansia las resultas del recurso que todavía no ha venido del Corregidor de León, a quien se remitió a informe, pues temen les ejecuten. No deben tener miedo por esta parte, pues en quanto esté pendiente la instancia en el Consejo, ya se librará bien qualquiera juez de tomar conocimiento en ella. Y de consiguiente ninguno puede ni debe tampoco por ahora despachar ejecución contra esos vecinos por las rentas, máxime quando ese Alcalde y el Corregidor de León saben pende en el Consejo.

La peste de Málaga se ha extendido ya, según dicen, a Alicante y otros pueblos.

Mande vuestra merced a su hermano, Joaquín (rúbrica).

 

ALEJANDRO PIÑÁN DE CUETO LUENGO Y FERNÁNDEZ DEL CAMPILLO

El que se nombra como Don Alejandro es Alejandro Piñán de Cueto Luengo y Fernández del Campillo, muerto entre 1808 y 1824 y padre de Froilán, Juan, Alejandro, Vicenta y Ana María Piñán.

Este Alejandro fue el que se casó con María Magdalena Rodríguez de Cosgaya (m. 1813), hija, a su vez, de Juan Manuel y doña Bernarda Rodríguez de Cosgaya. Esta última fue hermana de don Alejandro Rodríguez de Cosgaya y ambos hijos de Santos Rodríguez de Cosgaya y de Ana Fernández de Noriega. El lebaniego Alejandro Rodríguez de Cosgaya murió en México rico, soltero y sin descendencia directa, dejando por herederos a sus hermanos Alberto, Matías y a tres hermanas más, en las personas de sus maridos, por no tener la mujer personalidad jurídica en aquella época. Una de esas hermanas se llamó Bernarda y su marido, Juan Manuel Rodríguez de Cosgaya, padres de la María Magdalena que casó en Oseja. En concreto, dejó a su hermano Matías como primer heredero en su obra pía, con indicación de que le sucediera, primero, su sobrino Tomás Rodríguez de Cosgaya, después Víctor Rodríguez de Cosgaya, hermano del anterior y, en tercer lugar, su cuñado Juan Manuel, marido de Bernarda. De manera que los hijos de María Rodríguez de Cosgaya fueron herederos del indiano siempre por detrás de los sobrinos varones de las líneas masculinas. Así, los Piñán de la casa grande de Oseja tuvieron derechos en la obra pía de estudiantes de Espinama, primero, y en el Seminario Cantábrico, después. En su archivo de Oseja se guarda una copia del 1 de abril de 1783 del testamento del fundador, otorgado en México el 5 de julio de 1768, y una copia simple de 1821 del testamento de María Magdalena Rodríguez de Cosgaya, otorgado en Oseja, el 10 de julio de 1813, que son los documentos que me sirven de guía para los parentescos familiares. 

Esta obra pía fue la modalidad elegida por Alejandro Rodríguez de Cosgaya para fundar una escuela en su pueblo natal de Espinama, como hiciera 200 años más tarde Félix de Martino en Soto de Sajambre y 100 años antes el arcediano de Villaviciosa, Pedro Díaz, en su pueblo de Oseja. Según sus propias palabras, la escuela era “para que sirviese de educación y enseñanza a treze niños, desde ponerles la cartilla en la mano hasta haver aprendido Filosofía”, es decir, un establecimiento que cubría lo que hoy llamaríamos la enseñanza primaria y la secundaria con trece alumnos becados. Los patronos debían ser siempre “mis parientes, los más inmediatos que tengan el apellido De Cosgaya y sean varones”. Para ello dejó varias rentas y unos cinco millones de reales repartidos en tres partidas para la construcción y dotación de la casa que albergara la escuela (obra iniciada en 1749) y de una capilla dedicada a la Virgen del Rosario, para mantener a los profesores y al cura encargado de la capellanía y para sufragar los gastos de los 13 estudiantes becados que se seleccionaban entre su parentela y su pueblo. La escuela admitía además a otros alumnos que pagaban su matrícula y costeaban sus propios gastos.

Según la carta que publico, Alejandro Piñán estaba intentando colocar a su cuñado Froilán en la escuela de Espinama que, para entonces, se había integrado en lo que se llamó el Real Seminario Cantábrico de Educación, principal institución educativa de Santander, predecesora del Instituto Cantábrico, que no fue un “seminario” para la formación del clero secular, como entendemos el término hoy en día. Sin embargo, Joaquín informa que dicho Froilán no había sido seleccionado en el año 1804. Seguramente entonces fue cuando se canceló la carta.  

 

LOS PIÑÁN DE CUETO LUENGO EN EL REAL SEMINARIO CANTÁBRICO DE EDUCACIÓN


Froilán no pudo entrar en el colegio de Espinama en 1804, pero en 1808 don Alejandro Piñán había conseguido plaza en dicha institución para su hijo homónimo. Sin embargo, el Seminario Cantábrico fue clausurado por orden de José Bonaparte en 1811 durante la ocupación francesa.

No obstante, la deriva principal de los alumnos de dicho Seminario fue la de continuar su formación en la milicia o en la universidad. Así que no sería raro que la estancia del último Alejandro Piñán mencionado facilitara su acceso a la carrera de armas, ya que terminó sus días como militar en la ciudad de León. Claro que también pudo decantarse por la vida castrense tras los años de lucha contra el francés. 


OTROS NEGOCIOS JURÍDICOS EN MADRID SOBRE SAJAMBRE


No queda claro cuál fue la sentencia que los sajambriegos estaban esperando de la máxima instancia judicial del reino tras el recurso que se menciona. La expresión de “por las rentas” me hace sospechar algún pleito que pudo estar relacionado con la renta de las alcabalas, impuesto del Antiguo Régimen sobre las ventas que equivaldría – salvando las distancias – al IVA actual. Digo esto porque en la documentación privada se conservan algunos documentos hasta épocas tardías sobre conflictos derivados por el pago e impago de la alcabala que los sajambriegos estaban obligados a entregar a la Casa de Prado y sus herederos: un rescoldo de los antiguos derechos señoriales que los Prado tuvieron en Sajambre desde la Baja Edad Media.

Quien informa a Joaquín sobre la inquietud que sufrían los vecinos de Sajambre es un Ignacio, que ha de ser su hermano, el futuro obispo de Oviedo. Según se ve, José le enviaba dinero periódicamente para sufragar los gastos de sus actuaciones y, quizás, también acudía a Madrid para tratar con su hermano directamente ("antes de que vuestra merced saliese para la Montaña"). Un tal Salvador, que me es desconocido, debió meter cizaña entre los hermanos  a causa de aquellos dineros. 

Dos meses antes de la fecha de esta carta se había iniciado otro brote de la epidemia de fiebre amarilla que azotó Andalucía entre 1800 y 1804, que es la peste de Málaga a la que se refiere Joaquín al final de su escrito. Fue traída por los barcos que procedían del Caribe americano y, como bien indica el sajambriego, se extendió hasta Alicante en 1804. En 1806 se publicaba el libro titulado  Breve descripción de la fiebre amarilla padecida en las Andalucías, del médico real  Juan Manuel de Aréjula, enviado por Carlos IV para tomar medidas ante la enorme mortandad.


sábado, 31 de enero de 2026

LA CASA DE LOS DÍAZ-CANEJA EN EL BARRIO DE QUINTANA DE OSEJA: Una disputa familiar de 1847

Presento primero el documento que voy a analizar para extenderme a continuación. Se trata de una carta del obispo Díaz-Caneja, en la que se expresa en términos muy duros sobre una de sus cuñadas y sus sobrinos, amenazándolos con desheredarlos a todos. 

1847, septiembre, 15. Oviedo.

Carta de Ignacio Díaz-Caneja y Sosa a Juan Piñán de Cueto Luengo sobre la disputa que había entre su cuñada, Vicenta Piñán, y sus sobrinos por el testamento de su hermano, José Díaz-Caneja y Sosa.

 A.     Oseja de Sajambre, Archivo de la Familia Piñán, Correspondencia. Doble cuartilla de papel.

 

Oviedo, 15 de septiembre de 1847

 Amigo Juan: 

Recibo una carta escrita por ti en nombre de nuestra hermana y si te he de confesar la verdad, sobre serme terrible la muerte del hermano, me afecta la desunión y poca armonía de sus hijos y madre en sus asuntos de interés. Sé que alguno quiere anular el testamento, otros que no valga el 5º mandado en el mismo y todos temiendo las mejoras que su madre podrá hacer a favor de alguno de ellos. Yo deseando la unión de la madre con los hijos y el honor de todos, te confieso que me ha sido muy terrible la especie de que algunos de ellos quiere(n) anular el testamento de su padre, con el fin de anular la manda hecha a otro hermano por empeño de su madre. Para unirles en // (1v) este punto hazles saber que mi deseo es el que se observe dicho testamento, cediendo la casa a José que su padre le mandó. Y si esto no cabe en la 5º, el esceso (sic) lo pagaré yo para repartirse entre sus hermanos.  

Por lo que hace a nuestra hermana, nunca he tenido intención de defraudarla, sino de reducirla a razón. Yo querría que no hubiera división y anúnciales para que se aprovechan de ellos por los días de su vida si los necesitase más que para tranquilidad de sus hijos se obligan a no mejorar a ninguno de ellos y dejades el residuo de ellos para que los repartiesen entre sí a partes iguales como verdaderos hermanos, y de este modo viviesen tranquilos, y ella asegurase así su conciencia, porque estas mejoras siempre son contrarias al amor que // (2r) los padres deben tener a todos sus hijos, hablando generalmente. Y si se empeñase no obstante en hacer alguna mejora, bienes propios tiene de su legítima. De esta manera queda todo el caudal a su disposición, los hijos dan pruebas de que aprecian a su madre y la madre de que ama igualmente a todos sus hijos.  

Hazles saber a todos este mi pensamiento, y que, si alguno se opusiere a él, ninguno de mis sobrinos cuente conmigo para cosa alguna hasta tanto que no sepa que se ha compuesto todo en paz.  

Que Vicenta tenga esta carta por suya, pues que para ella la escribo, la que debe suponer que, si la viese en alguna necesidad, la preferiría al socorro de otras. Da la explicación y manda a tu amigo y beso tu mano, Ygnacio Díaz Caneja (rúbrica).  

Espero me avises con prontitud del resultado. 

*

 El que cuatro meses más tarde sería nombrado obispo de Oviedo habla en esta carta sobre las disputas familiares que se produjeron tras la muerte de su hermano, José Díaz-Caneja y Sosa. Aunque no se le nombra en ningún momento, la misiva va destinada a Juan Piñán de Cueto Luengo, hermano de Vicenta Piñán, quien a su vez se había casado con José Díaz-Caneja y Sosa. No hay duda de esta atribución, ya que al final de su escrito, Ignacio Díaz-Caneja dice: «Que Vicenta tenga esta carta por suya, pues que para ella la escribo».   

De manera que la que se identifica al inicio de la carta como «nuestra hermana» es Vicenta Piñán de Cueto Luengo (1) y la expresión «sobre serme terrible la muerte del hermano» se refiere a José Díaz-Caneja y Sosa Martino y Tovar. 

En el testamento de José, este dejaba la casa familiar del barrio de Quintana íntegramente a su hijo José Díaz-Caneja Piñán, aunque la madre quería favorecer a otro de los hermanos que no se nombra y estaba sembrando discordia entre todos sus hijos para conseguir lo que quería. No sabemos si a quien deseaba favorecer era a Tomás, el único varón aparte de José, o alguna de las hijas. Ignacio Díaz-Caneja se manifiesta totalmente en contra de la madre y les conmina a todos a cumplir el testamento del padre.  

PERSONAJES AQUÍ REFERIDOS 

JUAN PIÑÁN DE CUETO LUENGO Y RODRÍGUEZ DE COSGAYA 

Juan Piñán, a quien se dirige la carta, fue el tercero de este nombre entre los documentados conservados. Se registra en 1813, 1835, 1837, 1840, 1847 y 1851 en el archivo de la Familia Piñán. Debió ser el padre de Juan Bautista y Bernarda Piñán. Hermano de Vicenta Piñán y concuñado de Ignacio Díaz-Caneja.

 VICENTA PIÑÁN DE CUETO LUENGO Y RODRÍGUEZ DE COSGAYA 

Fue hija de María Magdalena Rodríguez de Cosgaya y de Alejandro Piñán (II) de Cueto Luengo y Fernández del Campillo. Este Alejandro fue tataranieto de Gonzalo Piñán de Cueto Luengo, el escribano público, y cuarto nieto de Marcos Piñán, vecino de Soto. Vicenta fue hermana de Froilán Agustín (párroco del Burgo Ranero), Juan (el anterior), Alejandro (militar, residente en León) y Ana María.  

María Magdalena fue pariente y heredera directa de Alejandro Rodríguez de Cosgaya (1697-1768), natural de Espinama, que emigró a México, donde hizo fortuna y fundó una obra pía de estudiantes en su localidad natal. Creo que los eruditos lebaniegos que han estudiado a este último personaje no conocen los documentos conservados en el Archivo Piñán.   

Vicenta Piñán de Cueto Luengo está documentada también en 1813, 1821 y 1856, cuando se registra su fallecimiento en el año 1855, en casa de su hija Ana María y de su yerno Víctor Acevedo. 

Vicenta casó con José Díaz de la Caneja y Sosa. Hijos conocidos fueron José, María, Tomás, Juana y Antonia Díaz-Caneja, por este orden.  

JOSÉ DÍAZ DE LA CANEJA Y SOSA MARTINO Y TOVAR 

Hermano de Ignacio y Joaquín Díaz de la Caneja, que se convierte en Díaz-Caneja a partir de ellos. El apellido «Díaz de la Caneja» empezó a usarse como compuesto desde los hijos de Tomás Díez/Díaz de la Caneja (primero del nombre) en el último cuarto del siglo XVII, pero el Díaz-Caneja actual no es anterior al siglo XIX.  Se casó con Vicenta Piñán de Cueto Luengo y fue padre de José, María, Tomás, Juana y Antonia Díaz-Caneja.   

JOSÉ DÍAZ-CANEJA Y PIÑÁN DE CUETO LUENGO 

Hijo primogénito de José Díaz-Caneja y Sosa y de Vicenta Piñán de Cueto Luengo. Sobrino carnal de Ignacio y Joaquín Díaz-Caneja y Sosa. 

Todos los Piñán sajambriegos pierden el apéndice toponímico «de Cueto Luengo» en el siglo XIX, quedando este personaje llamado simplemente José Díaz-Caneja Piñán. La conjunción copulativa que unía los apellidos paterno y materno entre los nobles titulados y los hidalgos de todo el Occidente peninsular empieza a desaparecer también en el siglo XIX.   

José Díaz-Caneja Piñán desempeñó varios oficios públicos, como regidor de Oseja en 1828 (hoy equivaldría al presidente de la junta vecinal de dicho pueblo) y en 1856 aparece como «alcalde del ayuntamiento constitucional» de Sajambre en el Bienio Progresista. 

Su padre, José Díaz-Caneja y Sosa, muerto en el mes de septiembre de 1847, dejó a su hijo José la casa familiar en su testamento. Dice el obispo en su carta: «hazles saber que mi deseo es el que se observe dicho testamento, cediendo la casa a José que su padre le mandó». Esto fue motivo de conflicto entre la madre y los restantes hermanos, pues esta (Vicenta Piñán) quería favorecer a otro de sus hijos, alguno quería invalidar el testamento del padre y todos desconfiaban de las maniobras de la madre: «Sé que alguno quiere anular el testamento, otros que no valga el 5º mandado en el mismo y todos temiendo las mejoras que su madre podrá hacer a favor de alguno de ellos». 

No queda claro a quién quería favorecer la madre. Ignacio no da nombres. Pero es evidente que la principal causante de las disputas fue Vicenta Piñán. Las duras palabras del obispo sobre las desigualdades causadas por la madre y la amenaza última a todos sus sobrinos si no acataban el testamento de su padre, no dejan lugar a dudas.   

LA CASA OBJETO DEL LITIGIO 

La casa familiar que José Díaz-Caneja y Sosa dejó a su hijo homónimo era la del barrio de Quintana o una parte de ella, porque no sabemos si se dividió entre los restantes hermanos. Lo que sabemos por los documentos conservados es que en Sajambre quedaron José y Manuel, que Tomás desapareció en la Guerra de la Independencia, que Juan fue cura en Castilfalé, que Pelayo se fue de Sajambre con su hermano el cura, que Ignacio y Joaquín también se fueron de Sajambre, que Rosa murió joven y que María tuvo tres hijos: Julián, Agustín y María, quienes ya no portaban el Díaz-Caneja como primer apellido. 

Esta casa había llegado a poder de los Díaz-Caneja en la segunda mitad del siglo XVII y con anterioridad había pertenecido a Juan Alonso de la Mata. Todavía en una delimitación de propiedades de 1814, dicha casa lindaba con la ería de Palacio, tal y como se describe constantemente en los documentos de los siglos XVII y XVIII.   

Según los registros conservados, el primogénito de cada generación solía heredar la casa familiar de Quintana, o el grueso de ella, desde el matrimonio de Tomás Díaz de la Caneja con María Alonso, quienes tuvieron cinco hijos: el primogénito Juan (bisabuelo de Ignacio y Joaquín), Tomás, Manuel, María y Catalina (casada con Juan de Granda). El 22 de enero de 1675, Juan era el tutor de sus hermanos menores de edad Tomás y María. El padre fue el escribano del número y de ayuntamiento (equivalente al actual secretario de ayuntamiento) que se hizo llamar Tomás Díez/Díaz de Oseja cuando cambió su residencia de Ribota a Oseja a causa de su matrimonio. Sin embargo, en todos los documentos familiares (algunos autógrafos) se registra siempre como Díez/Díaz de la Caneja (2). Y hay unos cuantos documentos porque, entre otras cosas, hubo pleito entre los hermanos a la muerte de uno de ellos que había sido cura (3). Este primer Tomás fue el tercer hijo varón de Sancho Díaz de Ribota y Juliana de la Caneja, fundadores del linaje. Como se recordará, Sancho Díaz de Ribota también fue escribano público. De hecho, esta fue la escribanía más antigua del concejo, como a menudo recuerda el propio Tomás en sus documentos y algunos de sus descendientes del mismo oficio hasta el siglo XVIII inclusive. 

Propiamente, la casa de Quintana fue la de la mujer del primer Tomás, María Alonso, que había heredado de su padre Juan Alonso de la Mata. En el inventario de 21 de enero de 1675 de esta María Alonso, que murió cuando ya era viuda del escribano Tomás, se lee cómo la casa lindaba con la ería de Palacio, que es uno de los límites de la casa de los Díaz-Caneja que se repite hasta el siglo XIX inclusive. En el siglo XVII lindaba también con casa de Pedro de la Mata, bautizado Pedro Alonso de la Mata. Su inventario la describe genéricamente de la siguiente manera: «Primeramente ynventariaron la cassa de la continua morada en que vivía la susodicha, de piedra, madera y texa, con sus altos y vaxos, antoxanos y servidunbres, según linda con la hería de Palacio y casa de Pedro de la Mata, vecino de dicho lugar» (4).  Sabemos que Tomás (I) Díaz de la Caneja adquirió muchas propiedades durante su ejercicio como escribano público y quizás ampliara la vivienda original que transmitió después a su hijo mayor. Además, cabe pensar que el Tomás que llegó a ser merino mayor de Valdeburón en el siglo XVIII también hiciera mejoras con el enriquecimiento que implicaba el desempeño de dicho cargo. 

La casa está documentada y descrita en los documentos de los siglos XVII y XVIII. Uno de los primeros, aparte del inventario anterior, es la partición de herencia de los hijos del primer Tomás Díaz de la Caneja, fechada el 22 de enero de 1675, que se divide «en cuartas partes» para cuatro hermanos, porque el quinto hermano, llamado Tomás, había sido condenado y desterrado de Sajambre por asesinato. En lo relativo a la casa principal, el padre había favorecido al primogénito en su testamento: «la quarta parte de la cassa de la continua morada en que vivían dichos difuntos, sacada la manda que hizo dicho Tomás Díez a Juan Díez, su hixo» (5). 

En el inventario post mortem de este Juan Díez/Díaz de la Caneja, bisabuelo de Ignacio y Joaquín, fechado en el año 1711, el edificio de la vivienda se describe así: «la cassa en que bibía dicho difunto que se compone de rezibimiento, cozina, aposentos, bodega, bajo portal, caballeriza y pajar, que linda de un lado con cassa de Lorenzo Alonsso de la Mata y de otro lado con la hería de Palacio». Poseía también dos hórreos, dos huertos pegados a la casa de los Alonso y otra casa más en el mismo lugar que lindaba con los herederos de Juan y Pedro de Vega. Nada se dice de los establos para el ganado que también debía poseer, pues contaba con 25 cabezas de ganado mayor, 34 de ganado menudo, 4 caballos y dos cerdos. 

            Debe aclararse que, en esta época, apenas se describen “aposentos” (en plural) en las casas sajambriegas que, sin embargo, no faltaban en la de los Piñán de Cueto Luengo, en las de los curas locales y pocas más. Pero también se habla de un «bajo portal», algo que no se incluía en los inventarios de bienes sajambriegos, salvo que hubiera construcciones en ellos, como gallineros. El hecho de que se haya contemplado aquí quiere decir que era digno de destacarse y de incluirlo en un inventario de propiedades, seguramente por su tamaño. De otro lado, la caballeriza de la casa no era para guardar el ganado, sino para «quatro caballos aparejados para pan y bino».  El Catastro de Ensenada de 1752 aclara el número de aposentos de la casa de Tomás Díaz de la Caneja (padre de Ignacio y Joaquín): «Tiene una casa en que biue que se compone de portal, vodega y caballeriza por lo baxo y cozina por lo alto, tiene otros dos quartos. Tiene de largo quarenta y cinco pies, y de fondo treinta, y nuebe de alto» y seguía lindando con la ería del Palacio y calles del concejo. Una advertencia sobre esta fuente: al contrastar la información contenida en el Catastro de Ensenada con la de los documentos notariales se observa cómo todos los vecinos de Sajambre mintieron todo lo que pudieron a los oficiales reales. Al fin y al cabo, eran conscientes de que se estaban registrando sus propiedades para luego cobrarles impuestos.  

En el archivo de la familia Piñán hay también una partición de bienes de los hijos de José Díaz-Caneja y Sosa y Vicenta Piñán fechada el 13 de febrero de 1856, unos meses antes del fallecimiento del obispo Ignacio Díaz-Caneja, que murió en noviembre de ese mismo año. En ella, todos los hermanos, menos José, se repartieron huertos, tierras, prados y «la mitad de La Casica que se halla al frente de la casa de Don Juan Piñán», que había pertenecido a la madre, Vicenta Piñán. La casa familiar del barrio de Quintana no se incluye. José preside dicha partición, pero no interviene en ella. En los deslindes de las propiedades se ve que José ya tenía su parte y que «la casa de esta herencia», a la que se alude en algún pasaje, seguía lindando con El Palacio. Esto en 1856.  

De otro lado, la amenaza del obispo en 1847 de desheredar a sus sobrinos si no respetaban el testamento de su hermano José, en el que se entregaba la casa al hijo del mismo nombre, no se cumplió, pues todos los parientes del obispo se beneficiaron de sus bienes. Por lo que finalmente se acató el testamento de José Díaz-Caneja y Sosa, como asimismo demuestra la partida de 1856.  

El lugar en el que se levantaba la casa original de los Díaz-Caneja con sus propiedades adyacentes (hórreos, huertos) está ocupado hoy por edificaciones de diferentes propietarios que no son anteriores a 1900 y, en cualquier caso, tampoco son anteriores a 1856.  En todo este conjunto de viviendas y construcciones agropecuarias únicamente parecen antiguas las molduras cultas del dintel de la puerta de lo que llegó a la segunda mitad del siglo XX como establo, situado en el interior del corral que hoy pertenece a la familia Mendoza, y que podrían haber formado parte, quizás, de una edificación del siglo XVII o XVIII por su semejanza con las molduras del dintel de la puerta de la Casa Piñán, siendo mucho más modestas las de Quintana. Dicho establo perteneció a la herencia de Francisca Díaz-Caneja (mi bisabuela). 

Pero las dos casas que están en el mismo corral tampoco son la casa original de los Díaz-Caneja, como no lo es la casa que perteneció a Pedro Díaz-Caneja (padre de Pepe Caneja). Las dos casas en un mismo corral pertenecieron a dos hermanos: Francisca Díaz-Caneja (casada con Ramón Díaz Piñán, secretario del ayuntamiento) y Ramiro Díaz-Caneja (casado con Jesusa Piñán). Ambos también fueron hermanos de Pedro Díaz-Caneja (casado con Francisca, conocida como la tía Quica, padre de Pepe Caneja y abuelo de Tomás Díaz-Caneja, conocido en el lugar como Tomasín). Hermanos de Francisca, Ramiro y Pedro fueron asimismo Fernando, Domingo, Julia y Juan.  Estos siete hermanos fueron hijos de Pedro Díaz-Caneja y María Acevedo.  

La casa antigua, donde nacieron los hermanos Díaz-Caneja y Sosa en 1769 (Ignacio) y en 1777 (Joaquín), fue muy diferente a la casa de Pedro Díaz-Caneja, a la de Ramiro Díaz-Caneja o a la de Francisca Díaz-Caneja.  En realidad, el lugar que ocuparon la casa, los hórreos y los huertos de los Díaz-Caneja está hoy completamente desfigurado con respecto al siglo XVIII. 

¿SIGUE EXISTIENDO LA CASA EN LA QUE NACIERON IGNACIO Y JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA?  

La casa en la que nacieron estos próceres sajambriegos en el barrio de Quintana, de Oseja, limitaba con el camino del Ribero y con las tierras de El Palacio, tenía vivienda con una portalada grande, dos hórreos, una caballeriza, un pajar y dos huertos. Un detalle más: durante toda la Edad Moderna, en las casas hidalgas y acomodadas de Sajambre se utilizó un elemento arquitectónico de estatus que fue el arco de medio punto. Considerando el poder que los Díaz-Caneja ya tenían en el siglo XVIII, me extraña muchísimo que su casona no tuviera algún arco.  

Frente a la zona que describo quedan unas ruinas con restos de arco o, al menos, creo que llegué a verlas hace no mucho. Esa propiedad limita, como dicen los documentos de 1700, con la tierra de la rectoría o con la Huerta del Cimploño, que es lo mismo, y está claramente identificada en los documentos del siglo XVIII. Perteneció a otra rama de los Díaz de la Caneja: los descendientes de Manuel, hijo del primer Tomás y hermano de Juan Díaz de la Caneja, que tuvo un hijo llamado Damián Díaz de la Caneja, que fue quien heredó la casa que limitaba con El Cimploño.  

La casa original del primer Tomás y de su hijo, Juan Díaz de la Caneja, se fue dividiendo por la transmisión hereditaria. Los hórreos y los huertos desaparecieron porque sus emplazamientos se fueron urbanizando. Las casas viejas se demolieron y se construyeron otras más modernas. El corral que hoy existe no es antiguo. Ninguna de estas viviendas tiene la cocina por lo alto, como se describe en el siglo XVIII, ni tampoco la prolongación del tejado hacia la fachada principal formando una amplia portalada o porche, ni sus lindes coinciden con lo que indica el conjunto de la documentación histórica.  

En resumen, la respuesta a la pregunta que da título a este epígrafe es negativa: la casa natal de los célebres hermanos Díaz-Caneja y Sosa ya no existe y no corresponde a ninguna vivienda actual.   

Lo que quedó en Quintana no es la casa en la que nacieron Ignacio, Joaquín y sus hermanos y hermanas, sino el espacio en el que dicha casa se localizaba, que hoy está ocupado por construcciones posteriores que corresponden, cada una, solo a una parte de dicho espacio, que se repartió entre distintos miembros del linaje Díaz-Caneja.   

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 NOTAS  

(1) Me pregunto si Vicenta Piñán no sería analfabeta o, en caso de haber recibido alguna instrucción, que no escribiera bien, porque es el hermano el que toma la pluma por ella para escribir a Ignacio Díaz-Caneja, como se dice en las primeras líneas.  

(2) De hecho, en los documentos de 1675, todos estos personajes aparecen nombrados como Díez, no como Díaz. Sobre el uso indistinto de las formas Díez y Díaz en Sajambre durante los siglos XVI, XVII y XVIII, ver Elena E. Rodríguez Díaz, “El proceso de imposición de modelos lingüísticos en la Edad Moderna: el caso del patronímico Díaz/Díez en Sayambre”, Lletres asturianes. Boletín de l’Academia de la Llingua Asturiana, 113 (2015), pp. 45-63.  

(3) Elena E. Rodríguez Díaz, Catálogo de documentos notariales del concejo de Sajambre (1659-1694), Sevilla, 2024, núms. 96-105, 110, 119-120 y pp. 52-55, 57, 60.  

(4) Elena E. Rodríguez Díaz, Catálogo de documentos notariales del concejo de Sajambre (1659-1694), Sevilla, 2024, núm. 422, p. 163.  

(5) Elena E. Rodríguez Díaz, Catálogo de documentos notariales del concejo de Sajambre (1659-1694), Sevilla, 2024, núm. 402, pp. 156-157.  

sábado, 21 de junio de 2025

LA MEMORIA HISTÓRICA LEONESA MALTRATADA

El Oratorio de San Felipe Neri, en Cádiz, fue la sede de las Cortes que elaboraron la Constitución española de 1812. Por este motivo, esta iglesia es monumento histórico artístico desde 1907. 

Sus muros están plagados de placas conmemorativas de las distintas provincias españolas, incluidas las hispanoamericanas, en las que se recuerda a los representantes de cada una de ellas en las Cortes de Cádiz. Varias se colocaron en el aniversario de 1912, pero otras muchas se han ido poniendo después, tras la llegada de la democracia a España.

León no está. 

La provincia de León nunca ha querido poner una inscripción con el nombre de los cuatro diputados y, entre ellos, el sajambriego Joaquín Díaz Caneja, que no solo fue diputado, sino también uno de los secretarios que firmó la primera constitución democrática de España: Joaquín Díaz Caneja, diputado por León, secretarioUn hijo de Sajambre en la vanguardia del progresismo de la época. 

Esto es una vergüenza. 

Cuando busqué entre tantas placas la de León y comprobé su ausencia, pasé del estupor a la tristeza y a la indignación. Juro que se me cayeron las lágrimas. ¡¿Pero a qué se debe este olvido por parte de la provincia y Diputación de León?! ¿A mezquinas razones políticas? ¿Es que el PP ni siquiera quiere reconocer a sus hijos más ilustres en un hecho tan relevante para la Historia de España, fuera cual fuera la orientación política de dicha Constitución? 

¿O se debe, acaso, a simple dejadez? ¡¿Cómo es posible que nadie haya denunciado esto antes?! A mí me da una vergüenza enorme, gigantesca, ver allí epígrafes conmemorativos de toda la geografía peninsular y americana, menos el de la provincia de León. Por supuesto, Asturias está desde 1912 y con una inscripción bien grande y visible. 

Pero ¡¿por qué falta León?!  

Esto es un maltrato a la memoria histórica leonesa por parte de la Diputación de León y del Ayuntamiento de Oseja de Sajambre en el pasado, ya que los ayuntamientos también podían poner placas o, en su caso, mover los hilos para cofinanciar la inscripción entre la Diputación y otros ayuntamientos implicados. Por ejemplo, el de Vidanes o los lugares de origen de los restantes diputados leoneses.   


Oratorio de San Felipe Neri en Cádiz. Las inscripciones se extienden por los muros adyacentes, incluido el edificio donde hoy está el Centro de Interpretación. Fuente de la imagen: Wikipedia.


Última página de la Constitución de 1812. La última suscripción es la de "Joaquín Díaz Caneja, diputado por León, secretario". Como se ve, escribió "Díaz", no Díez como se ha publicado en algunos libros y artículos. 

sábado, 30 de enero de 2021

ENTRE SOTANAS ANDA EL JUEGO: estrategias de enriquecimiento y poder en los concejos de Sajambre y de Valdeón en los siglos XVII y XVIII. El intento de asesinato de un cura de Valdeón.

 

Las características socioeconómicas de los concejos leoneses de Sajambre y de Valdeón fueron muy similares en el pasado. Por eso, los mecanismos y las estrategias de enriquecimiento y poder son las mismas en uno y en otro municipio. Dada la pobreza de la zona, no se podía aspirar a mucho, pero sí existieron dos oficios ambicionados que siempre terminaban por reportar beneficios a las familias y, a menudo, a los linajes. Las ocupaciones eran la de cura y la de escribano público. 

No fue casualidad que estos quehaceres influyeran en el ascenso de varias familias de la región. Así sucedió con los Gómez de Caso en Burón, donde hubo curas y escribanos. Los Piñán de Cueto Luengo en Sajambre, con curas y escribanos. Los Díaz de Oseja asimismo en Sajambre, con escribano y curas. Los Díaz-Caneja sajambriegos, con escribanos y curas. Los Pesquera Pérez de Prado en Valdeón, con curas y escribanos. O los Ferrado de Vega en Amieva, con otros escribanos y más curas. Además, todos solían llevarse bastante bien entre sí, llegando a emparentar en varios casos, lo que resultaba muy útil para ampliar las redes de influencia y clientela.  

Los dos oficios (escribano y cura) tenían claras ventajas económicas con respecto al grueso de sus convecinos, quienes dependían de la fertilidad de la tierra, de la poco sustanciosa ganadería local y de la limitada actividad comercial. Además, tales ocupaciones proporcionaban poder debido a la respectiva autoridad del escribano y del cura.

Las ganancias de los antiguos notarios públicos no fueron desdeñables y el control sobre la población lo adquirían gracias a la información de primera mano que los vecinos plasmaban en las escrituras públicas que se formalizaban ante ellos: testamentos, deudas, obligaciones, préstamos hipotecarios, contratos diversos, cargas judiciales…  No olvidemos tampoco que en estos municipios pequeños, los escribanos públicos se encargaban también de escriturar la documentación municipal (función que con el tiempo desempeñaron los fieles de fechos y los secretarios de ayuntamiento) y la judicial, por lo que monopolizaban la información de los vecinos a título particular, la del ayuntamiento y la de todos los pleitos y conflictos judiciales.  

Por su parte, los curas recibían rentas por sus trabajos y por la práctica sacramental de sus parroquias, quedándose además con un porcentaje de los diezmos, lo que originó una acumulación de excedentes que solían dedicar a la reventa, pese a sentir sus beneficios disminuidos en las épocas de malas cosechas. Estas ganancias se unían a su total exención del pago de impuestos, al contrario que los laicos, pues ni siquiera los hidalgos quedaban exentos de los tributos eclesiásticos. El conjunto se incrementaba con los intereses derivados del dinero que prestaban, normalmente mediante la “venta” de censos, una expresión eufemística que servía para enmascarar la actividad financiera del clero, porque en la Edad Moderna “el clero se convirtió en uno de los principales prestamistas del mundo rural” (1).   También fueron varios los que, al final de sus vidas, fundaron “obras pías”,  una antigua institución que servía para evadir impuestos y beneficiar a la parentela en mayor o en menor medida, según fuera la envergadura de las respectivas haciendas y fundaciones. En palabras de un documento sajambriego de 1818 “para que con su aumento se remediasen los descendientes y parientes más pobres”.  Entre 1650 y 1850 hubo en Sajambre obras pías documentadas, de fundación laica y eclesiástica, entre los Díaz de Oseja (Oseja), los González (Oseja), los Viya (Soto), los Simón (Ribota), los Granda (Ribota), los Muñiz (Oseja), los Mayón (Pio), los Redondo Collado (Vierdes), los Acevedo (Oseja) o los Díaz de la Caneja (Oseja).  Algunos curas locales desempeñaron otras tareas, también con provecho económico, como capellanes, notarios apostólicos u oficios inquisitoriales (recuérdese el caso de nuestro Domingo Piñán), etc.  

Las haciendas del clero rural se resentían en las crisis de subsistencia por el impago de los diezmos o por su disminución. Pero, al menos en el caso del concejo de Sajambre y, por lo que sé, también en el de Valdeón, el balance siempre fue positivo para los párrocos. De aquellos de los que conservamos testamento, se observa una acumulación de prados y tierras, ganados, rentas diversas y riqueza patrimonial que sobrepasa, con mucho, la de sus feligreses y que en más de un caso se equipara a la de los Piñán de Cueto Luengo.  Muy pobre no debió ser el curato de Oseja y Soto cuando Pedro Díaz, el que con el tiempo se convirtió en arcediano, pleiteara durante 13 años por su propiedad.

A esta desahogada situación económica de los curas de Sajambre y Valdeón, se sumaba su relevante posición social, por pertenecer al principal estamento privilegiado de la sociedad del Antiguo Régimen, y una alta dosis de poder derivada de su peso social, de su prestigio moral y de la autoridad que poseían, nada más y nada menos, que sobre las almas de sus feligreses y, con ellas, sobre su salvación o condenación eternas.  ¡Qué mayor poder iba a existir, para aquellas gentes tan crédulas, que tener la última palabra sobre la condenación eterna (o no) de un individuo!    

Estas realidades de poder se mantuvieron durante tanto tiempo en el mundo rural que no es de extrañar que, hasta bien avanzado el siglo XX, la cúspide de la élite local estuviera formada por el alcalde, el secretario de ayuntamiento (que sustituye al escribano) y el cura.   

Como ya hemos hablado de los escribanos en otras ocasiones, vamos a tratar ahora sobre los curas y vamos a hacerlo a través de los Pérez de Prado, de Valdeón, uno de cuyos miembros fue contemporáneo del arcediano (Pedro Díaz), del comisario (Domingo Piñán) y víctima de una conspiración que tuvo como finalidad su asesinato.       

Los Pérez de Prado procedían de Puertas, en el concejo asturiano de Cabrales, y se instalaron en Valdeón cuando García Pérez de Prado obtuvo el curato de Soto antes de 1632. Este García Pérez de Prado permaneció en dicha localidad hasta los años centrales del siglo. En la documentación sajambriega, el 4 de junio de 1657 todavía aparece como cura párroco de San Pedro de Soto y, en la de Valdeón, sigue figurando como tal en 1658. Debió morir antes del 16 de noviembre de 1665, fecha en la que ya se registra como párroco de Soto su pariente Agustín Pérez de Prado.  Estuvo a punto de morir en 1632, cuando un grupo de vecinos de Valdeón conspiraron para asesinarlo.      

Lo cierto es que los actos de violencia contra la Iglesia y los clérigos no fueron infrecuentes en esta zona. En 1494 dos sajambriegos, llamados Pedro del Campo y Gonzalo Díaz, se atrincheraron en la iglesia de Oseja contra los clérigos locales. En 1535 el arcipreste de Burón fue asesinado. En 1632 existió una conspiración para matar al cura de Soto de Valdeón y, a finales del siglo, dos sajambriegos intentaron asesinar al prior de Pedrosa. A esto se unen las denuncias contra los abusos cometidos por los curas locales a causa de cobrar derechos abusivos a sus feligreses. Es lo que hicieron los vecinos de Valdeburón contra un clérigo local en 1536 y los vecinos de Oseja y Soto en 1671 contra el cura Juan Manuel de Posada Arnero, que fue condenado por dicho motivo.   

En el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid se conserva la documentación del pleito interpuesto por García Pérez de Prado, cura propio de Soto de Valdeón, tras el intento de asesinato del que había sido víctima durante la romería de la Virgen de Corona en el año 1632. Los acusados por el cura fueron Pablo de Bulnes, Sancho Díez y Juan de Caldevilla, vecinos de Valdeón, Juan González de Prada, juez ordinario del mismo concejo, y Lorenzo Cueto, alcalde de la Santa Hermandad, es decir, de la policía de la época, el cual había convencido a Pablo de Bulnes y Juan de Caldevilla para ejecutar “el dicho delicto, provocándoles y asegurándoles que no serían castigados y que antes les ampararían y favorecerían”.  

Las causas de este intento de asesinato premeditado y planificado no quedan nada claras, más allá de mencionar la enemistad y odio que le tenían” al cura, en concreto Pablo de Bulnes, quien había servido en su casa y había sido despedido. No obstante, el despido de un simple criado no parece causa suficiente para una conspiración de esta envergadura, en la que parece que pudieron estar implicados un juez y el jefe de policía.     

La sucesión de los hechos fue la siguiente:

El día de la romería a la hermita  de Nuestra Señora de Corona, que está en un monte yermo, media legua poco más o menos de distancía del dicho lugar a donde mi parte avía dicho missa aquel día, por su devoción y por ser la dicha hermita fieligresía de la yglessia parrochial del dicho lugar de adonde el susudicho era cura (Soto de Valdeón), y después avía comido en conpanía de otros sacerdotes, y aviendo acavado de comer el susodicho, se avía puesto a dormir en el canpo y ribera muy cerca del río que por allí pasava. Y estando ansí durmiendo y desocupado, avían ydo los dichos Pablo de Bulnes y Juan de Caldebilla, aviéndose quedado distante algunos passos el dicho Juan de Caldebilla para ayudar al dicho Pablo de BulnesEl dicho Pablo de Bulnes avía cometido al dicho licenciado García Pérez de Prado y con un palo mui grande que llebaba con yntento de matar, le avía dado muchos palos en la caveça, que le avía echo quatro heridas muy grandes... y le avía sacado mucha sangre, aviéndose sin sentido. Y avía acometido a acavarle de matar aogándole en el dicho río y echarle en él y arrojarle a él, y le avía dado muchos golpes con pies y manos, y avían echado en el agua de dicho río, a donde sin falta expirara si quien acasso lo avían sentido no ubiera dado boçes y sacara de allí a su parte, a quien el dicho Pablo de Bulnes dejó por muerto, abiéndole asistido e faborecido dicho Juan de Caldebilla…” (2).

En otro pasaje del mismo documento se detalla el intento de asesinato y las heridas causadas: aprovechando que el cura se había echado la siesta, Pablo de Bulnes le asestó varios golpes en la cabeza con un palo dejándolo medio inconsciente. A continuación, para asegurarse de su muerte, lo arrastró hasta el río e intentó ahogarle. En esta situación siguió dándole golpes con piedras, manos y pies en la cara y en la espalda y, cuando el cura estaba a punto de morir, apareció una moza que empezó a gritar y acabó sacando a la víctima del agua para luego llevarla a su casa, donde permaneció en la cama, en peligro de muerte, durante algún tiempo.

Estando García de El Prado, clérigo, cura de la yglesia de San Pedro de Soto, descansando por la tarde cerca del río caudal que pasaba por çerca de la dicha hermita, Pablo de Bulnes, natural de el dicho concejo, con acuerdo y bajo pensado y alebosamente, avía ydo a donde estava el dicho cura que quería dormir y le avía dado con un palo en lo alto de la caveça, que le ronpió cuero y carne, de que avía quedado desatinado. Y biéndose ansí, le avían echado dentro de un poço… el dicho Pablo avía tomado mucha cantidad de piedras y con ellas le tirava y le dava en la caveça, y le avía echo muchas heridas en las espaldas y cara, de los quales dichos males e tratamientos estava a punto de muerte. Y le avría muerto si no (fuera) por una moça que avía llegado e dado boçes…  que a dicho cura que le avía sacado de la agua y llamó quienes tomasen la sangre y curasen las dichas heridas… en su casa donde estava en una cama muy malo, a peligro de muerte...” (3).    

Dice el documento que, una vez que el pueblo se enteró de lo sucedido y llevaron al cura a su casa, y el juez y el alcalde de la Santa Hermandad asistieron a la víctima disimulando su culpa. Se narra también la detención de Pablo de Bulnes, que se había escondido en una casa de Los Llanos. Lo apresaron y encerraron en la cárcel pública, pero el juez implicado y Sancho Díez facilitaron su fuga.  

La sentencia fue dictada en Valladolid, el 22 de septiembre de 1633, tras probarse la implicación de Pablo de Bulnes y Juan de Caldevilla, ordenando la inmediata incautación de bienes de ambos reos. Del primero se dice que se deja la sentencia al arbitrio de los alcaldes del crimen y al segundo se le condena al pago de 10.000 maravedís a entregar al cura en concepto de indemnización, a la satisfacción de las costas del pleito y a destierro de Valdeón durante 4 años, a más de 5 leguas del contorno de dicho concejo.   

La acusación a cinco vecinos, entre los que había autoridades concejiles, y la condena solo a dos de ellos, hace sospechar la existencia de posibles tensiones, seguramente de poder, entre el cura de Soto y las autoridades municipales. Como dijimos, este García Pérez de Prado se recuperó de sus heridas y continuó al frente de la parroquia de Soto de Valdeón, al menos, hasta 1658, asomándose a los documentos sajambriegos por su actividad prestamista. Por ejemplo, le debían dinero varios miembros de los primeros Díaz-Caneja, de Oseja.  

A García Pérez de Prado le sustituye en la parroquia de Soto un pariente suyo: Agustín Pérez de Prado que, según dice un documento de 1653, había nacido en el concejo asturiano de Cabrales y residía por entonces en la ciudad de León. Este Agustín también prestó dinero a vecinos de Sajambre, en concreto a algunos de Ribota en 1665, a otros de Oseja en 1671 y en 1670, el pueblo entero de Oseja se endeudó con él por 54’5 cargas de trigo y centeno para cubrir las necesidades de cereal panificable. En 1673 el encargado de cobrar en Sajambre lo que sus vecinos debían a Agustín Pérez de Prado fue Isidro Piñán, uno de los cinco hijos bastardos del cura Domingo Piñán, al que conocemos por haber sido el primer maestro elemental documentado en Sajambre (anterior a la fundación de la escuela del Arcediano) y por haber trabajado como aprendiz en la escribanía de los Piñán. Isidro Piñán acabaría tomando hábitos y convirtiéndose en notario apostólico, como su padre.

Agustín Pérez de Prado fundó en Soto de Valdeón una capilla que aparece en los documentos sajambriegos y valdeoneses con dos advocaciones. En 1672 se registra como la capilla del Rosario, en 1710 como la capilla del Carmen y en 1712, nuevamente como la capilla de Nuestra Señora del Rosario, al frente de la cual Agustín colocó a otro pariente llamado Fernando García Pérez de Prado.  Según un documento de 1672, esta capilla sirvió de modelo para la reconstrucción de la ermita de Corona que se hizo por esas fechas.  

Seguramente en su testamento, Agustín Pérez de Prado dejó fundada además una obra pía, quizás “de estudiantes”, que se menciona a veces en los documentos notariales de Sajambre. Así en 1710, Toribio Rodero e Inguanzo, vecino del lugar de Puertas, en el concejo de Cabrales, era el “patrono y lexítimo presentero de las memorias y obras pías que fundaron los licenciados don Garzía y don Agustín Pérez de Prado, de buena memoria, curas que fueron en la parroquial de Soto, concejo de Baldión” y acude a Sajambre para cobrar deudas de censos que dejaron a su muerte Pedro Amigo Mayón, el viejo y el joven. En 1712, los últimos descendientes del linaje del Arcediano en Soto de Sajambre traspasaron varios censos que tenían en contra de vecinos de Sajambre “a la obra pía que fundó el licenciado Don Agustín Pérez de Prado, cura que fue de la parroquial de San Pedro en Soto, en el concejo de Baldión”, en la persona de su patrono Miguel Pérez de Pesquera.  O en 1805, la “obra pía de estudiantes del concejo de Baldeón” todavía tenía censos contra vecinos de Oseja.

A finales del siglo XVII, los Pérez de Prado, de Soto, entroncaron con los Pesquera, también de Valdeón: ya mencionamos a Miguel Pérez de Pesquera en 1712; en 1753 y 1755 aparece en la documentación sajambriega Miguel Pesquera Pérez de Prado, escribano público del concejo de Valdeón, quien solicita permiso para ejercer en dicha escribanía pública del número en el año 1717, documento que se conserva en Sajambre; y en 1768, 1771 y 1772, el titular de dicha escribanía fue Sebastián de Pesquera y Pérez de Prado.

Como se ve, curas y escribanos en otro linaje que tuvo relevancia social en la región, aunque su historia tendrá que completarse con la documentación que se conserve de Valdeón y de Cabrales.    

NOTAS

(1)  Elena Catalá, “Mi familia tiene un cura. El clero patrimonial en la España del Antiguo Régimen”, Nuevo Mundo. Mundos nuevos, 2008, p.25.

(2)  Valladolid, Archivo de la Real Chancillería, Registro de Ejecutorias, caja 2585, doc. 75, de 1633.  

(3) Ibidem.

viernes, 4 de diciembre de 2020

LAS «FAKE NEWS» EN EL SAJAMBRE DEL SIGLO XVI Y LA LLEGADA DE LOS PIÑÁN A VALDEBURÓN

 

Eso que en la modernidad de las redes sociales se conoce con la expresión anglosajona de fake news no es otra cosa que bulos, infundios y patrañas que alimentan lo que en esta sociedad nuestra también llamamos desinformación. El cóctel que forman las noticias falsas y la manipulación constante de la realidad es lo que los filósofos han denominado (a mi parecer, de forma obscena) como “posverdad”, cuando no es más que una mentira. Vaciar de contenido y de significado las palabras que identifican conceptos importantes (como verdad, mentira, libertad, fascismo, democracia) es otra estrategia perversa del mundo actual.  

Los bulos no son solo cosa del presente. También se utilizaron en el pasado como arma política. Lo que resulta novedoso en el mundo de hoy es la enorme extensión y la gran rapidez que la desinformación llega a adquirir entre una población arrogante, mayoritariamente carente de sentido crítico que, por estar escolarizada y tener a su alcance la información inmediata de internet y de los medios de comunicación, se considera culta cuando no lo es. Esta confusión constante entre información y cultura, que campa a sus anchas en los estercoleros que son las redes sociales, es un mal tremendamente peligroso.  Un ejemplo de este peligro es la situación creada en los Estados Unidos de América tras el reciente proceso electoral, con un presidente abonado a la posverdad, por estar acostumbrado a que la mentira siempre le haya sido rentable.  Ya sabemos que es un patán integral y el mejor ejemplo que se me ocurre de que cultura y dinero no van emparejados. Pero si grave es (y mucho) que semejante ser haya sido elegido presidente de la nación más poderosa del mundo, más grave es que le haya votado una masa crédula, por ignorante, o a la que no le importa que se mienta, se manipule y se tergiverse. Lo más triste y demoledor es que no se trata solo de un mal propio de ese país americano, sino también de Europa y, por supuesto, de España. En Estados Unidos es un indicio más de la decadencia imparable en la que está inmerso el Tío Sam y en Europa, un síntoma aterrador del mundo al que nos dirigimos.  

En el pasado, la difusión de nuevas o noticias de uno u otro color fue forzosamente más lenta y limitada, pues circulaban de boca en boca y con los medios de transporte de la época.  También se difundieron mentiras y, en algunos momentos, se organizaron conspiraciones para propagar bulos que pusieran en peligro la paz de los pueblos.  

Durante su reinado, Felipe II sufrió varios atentados contra su vida y, en otras tantas ocasiones, quedó documentada la circulación de bulos, con los que sus enemigos perseguían la desestabilización política del reino.  Uno de los primeros se extendió por la Península en los últimos días del año 1563 y primeros de 1564, intentando hacer creer a la población que el monarca había sido asesinado. 

En el Archivo de la Casa Piñán se ha conservado un documento que retrata la llegada del bulo a Sajambre y las medidas que adoptaron sus autoridades ante una noticia que creyeron cierta.  El estudio de este documento y su edición íntegra han sido recientemente publicados por mí en un libro (1), de tal forma que en este caso me voy a limitar a resumir su contenido, quedando en la publicación la restante información y la transcripción íntegra del texto principal y de los añadidos.  Incluyo también en este post (no en el artículo publicado) nuevos datos sobre el linaje Piñán en Valdeburón.    

El 27 de diciembre de 1563 se levantó acta notarial en la localidad de Sames, en el concejo asturiano de Amieva, de cómo el alcalde de la Santa Hermandad y cinco sajambriegos más habían llegado a dicha población “persiguiendo a unos hombres que habían matado al rey”. 

Esos cinco sajambriegos debían ser los cuadrilleros, es decir, los miembros de la Santa Hermandad o policía de la época. Su jefe era el “alcalde de la Santa Hermandad”, cargo que se renovaba por elección todos los años a principios del mes de enero. Entre ellos había representantes de las cuatro asambleas vecinales del valle, es decir, de Oseja, Soto, Ribota y Vierdes-Pio.

Uno de los representantes de Soto fue “Piñán”, a secas, sin nombre de pila. Se trata de Gonzalo Piñán, el primero que conocemos con este nombre avecindado en Sajambre y documentado en Soto desde 1545, que no debe confundirse con otro Gonzalo Piñán que fue vecino de Polvoredo en los años 1553 y 1554.  Los documentos conservados en ambos casos no nos permiten saber si estaban emparentados, aunque lo sospecho. 

Ahora bien, si los documentos no proporcionan información directa sobre el origen del Piñán de Polvoredo, sí la dan indirecta, de tal manera que es probable que los Piñán de Polvoredo y los de  Sajambre ya estuvieran emparentados en el siglo XVI. Lo que es casi seguro es que los Piñán de Polvoredo no son originarios de dicho lugar. Lo explico.    

Del Gonzalo de Polvoredo se conservan varios documentos, entre ellos una ejecutoria del rey Carlos I, fechada en Valladolid, el 17 de junio de 1554, en la que se dice que

Gonçalo Pinan vezino del dicho lugar de Polboredoes hombre hijodalgo notorio de padre y solar conozido, debengar quinientos sueldos segúnd fuero de España… y los dichos sus padre y agüelo y cada uno de ellos en su tiempo, en los lugares donde bibieron y moraron, que estobieron syempre en posesión de hombres hijosdalgo e de no pechar ni pagar ellos, ni alguno de ellos en pedidos, ni monedas, ni en otros ningunos pechos ni tributos reales, ni conçejales e abiéndoles sido guardadas al dicho su parte y a los sus padre y agüelo todas las honrras, franquezas, esençiones e libertades que a los hotros hombres hijosdalgo suelen y deben y acostumbrar ser guardadas…

Una real ejecutoria es la sentencia final de un pleito dirimido ante el rey en última instancia. Este pleito lo fue de hidalguía y lo solicitó Gonzalo Piñán porque el concejo de Polvoredo no le reconocía su estado noble y le obligaba a pagar impuestos. Esto era habitual cuando se cambiaba de residencia de un municipio a otro. Es decir, la incoación de este pleito de hidalguía fue necesaria, posiblemente, porque este Gonzalo Piñán se había mudado a Polvoredo procedente de otro concejo. Los documentos no dicen de cuál.  

Al mismo tiempo que este Gonzalo Pinán o de Piñán vivía en Polvoredo, desde 1545 se documenta otro Gonzalo Pinán, Penán o de Piñán en Soto de Sajambre, considerado hidalgo en los padrones de 1552. El sajambriego murió entre 1584 y 1595 dejando, al menos, cinco hijos en el valle: Catalina, María, Juan, Pedro y Gonzalo. Este último vivió, casó y murió en Soto de Sajambre.

Hay tres factores que me llevan a hipotetizar un parentesco entre estos Piñanes ya en el siglo XVI. Uno es la homonimia, muy frecuente en las familias de aquella época, pudiendo ser estos dos Gonzalos primos, o tío y sobrino. El segundo factor es la peculiaridad del apellido, poco común entonces y ahora, que confluye en dos núcleos familiares asentados en lugares tan cercanos como son Polvoredo y Sajambre.  El tercero es que los dos Gonzalos fueron hidalgos notorios de solar conocido. 

Volviendo al bulo sobre el asesinato de Felipe II. Uno de los cuadrilleros que llegaron hasta Amieva fue Gonzalo Piñán, junto a otros sajambriegos que también se nombran en el documento, en seguimiento de unas personas que abían muerto al rei, nuestro señor, con sus armas. Persiguiendo a tales sospechosos llegaron hasta Sames, donde se encontraron con cuatro vecinos de Caño que venían desde el concejo de Cangas de Onís y que también se nombran. Ante el notario que levantó el acta, dejaron constancia de cómo todo el oriente de Asturias hasta Oviedo estaba ya avisado de dicha muerte.  

En el artículo explico el procedimiento policial, según las leyes de la época, que obligaba a los concejos a perseguir a los malhechores y cómo los sajambriegos lo aplicaron en este caso; me detengo también en el recorrido que se describe en el propio documento y que no fue otro que el del camino real desde Oseja hasta Sames por el puerto de Beza, donde se habla de la venta de Saúgu, convirtiéndose esta noticia en la más antigua, hasta la fundación de la ermita y del albergue de caminantes por el Arcediano casi un siglo después; y trato sobre los desgraciados a los que se debió acusar infundadamente de un crimen que, en realidad, no se había cometido. Entonces, como ahora, las noticias falsas tenían víctimas y consecuencias nefastas. No me extiendo sobre ello porque, como digo, está publicado en el mencionado trabajo.  

El bulo empezó a correr por la Península en los últimos días de diciembre de 1563. Los propios contemporáneos del hecho creyeron que se había difundido a partir de tres focos simultáneos: uno en Castilla, otro en Aragón y el tercero en Cataluña. Pero este documento demuestra que en Asturias y en el norte de León la difusión de la falsa muerte de Felipe II fue bastante anterior en el tiempo a la región levantina y que el foco castellano no debió estar muy alejado de Asturias y Valdeburón.

El desmentido del atentado no empezó a circular por España hasta los días 4 y 5 de enero de 1564. En circunstancias normales, tras conocerse el carácter falso de la noticia, el acta notarial hecha en Sames habría sido destruida por no tener validez. Pero en este caso se conservó. ¿Por qué?

El acta se levantó en Sames a petición de los sajambriegos, para que quedara constancia de que habían cumplido las leyes; y los sajambriegos se llevaron dicho documento a su concejo. El hecho de que se haya conservado en el Archivo de la Casa Piñán, con notas dorsales de Gonzalo Piñán I, indica sin ninguna duda que el acta notarial quedó en poder de dicho Gonzalo Piñán, manteniéndose en el archivo familiar de Soto, hasta que en 1636 Domingo Piñán de Cueto Luengo trasladara dicho archivo al palacio que se había hecho construir en Oseja.

¿Y por qué se lo quedaría Gonzalo Piñán si lo lógico habría sido que se lo quedara el alcalde de la Santa Hermandad, como máximo responsable policial que era?

Pues no lo sabemos, pero sospecho que porque el Piñán era la única persona alfabetizada de toda la cuadrilla.

¿Y por qué se conservó el documento en lugar de destruirse, que era lo que correspondía en tal caso?

Pues por culpa del tocino y las coricias.

El primer Gonzalo Piñán sajambriego aprovechó el espacio dejado en blanco al dorso del documento para usarlo como “libro de cuentas”, escribiendo de su propia mano varias notas contables sobre viajes a Oviedo, cebada, lechones, pucheras de vino, tocinos, coricias y otras cosas que había gastado y pagado a diferentes personas, como Sancho de Quintana o Juan Prieto.  

Estos apuntes de la economía doméstica de un sajambriego de mediados del siglo XVI permitieron la conservación de un curioso documento que, en otras circunstancias, se habría destruido.

 

NOTAS

(1) Elena E. Rodríguez Díaz, “El bulo de la muerte de Felipe II (1563) en el oriente de Asturias y norte de León”, en Elena E. Rodríguez Díaz y Antonio C. García Martínez (eds.), Historia y Archivos. Estudios en homenaje a Dña. Remedios Rey de las Peñas, Universidad de Huelva, 2020, pp. 297-309.   

martes, 20 de octubre de 2020

LOS LIBROS SACRAMENTALES ERRÓNEOS DE 1762 A 1774 DE LA PARROQUIA DE OSEJA Y SOTO

Mediante documento expedido en León el 21 de mayo de 1776, el tribunal eclesiástico del Obispado, en la persona de José Fernández de Velasco y Pantoja, arcediano de Triacastela, ordena al cura de Oseja y su anexo, Soto, que a la sazón era el sajambriego Lupercio Díaz de Oseja, que se corrijan y se rehagan todos los libros sacramentales que dejó su antecesor, Baltasar Fernández, difunto, por estar llenos de errores y omisiones. 

Esto afectó a todos los libros de bautizados, velados, casados y difuntos de los años comprendidos entre 1762 y 1774, es decir, durante todo el ejercicio del párroco Baltasar Fernández, por contener “errores sustanciales” y ausencias de partidas, siendo “conveniente enmendarlos y reintegrarlos con la nezesaria solemnidad” y actuar “con la devida celeridad y prontitud” para evitar todos los inconvenientes derivados.  

Para estas fechas, el contenido de los libros sacramentales estaba ya reglamentado y solía respetarse, salvo en casos de errores, olvidos e incompetencias de los párrocos; omisiones que se producían por enfermedad, ausencia o muerte de los curas; o por las dificultades sucedidas en períodos de epidemias y guerras. En el caso que nos ocupa, se trata de una absoluta y continuada negligencia de Baltasar Fernández durante todo el tiempo que estuvo al cargo de la parroquia de Oseja y de su anexo, Soto.  

Por este motivo, el tribunal eclesiástico del Obispado de León dispone el inmediato “embargo de los vienes que ubiere dejado (Baltasar Fernández) con qualquiera otros frutos y rentas a él pertenecientes, los quales se depositen en persona segura y abonada a la  disposición del tribunal”, haciendo responsable a Lupercio Díaz de Oseja de la refacción de todos los asientos de los mencionados libros sacramentales, ante la presencia de testigos que fueran indicando los errores y su corrección, y dejando constancia escrita de sus testimonios.

Esta refacción de los libros de bautizados, matrimonios y difuntos de los vecinos de Oseja y Soto entre 1762 y 1774 afectó, por ejemplo, a varios miembros de la familia de Ignacio y Joaquín Díaz-Caneja, con partidas de bautismo y de defunción que se conservan hoy en el Archivo Histórico Diocesano de León y que son defectuosas. En realidad, afectó a todas las familias de Oseja y de Soto en alguna manera en aquellos casos de bautizados, casados y difuntos entre 1762 y 1774.  

Los libros sacramentales (mal) hechos por Baltasar Fernández se conservan hoy en el Archivo Histórico Diocesano de León. En el Archivo de la Casa Piñán, de Oseja de Sajambre, solo hay una refacción parcial de los bautismos de Oseja, con inclusión de la declaración de testigos, siguiendo las pautas formales que ordena la disposición judicial, en un legajo de 75 folios de papel, donde se reproducen (corregidas) algunas partidas comprendidas entre los años 1767 a 1774, indicando los errores del párroco anterior y subsanándolos. Es decir, de todas las correcciones ordenadas por el tribunal leonés, solo se conserva ese legajo de 75 folios, si es que también se llegaron a enmendar los restantes libros sacramentales afectados, porque por lo que yo llegué a ver, los libros que se conservan en León con estas fechas son los defectuosos, no sus correcciones.  Es fácil saber si nos encontramos ante la versión defectuosa o ante su corrección con un vistazo rápido, sin detenernos a leer los contenidos, fijándonos en quién firma el asiento: si el que firma es Baltasar Fernández será la partida defectuosa y si firma Lupercio Díaz de Oseja será su corrección.  Dicho de otra forma, hay que desconfiar de todo aquello que esté  escrito y/o firmado por Baltasar Fernández.

Por la enumeración de errores que dicho legajo contiene, sabemos que Baltasar Fernández no llevó nunca una anotación puntual de la administración de los sacramentos en Oseja y en Soto, anotando a menudo las partidas de bautismo semanas y meses después de la celebración del sacramento, muy probablemente de memoria, sin haber tomado o conservado notas, por lo que se equivocaba de forma reiterada en el nombre de los bautizados, en los nombres de los padres, padrinos y abuelos, en las fechas de los nacimientos  y bautizos y, en el peor de los casos, ni siquiera apuntaba las partidas de bautismo.  A juzgar por lo que dice el documento del tribunal eclesiástico leonés, debemos pensar que hizo lo mismo con los libros de velados, casados y difuntos.   

Esta incompetencia manifiesta del cura párroco de Oseja debió originar muchísimos conflictos y no pocos trastornos, sobre todo en la celebración de los matrimonios de Oseja y de Soto de aquellos años, porque, en la sociedad de la Edad Moderna, una de las finalidades de los libros sacramentales era el registro detallado de la consanguinidad y afinidad de los feligreses, tanto del parentesco carnal, como de la cognación espiritual que adquirían, en este caso, los padrinos de un bautizado (sucedía lo mismo en la confirmación). Recuérdese que en aquella época se consideraba incesto el parentesco y la afinidad hasta el cuarto grado y que, debido al alto nivel de endogamia que existía en el mundo rural, eran muchos los que se veían obligados a solicitar una dispensa apostólica para poder casarse. En la segunda mitad del siglo XVIII, era obligación del párroco indagar en la consanguinidad y afinidad de los contrayentes antes de autorizar la celebración de un matrimonio, lo que se hacía en base a la información que transmitían los libros sacramentales.   

En este legajo de 75 folios hay además otro tipo de información histórica, que no he deshilvanado del todo por falta de tiempo, pero del que voy a poner un ejemplo para terminar.

El documento de la Casa Piñán demuestra que el linaje Díaz-Caneja, de Oseja, ya había emparentado con los Sosa de Vidanes antes del casamiento de Tomás Díaz con María de Sosa. Un tío del Tomás que fue padre de Ignacio y de Joaquín ya estaba casado con una Sosa de Vidanes que, a su vez, fue tía de la mujer de Tomás. Según esto y los cánones de la época, hubo relación de afinidad entre Tomás Díaz de la Caneja y María de Sosa, por lo que debieron necesitar dispensa papal para contraer matrimonio. Espero poder indagar más sobre ese personaje femenino (fuentes hay) para dedicarle una entrada independiente más adelante.   

Resumiendo, todos aquellos que hayan sacado información de alguna partida de bautismo, matrimonio o defunción de vecinos de Oseja y de Soto entre los años 1762 y 1774, de los libros sacramentales que se conservaron en Sajambre hasta que fueron depositados en León, que sepan que es muy probable que las notas tomadas sean erróneas o contengan errores.