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sábado, 21 de junio de 2025

LA MEMORIA HISTÓRICA LEONESA MALTRATADA

El Oratorio de San Felipe Neri, en Cádiz, fue la sede de las Cortes que elaboraron la Constitución española de 1812. Por este motivo, esta iglesia es monumento histórico artístico desde 1907. 

Sus muros están plagados de placas conmemorativas de las distintas provincias españolas, incluidas las hispanoamericanas, en las que se recuerda a los representantes de cada una de ellas en las Cortes de Cádiz. Varias se colocaron en el aniversario de 1912, pero otras muchas se han ido poniendo después, tras la llegada de la democracia a España.

León no está. 

La provincia de León nunca ha querido poner una inscripción con el nombre de los cuatro diputados y, entre ellos, el sajambriego Joaquín Díaz Caneja, que no solo fue diputado, sino también uno de los secretarios que firmó la primera constitución democrática de España: Joaquín Díaz Caneja, diputado por León, secretarioUn hijo de Sajambre en la vanguardia del progresismo de la época. 

Esto es una vergüenza. 

Cuando busqué entre tantas placas la de León y comprobé su ausencia, pasé del estupor a la tristeza y a la indignación. Juro que se me cayeron las lágrimas. ¡¿Pero a qué se debe este olvido por parte de la provincia y Diputación de León?! ¿A mezquinas razones políticas? ¿Es que el PP ni siquiera quiere reconocer a sus hijos más ilustres en un hecho tan relevante para la Historia de España, fuera cual fuera la orientación política de dicha Constitución? 

¿O se debe, acaso, a simple dejadez? ¡¿Cómo es posible que nadie haya denunciado esto antes?! A mí me da una vergüenza enorme, gigantesca, ver allí epígrafes conmemorativos de toda la geografía peninsular y americana, menos el de la provincia de León. Por supuesto, Asturias está desde 1912 y con una inscripción bien grande y visible. 

Pero ¡¿por qué falta León?!  

Esto es un maltrato a la memoria histórica leonesa por parte de la Diputación de León y del Ayuntamiento de Oseja de Sajambre en el pasado, ya que los ayuntamientos también podían poner placas o, en su caso, mover los hilos para cofinanciar la inscripción entre la Diputación y otros ayuntamientos implicados. Por ejemplo, el de Vidanes o los lugares de origen de los restantes diputados leoneses.   


Oratorio de San Felipe Neri en Cádiz. Las inscripciones se extienden por los muros adyacentes, incluido el edificio donde hoy está el Centro de Interpretación. Fuente de la imagen: Wikipedia.


Última página de la Constitución de 1812. La última suscripción es la de "Joaquín Díaz Caneja, diputado por León, secretario". Como se ve, escribió "Díaz", no Díez como se ha publicado en algunos libros y artículos. 

sábado, 30 de enero de 2021

ENTRE SOTANAS ANDA EL JUEGO: estrategias de enriquecimiento y poder en los concejos de Sajambre y de Valdeón en los siglos XVII y XVIII. El intento de asesinato de un cura de Valdeón.

 

Las características socioeconómicas de los concejos leoneses de Sajambre y de Valdeón fueron muy similares en el pasado. Por eso, los mecanismos y las estrategias de enriquecimiento y poder son las mismas en uno y en otro municipio. Dada la pobreza de la zona, no se podía aspirar a mucho, pero sí existieron dos oficios ambicionados que siempre terminaban por reportar beneficios a las familias y, a menudo, a los linajes. Las ocupaciones eran la de cura y la de escribano público. 

No fue casualidad que estos quehaceres influyeran en el ascenso de varias familias de la región. Así sucedió con los Gómez de Caso en Burón, donde hubo curas y escribanos. Los Piñán de Cueto Luengo en Sajambre, con curas y escribanos. Los Díaz de Oseja asimismo en Sajambre, con escribano y curas. Los Díaz-Caneja sajambriegos, con escribanos y curas. Los Pesquera Pérez de Prado en Valdeón, con curas y escribanos. O los Ferrado de Vega en Amieva, con otros escribanos y más curas. Además, todos solían llevarse bastante bien entre sí, llegando a emparentar en varios casos, lo que resultaba muy útil para ampliar las redes de influencia y clientela.  

Los dos oficios (escribano y cura) tenían claras ventajas económicas con respecto al grueso de sus convecinos, quienes dependían de la fertilidad de la tierra, de la poco sustanciosa ganadería local y de la limitada actividad comercial. Además, tales ocupaciones proporcionaban poder debido a la respectiva autoridad del escribano y del cura.

Las ganancias de los antiguos notarios públicos no fueron desdeñables y el control sobre la población lo adquirían gracias a la información de primera mano que los vecinos plasmaban en las escrituras públicas que se formalizaban ante ellos: testamentos, deudas, obligaciones, préstamos hipotecarios, contratos diversos, cargas judiciales…  No olvidemos tampoco que en estos municipios pequeños, los escribanos públicos se encargaban también de escriturar la documentación municipal (función que con el tiempo desempeñaron los fieles de fechos y los secretarios de ayuntamiento) y la judicial, por lo que monopolizaban la información de los vecinos a título particular, la del ayuntamiento y la de todos los pleitos y conflictos judiciales.  

Por su parte, los curas recibían rentas por sus trabajos y por la práctica sacramental de sus parroquias, quedándose además con un porcentaje de los diezmos, lo que originó una acumulación de excedentes que solían dedicar a la reventa, pese a sentir sus beneficios disminuidos en las épocas de malas cosechas. Estas ganancias se unían a su total exención del pago de impuestos, al contrario que los laicos, pues ni siquiera los hidalgos quedaban exentos de los tributos eclesiásticos. El conjunto se incrementaba con los intereses derivados del dinero que prestaban, normalmente mediante la “venta” de censos, una expresión eufemística que servía para enmascarar la actividad financiera del clero, porque en la Edad Moderna “el clero se convirtió en uno de los principales prestamistas del mundo rural” (1).   También fueron varios los que, al final de sus vidas, fundaron “obras pías”,  una antigua institución que servía para evadir impuestos y beneficiar a la parentela en mayor o en menor medida, según fuera la envergadura de las respectivas haciendas y fundaciones. En palabras de un documento sajambriego de 1818 “para que con su aumento se remediasen los descendientes y parientes más pobres”.  Entre 1650 y 1850 hubo en Sajambre obras pías documentadas, de fundación laica y eclesiástica, entre los Díaz de Oseja (Oseja), los González (Oseja), los Viya (Soto), los Simón (Ribota), los Granda (Ribota), los Muñiz (Oseja), los Mayón (Pio), los Redondo Collado (Vierdes), los Acevedo (Oseja) o los Díaz de la Caneja (Oseja).  Algunos curas locales desempeñaron otras tareas, también con provecho económico, como capellanes, notarios apostólicos u oficios inquisitoriales (recuérdese el caso de nuestro Domingo Piñán), etc.  

Las haciendas del clero rural se resentían en las crisis de subsistencia por el impago de los diezmos o por su disminución. Pero, al menos en el caso del concejo de Sajambre y, por lo que sé, también en el de Valdeón, el balance siempre fue positivo para los párrocos. De aquellos de los que conservamos testamento, se observa una acumulación de prados y tierras, ganados, rentas diversas y riqueza patrimonial que sobrepasa, con mucho, la de sus feligreses y que en más de un caso se equipara a la de los Piñán de Cueto Luengo.  Muy pobre no debió ser el curato de Oseja y Soto cuando Pedro Díaz, el que con el tiempo se convirtió en arcediano, pleiteara durante 13 años por su propiedad.

A esta desahogada situación económica de los curas de Sajambre y Valdeón, se sumaba su relevante posición social, por pertenecer al principal estamento privilegiado de la sociedad del Antiguo Régimen, y una alta dosis de poder derivada de su peso social, de su prestigio moral y de la autoridad que poseían, nada más y nada menos, que sobre las almas de sus feligreses y, con ellas, sobre su salvación o condenación eternas.  ¡Qué mayor poder iba a existir, para aquellas gentes tan crédulas, que tener la última palabra sobre la condenación eterna (o no) de un individuo!    

Estas realidades de poder se mantuvieron durante tanto tiempo en el mundo rural que no es de extrañar que, hasta bien avanzado el siglo XX, la cúspide de la élite local estuviera formada por el alcalde, el secretario de ayuntamiento (que sustituye al escribano) y el cura.   

Como ya hemos hablado de los escribanos en otras ocasiones, vamos a tratar ahora sobre los curas y vamos a hacerlo a través de los Pérez de Prado, de Valdeón, uno de cuyos miembros fue contemporáneo del arcediano (Pedro Díaz), del comisario (Domingo Piñán) y víctima de una conspiración que tuvo como finalidad su asesinato.       

Los Pérez de Prado procedían de Puertas, en el concejo asturiano de Cabrales, y se instalaron en Valdeón cuando García Pérez de Prado obtuvo el curato de Soto antes de 1632. Este García Pérez de Prado permaneció en dicha localidad hasta los años centrales del siglo. En la documentación sajambriega, el 4 de junio de 1657 todavía aparece como cura párroco de San Pedro de Soto y, en la de Valdeón, sigue figurando como tal en 1658. Debió morir antes del 16 de noviembre de 1665, fecha en la que ya se registra como párroco de Soto su pariente Agustín Pérez de Prado.  Estuvo a punto de morir en 1632, cuando un grupo de vecinos de Valdeón conspiraron para asesinarlo.      

Lo cierto es que los actos de violencia contra la Iglesia y los clérigos no fueron infrecuentes en esta zona. En 1494 dos sajambriegos, llamados Pedro del Campo y Gonzalo Díaz, se atrincheraron en la iglesia de Oseja contra los clérigos locales. En 1535 el arcipreste de Burón fue asesinado. En 1632 existió una conspiración para matar al cura de Soto de Valdeón y, a finales del siglo, dos sajambriegos intentaron asesinar al prior de Pedrosa. A esto se unen las denuncias contra los abusos cometidos por los curas locales a causa de cobrar derechos abusivos a sus feligreses. Es lo que hicieron los vecinos de Valdeburón contra un clérigo local en 1536 y los vecinos de Oseja y Soto en 1671 contra el cura Juan Manuel de Posada Arnero, que fue condenado por dicho motivo.   

En el Archivo de la Real Chancillería de Valladolid se conserva la documentación del pleito interpuesto por García Pérez de Prado, cura propio de Soto de Valdeón, tras el intento de asesinato del que había sido víctima durante la romería de la Virgen de Corona en el año 1632. Los acusados por el cura fueron Pablo de Bulnes, Sancho Díez y Juan de Caldevilla, vecinos de Valdeón, Juan González de Prada, juez ordinario del mismo concejo, y Lorenzo Cueto, alcalde de la Santa Hermandad, es decir, de la policía de la época, el cual había convencido a Pablo de Bulnes y Juan de Caldevilla para ejecutar “el dicho delicto, provocándoles y asegurándoles que no serían castigados y que antes les ampararían y favorecerían”.  

Las causas de este intento de asesinato premeditado y planificado no quedan nada claras, más allá de mencionar la enemistad y odio que le tenían” al cura, en concreto Pablo de Bulnes, quien había servido en su casa y había sido despedido. No obstante, el despido de un simple criado no parece causa suficiente para una conspiración de esta envergadura, en la que parece que pudieron estar implicados un juez y el jefe de policía.     

La sucesión de los hechos fue la siguiente:

El día de la romería a la hermita  de Nuestra Señora de Corona, que está en un monte yermo, media legua poco más o menos de distancía del dicho lugar a donde mi parte avía dicho missa aquel día, por su devoción y por ser la dicha hermita fieligresía de la yglessia parrochial del dicho lugar de adonde el susudicho era cura (Soto de Valdeón), y después avía comido en conpanía de otros sacerdotes, y aviendo acavado de comer el susodicho, se avía puesto a dormir en el canpo y ribera muy cerca del río que por allí pasava. Y estando ansí durmiendo y desocupado, avían ydo los dichos Pablo de Bulnes y Juan de Caldebilla, aviéndose quedado distante algunos passos el dicho Juan de Caldebilla para ayudar al dicho Pablo de BulnesEl dicho Pablo de Bulnes avía cometido al dicho licenciado García Pérez de Prado y con un palo mui grande que llebaba con yntento de matar, le avía dado muchos palos en la caveça, que le avía echo quatro heridas muy grandes... y le avía sacado mucha sangre, aviéndose sin sentido. Y avía acometido a acavarle de matar aogándole en el dicho río y echarle en él y arrojarle a él, y le avía dado muchos golpes con pies y manos, y avían echado en el agua de dicho río, a donde sin falta expirara si quien acasso lo avían sentido no ubiera dado boçes y sacara de allí a su parte, a quien el dicho Pablo de Bulnes dejó por muerto, abiéndole asistido e faborecido dicho Juan de Caldebilla…” (2).

En otro pasaje del mismo documento se detalla el intento de asesinato y las heridas causadas: aprovechando que el cura se había echado la siesta, Pablo de Bulnes le asestó varios golpes en la cabeza con un palo dejándolo medio inconsciente. A continuación, para asegurarse de su muerte, lo arrastró hasta el río e intentó ahogarle. En esta situación siguió dándole golpes con piedras, manos y pies en la cara y en la espalda y, cuando el cura estaba a punto de morir, apareció una moza que empezó a gritar y acabó sacando a la víctima del agua para luego llevarla a su casa, donde permaneció en la cama, en peligro de muerte, durante algún tiempo.

Estando García de El Prado, clérigo, cura de la yglesia de San Pedro de Soto, descansando por la tarde cerca del río caudal que pasaba por çerca de la dicha hermita, Pablo de Bulnes, natural de el dicho concejo, con acuerdo y bajo pensado y alebosamente, avía ydo a donde estava el dicho cura que quería dormir y le avía dado con un palo en lo alto de la caveça, que le ronpió cuero y carne, de que avía quedado desatinado. Y biéndose ansí, le avían echado dentro de un poço… el dicho Pablo avía tomado mucha cantidad de piedras y con ellas le tirava y le dava en la caveça, y le avía echo muchas heridas en las espaldas y cara, de los quales dichos males e tratamientos estava a punto de muerte. Y le avría muerto si no (fuera) por una moça que avía llegado e dado boçes…  que a dicho cura que le avía sacado de la agua y llamó quienes tomasen la sangre y curasen las dichas heridas… en su casa donde estava en una cama muy malo, a peligro de muerte...” (3).    

Dice el documento que, una vez que el pueblo se enteró de lo sucedido y llevaron al cura a su casa, y el juez y el alcalde de la Santa Hermandad asistieron a la víctima disimulando su culpa. Se narra también la detención de Pablo de Bulnes, que se había escondido en una casa de Los Llanos. Lo apresaron y encerraron en la cárcel pública, pero el juez implicado y Sancho Díez facilitaron su fuga.  

La sentencia fue dictada en Valladolid, el 22 de septiembre de 1633, tras probarse la implicación de Pablo de Bulnes y Juan de Caldevilla, ordenando la inmediata incautación de bienes de ambos reos. Del primero se dice que se deja la sentencia al arbitrio de los alcaldes del crimen y al segundo se le condena al pago de 10.000 maravedís a entregar al cura en concepto de indemnización, a la satisfacción de las costas del pleito y a destierro de Valdeón durante 4 años, a más de 5 leguas del contorno de dicho concejo.   

La acusación a cinco vecinos, entre los que había autoridades concejiles, y la condena solo a dos de ellos, hace sospechar la existencia de posibles tensiones, seguramente de poder, entre el cura de Soto y las autoridades municipales. Como dijimos, este García Pérez de Prado se recuperó de sus heridas y continuó al frente de la parroquia de Soto de Valdeón, al menos, hasta 1658, asomándose a los documentos sajambriegos por su actividad prestamista. Por ejemplo, le debían dinero varios miembros de los primeros Díaz-Caneja, de Oseja.  

A García Pérez de Prado le sustituye en la parroquia de Soto un pariente suyo: Agustín Pérez de Prado que, según dice un documento de 1653, había nacido en el concejo asturiano de Cabrales y residía por entonces en la ciudad de León. Este Agustín también prestó dinero a vecinos de Sajambre, en concreto a algunos de Ribota en 1665, a otros de Oseja en 1671 y en 1670, el pueblo entero de Oseja se endeudó con él por 54’5 cargas de trigo y centeno para cubrir las necesidades de cereal panificable. En 1673 el encargado de cobrar en Sajambre lo que sus vecinos debían a Agustín Pérez de Prado fue Isidro Piñán, uno de los cinco hijos bastardos del cura Domingo Piñán, al que conocemos por haber sido el primer maestro elemental documentado en Sajambre (anterior a la fundación de la escuela del Arcediano) y por haber trabajado como aprendiz en la escribanía de los Piñán. Isidro Piñán acabaría tomando hábitos y convirtiéndose en notario apostólico, como su padre.

Agustín Pérez de Prado fundó en Soto de Valdeón una capilla que aparece en los documentos sajambriegos y valdeoneses con dos advocaciones. En 1672 se registra como la capilla del Rosario, en 1710 como la capilla del Carmen y en 1712, nuevamente como la capilla de Nuestra Señora del Rosario, al frente de la cual Agustín colocó a otro pariente llamado Fernando García Pérez de Prado.  Según un documento de 1672, esta capilla sirvió de modelo para la reconstrucción de la ermita de Corona que se hizo por esas fechas.  

Seguramente en su testamento, Agustín Pérez de Prado dejó fundada además una obra pía, quizás “de estudiantes”, que se menciona a veces en los documentos notariales de Sajambre. Así en 1710, Toribio Rodero e Inguanzo, vecino del lugar de Puertas, en el concejo de Cabrales, era el “patrono y lexítimo presentero de las memorias y obras pías que fundaron los licenciados don Garzía y don Agustín Pérez de Prado, de buena memoria, curas que fueron en la parroquial de Soto, concejo de Baldión” y acude a Sajambre para cobrar deudas de censos que dejaron a su muerte Pedro Amigo Mayón, el viejo y el joven. En 1712, los últimos descendientes del linaje del Arcediano en Soto de Sajambre traspasaron varios censos que tenían en contra de vecinos de Sajambre “a la obra pía que fundó el licenciado Don Agustín Pérez de Prado, cura que fue de la parroquial de San Pedro en Soto, en el concejo de Baldión”, en la persona de su patrono Miguel Pérez de Pesquera.  O en 1805, la “obra pía de estudiantes del concejo de Baldeón” todavía tenía censos contra vecinos de Oseja.

A finales del siglo XVII, los Pérez de Prado, de Soto, entroncaron con los Pesquera, también de Valdeón: ya mencionamos a Miguel Pérez de Pesquera en 1712; en 1753 y 1755 aparece en la documentación sajambriega Miguel Pesquera Pérez de Prado, escribano público del concejo de Valdeón, quien solicita permiso para ejercer en dicha escribanía pública del número en el año 1717, documento que se conserva en Sajambre; y en 1768, 1771 y 1772, el titular de dicha escribanía fue Sebastián de Pesquera y Pérez de Prado.

Como se ve, curas y escribanos en otro linaje que tuvo relevancia social en la región, aunque su historia tendrá que completarse con la documentación que se conserve de Valdeón y de Cabrales.    

NOTAS

(1)  Elena Catalá, “Mi familia tiene un cura. El clero patrimonial en la España del Antiguo Régimen”, Nuevo Mundo. Mundos nuevos, 2008, p.25.

(2)  Valladolid, Archivo de la Real Chancillería, Registro de Ejecutorias, caja 2585, doc. 75, de 1633.  

(3) Ibidem.

viernes, 4 de diciembre de 2020

LAS «FAKE NEWS» EN EL SAJAMBRE DEL SIGLO XVI Y LA LLEGADA DE LOS PIÑÁN A VALDEBURÓN

 

Eso que en la modernidad de las redes sociales se conoce con la expresión anglosajona de fake news no es otra cosa que bulos, infundios y patrañas que alimentan lo que en esta sociedad nuestra también llamamos desinformación. El cóctel que forman las noticias falsas y la manipulación constante de la realidad es lo que los filósofos han denominado (a mi parecer, de forma obscena) como “posverdad”, cuando no es más que una mentira. Vaciar de contenido y de significado las palabras que identifican conceptos importantes (como verdad, mentira, libertad, fascismo, democracia) es otra estrategia perversa del mundo actual.  

Los bulos no son solo cosa del presente. También se utilizaron en el pasado como arma política. Lo que resulta novedoso en el mundo de hoy es la enorme extensión y la gran rapidez que la desinformación llega a adquirir entre una población arrogante, mayoritariamente carente de sentido crítico que, por estar escolarizada y tener a su alcance la información inmediata de internet y de los medios de comunicación, se considera culta cuando no lo es. Esta confusión constante entre información y cultura, que campa a sus anchas en los estercoleros que son las redes sociales, es un mal tremendamente peligroso.  Un ejemplo de este peligro es la situación creada en los Estados Unidos de América tras el reciente proceso electoral, con un presidente abonado a la posverdad, por estar acostumbrado a que la mentira siempre le haya sido rentable.  Ya sabemos que es un patán integral y el mejor ejemplo que se me ocurre de que cultura y dinero no van emparejados. Pero si grave es (y mucho) que semejante ser haya sido elegido presidente de la nación más poderosa del mundo, más grave es que le haya votado una masa crédula, por ignorante, o a la que no le importa que se mienta, se manipule y se tergiverse. Lo más triste y demoledor es que no se trata solo de un mal propio de ese país americano, sino también de Europa y, por supuesto, de España. En Estados Unidos es un indicio más de la decadencia imparable en la que está inmerso el Tío Sam y en Europa, un síntoma aterrador del mundo al que nos dirigimos.  

En el pasado, la difusión de nuevas o noticias de uno u otro color fue forzosamente más lenta y limitada, pues circulaban de boca en boca y con los medios de transporte de la época.  También se difundieron mentiras y, en algunos momentos, se organizaron conspiraciones para propagar bulos que pusieran en peligro la paz de los pueblos.  

Durante su reinado, Felipe II sufrió varios atentados contra su vida y, en otras tantas ocasiones, quedó documentada la circulación de bulos, con los que sus enemigos perseguían la desestabilización política del reino.  Uno de los primeros se extendió por la Península en los últimos días del año 1563 y primeros de 1564, intentando hacer creer a la población que el monarca había sido asesinado. 

En el Archivo de la Casa Piñán se ha conservado un documento que retrata la llegada del bulo a Sajambre y las medidas que adoptaron sus autoridades ante una noticia que creyeron cierta.  El estudio de este documento y su edición íntegra han sido recientemente publicados por mí en un libro (1), de tal forma que en este caso me voy a limitar a resumir su contenido, quedando en la publicación la restante información y la transcripción íntegra del texto principal y de los añadidos.  Incluyo también en este post (no en el artículo publicado) nuevos datos sobre el linaje Piñán en Valdeburón.    

El 27 de diciembre de 1563 se levantó acta notarial en la localidad de Sames, en el concejo asturiano de Amieva, de cómo el alcalde de la Santa Hermandad y cinco sajambriegos más habían llegado a dicha población “persiguiendo a unos hombres que habían matado al rey”. 

Esos cinco sajambriegos debían ser los cuadrilleros, es decir, los miembros de la Santa Hermandad o policía de la época. Su jefe era el “alcalde de la Santa Hermandad”, cargo que se renovaba por elección todos los años a principios del mes de enero. Entre ellos había representantes de las cuatro asambleas vecinales del valle, es decir, de Oseja, Soto, Ribota y Vierdes-Pio.

Uno de los representantes de Soto fue “Piñán”, a secas, sin nombre de pila. Se trata de Gonzalo Piñán, el primero que conocemos con este nombre avecindado en Sajambre y documentado en Soto desde 1545, que no debe confundirse con otro Gonzalo Piñán que fue vecino de Polvoredo en los años 1553 y 1554.  Los documentos conservados en ambos casos no nos permiten saber si estaban emparentados, aunque lo sospecho. 

Ahora bien, si los documentos no proporcionan información directa sobre el origen del Piñán de Polvoredo, sí la dan indirecta, de tal manera que es probable que los Piñán de Polvoredo y los de  Sajambre ya estuvieran emparentados en el siglo XVI. Lo que es casi seguro es que los Piñán de Polvoredo no son originarios de dicho lugar. Lo explico.    

Del Gonzalo de Polvoredo se conservan varios documentos, entre ellos una ejecutoria del rey Carlos I, fechada en Valladolid, el 17 de junio de 1554, en la que se dice que

Gonçalo Pinan vezino del dicho lugar de Polboredoes hombre hijodalgo notorio de padre y solar conozido, debengar quinientos sueldos segúnd fuero de España… y los dichos sus padre y agüelo y cada uno de ellos en su tiempo, en los lugares donde bibieron y moraron, que estobieron syempre en posesión de hombres hijosdalgo e de no pechar ni pagar ellos, ni alguno de ellos en pedidos, ni monedas, ni en otros ningunos pechos ni tributos reales, ni conçejales e abiéndoles sido guardadas al dicho su parte y a los sus padre y agüelo todas las honrras, franquezas, esençiones e libertades que a los hotros hombres hijosdalgo suelen y deben y acostumbrar ser guardadas…

Una real ejecutoria es la sentencia final de un pleito dirimido ante el rey en última instancia. Este pleito lo fue de hidalguía y lo solicitó Gonzalo Piñán porque el concejo de Polvoredo no le reconocía su estado noble y le obligaba a pagar impuestos. Esto era habitual cuando se cambiaba de residencia de un municipio a otro. Es decir, la incoación de este pleito de hidalguía fue necesaria, posiblemente, porque este Gonzalo Piñán se había mudado a Polvoredo procedente de otro concejo. Los documentos no dicen de cuál.  

Al mismo tiempo que este Gonzalo Pinán o de Piñán vivía en Polvoredo, desde 1545 se documenta otro Gonzalo Pinán, Penán o de Piñán en Soto de Sajambre, considerado hidalgo en los padrones de 1552. El sajambriego murió entre 1584 y 1595 dejando, al menos, cinco hijos en el valle: Catalina, María, Juan, Pedro y Gonzalo. Este último vivió, casó y murió en Soto de Sajambre.

Hay tres factores que me llevan a hipotetizar un parentesco entre estos Piñanes ya en el siglo XVI. Uno es la homonimia, muy frecuente en las familias de aquella época, pudiendo ser estos dos Gonzalos primos, o tío y sobrino. El segundo factor es la peculiaridad del apellido, poco común entonces y ahora, que confluye en dos núcleos familiares asentados en lugares tan cercanos como son Polvoredo y Sajambre.  El tercero es que los dos Gonzalos fueron hidalgos notorios de solar conocido. 

Volviendo al bulo sobre el asesinato de Felipe II. Uno de los cuadrilleros que llegaron hasta Amieva fue Gonzalo Piñán, junto a otros sajambriegos que también se nombran en el documento, en seguimiento de unas personas que abían muerto al rei, nuestro señor, con sus armas. Persiguiendo a tales sospechosos llegaron hasta Sames, donde se encontraron con cuatro vecinos de Caño que venían desde el concejo de Cangas de Onís y que también se nombran. Ante el notario que levantó el acta, dejaron constancia de cómo todo el oriente de Asturias hasta Oviedo estaba ya avisado de dicha muerte.  

En el artículo explico el procedimiento policial, según las leyes de la época, que obligaba a los concejos a perseguir a los malhechores y cómo los sajambriegos lo aplicaron en este caso; me detengo también en el recorrido que se describe en el propio documento y que no fue otro que el del camino real desde Oseja hasta Sames por el puerto de Beza, donde se habla de la venta de Saúgu, convirtiéndose esta noticia en la más antigua, hasta la fundación de la ermita y del albergue de caminantes por el Arcediano casi un siglo después; y trato sobre los desgraciados a los que se debió acusar infundadamente de un crimen que, en realidad, no se había cometido. Entonces, como ahora, las noticias falsas tenían víctimas y consecuencias nefastas. No me extiendo sobre ello porque, como digo, está publicado en el mencionado trabajo.  

El bulo empezó a correr por la Península en los últimos días de diciembre de 1563. Los propios contemporáneos del hecho creyeron que se había difundido a partir de tres focos simultáneos: uno en Castilla, otro en Aragón y el tercero en Cataluña. Pero este documento demuestra que en Asturias y en el norte de León la difusión de la falsa muerte de Felipe II fue bastante anterior en el tiempo a la región levantina y que el foco castellano no debió estar muy alejado de Asturias y Valdeburón.

El desmentido del atentado no empezó a circular por España hasta los días 4 y 5 de enero de 1564. En circunstancias normales, tras conocerse el carácter falso de la noticia, el acta notarial hecha en Sames habría sido destruida por no tener validez. Pero en este caso se conservó. ¿Por qué?

El acta se levantó en Sames a petición de los sajambriegos, para que quedara constancia de que habían cumplido las leyes; y los sajambriegos se llevaron dicho documento a su concejo. El hecho de que se haya conservado en el Archivo de la Casa Piñán, con notas dorsales de Gonzalo Piñán I, indica sin ninguna duda que el acta notarial quedó en poder de dicho Gonzalo Piñán, manteniéndose en el archivo familiar de Soto, hasta que en 1636 Domingo Piñán de Cueto Luengo trasladara dicho archivo al palacio que se había hecho construir en Oseja.

¿Y por qué se lo quedaría Gonzalo Piñán si lo lógico habría sido que se lo quedara el alcalde de la Santa Hermandad, como máximo responsable policial que era?

Pues no lo sabemos, pero sospecho que porque el Piñán era la única persona alfabetizada de toda la cuadrilla.

¿Y por qué se conservó el documento en lugar de destruirse, que era lo que correspondía en tal caso?

Pues por culpa del tocino y las coricias.

El primer Gonzalo Piñán sajambriego aprovechó el espacio dejado en blanco al dorso del documento para usarlo como “libro de cuentas”, escribiendo de su propia mano varias notas contables sobre viajes a Oviedo, cebada, lechones, pucheras de vino, tocinos, coricias y otras cosas que había gastado y pagado a diferentes personas, como Sancho de Quintana o Juan Prieto.  

Estos apuntes de la economía doméstica de un sajambriego de mediados del siglo XVI permitieron la conservación de un curioso documento que, en otras circunstancias, se habría destruido.

 

NOTAS

(1) Elena E. Rodríguez Díaz, “El bulo de la muerte de Felipe II (1563) en el oriente de Asturias y norte de León”, en Elena E. Rodríguez Díaz y Antonio C. García Martínez (eds.), Historia y Archivos. Estudios en homenaje a Dña. Remedios Rey de las Peñas, Universidad de Huelva, 2020, pp. 297-309.   

martes, 20 de octubre de 2020

LOS LIBROS SACRAMENTALES ERRÓNEOS DE 1762 A 1774 DE LA PARROQUIA DE OSEJA Y SOTO

Mediante documento expedido en León el 21 de mayo de 1776, el tribunal eclesiástico del Obispado, en la persona de José Fernández de Velasco y Pantoja, arcediano de Triacastela, ordena al cura de Oseja y su anexo, Soto, que a la sazón era el sajambriego Lupercio Díaz de Oseja, que se corrijan y se rehagan todos los libros sacramentales que dejó su antecesor, Baltasar Fernández, difunto, por estar llenos de errores y omisiones. 

Esto afectó a todos los libros de bautizados, velados, casados y difuntos de los años comprendidos entre 1762 y 1774, es decir, durante todo el ejercicio del párroco Baltasar Fernández, por contener “errores sustanciales” y ausencias de partidas, siendo “conveniente enmendarlos y reintegrarlos con la nezesaria solemnidad” y actuar “con la devida celeridad y prontitud” para evitar todos los inconvenientes derivados.  

Para estas fechas, el contenido de los libros sacramentales estaba ya reglamentado y solía respetarse, salvo en casos de errores, olvidos e incompetencias de los párrocos; omisiones que se producían por enfermedad, ausencia o muerte de los curas; o por las dificultades sucedidas en períodos de epidemias y guerras. En el caso que nos ocupa, se trata de una absoluta y continuada negligencia de Baltasar Fernández durante todo el tiempo que estuvo al cargo de la parroquia de Oseja y de su anexo, Soto.  

Por este motivo, el tribunal eclesiástico del Obispado de León dispone el inmediato “embargo de los vienes que ubiere dejado (Baltasar Fernández) con qualquiera otros frutos y rentas a él pertenecientes, los quales se depositen en persona segura y abonada a la  disposición del tribunal”, haciendo responsable a Lupercio Díaz de Oseja de la refacción de todos los asientos de los mencionados libros sacramentales, ante la presencia de testigos que fueran indicando los errores y su corrección, y dejando constancia escrita de sus testimonios.

Esta refacción de los libros de bautizados, matrimonios y difuntos de los vecinos de Oseja y Soto entre 1762 y 1774 afectó, por ejemplo, a varios miembros de la familia de Ignacio y Joaquín Díaz-Caneja, con partidas de bautismo y de defunción que se conservan hoy en el Archivo Histórico Diocesano de León y que son defectuosas. En realidad, afectó a todas las familias de Oseja y de Soto en alguna manera en aquellos casos de bautizados, casados y difuntos entre 1762 y 1774.  

Los libros sacramentales (mal) hechos por Baltasar Fernández se conservan hoy en el Archivo Histórico Diocesano de León. En el Archivo de la Casa Piñán, de Oseja de Sajambre, solo hay una refacción parcial de los bautismos de Oseja, con inclusión de la declaración de testigos, siguiendo las pautas formales que ordena la disposición judicial, en un legajo de 75 folios de papel, donde se reproducen (corregidas) algunas partidas comprendidas entre los años 1767 a 1774, indicando los errores del párroco anterior y subsanándolos. Es decir, de todas las correcciones ordenadas por el tribunal leonés, solo se conserva ese legajo de 75 folios, si es que también se llegaron a enmendar los restantes libros sacramentales afectados, porque por lo que yo llegué a ver, los libros que se conservan en León con estas fechas son los defectuosos, no sus correcciones.  Es fácil saber si nos encontramos ante la versión defectuosa o ante su corrección con un vistazo rápido, sin detenernos a leer los contenidos, fijándonos en quién firma el asiento: si el que firma es Baltasar Fernández será la partida defectuosa y si firma Lupercio Díaz de Oseja será su corrección.  Dicho de otra forma, hay que desconfiar de todo aquello que esté  escrito y/o firmado por Baltasar Fernández.

Por la enumeración de errores que dicho legajo contiene, sabemos que Baltasar Fernández no llevó nunca una anotación puntual de la administración de los sacramentos en Oseja y en Soto, anotando a menudo las partidas de bautismo semanas y meses después de la celebración del sacramento, muy probablemente de memoria, sin haber tomado o conservado notas, por lo que se equivocaba de forma reiterada en el nombre de los bautizados, en los nombres de los padres, padrinos y abuelos, en las fechas de los nacimientos  y bautizos y, en el peor de los casos, ni siquiera apuntaba las partidas de bautismo.  A juzgar por lo que dice el documento del tribunal eclesiástico leonés, debemos pensar que hizo lo mismo con los libros de velados, casados y difuntos.   

Esta incompetencia manifiesta del cura párroco de Oseja debió originar muchísimos conflictos y no pocos trastornos, sobre todo en la celebración de los matrimonios de Oseja y de Soto de aquellos años, porque, en la sociedad de la Edad Moderna, una de las finalidades de los libros sacramentales era el registro detallado de la consanguinidad y afinidad de los feligreses, tanto del parentesco carnal, como de la cognación espiritual que adquirían, en este caso, los padrinos de un bautizado (sucedía lo mismo en la confirmación). Recuérdese que en aquella época se consideraba incesto el parentesco y la afinidad hasta el cuarto grado y que, debido al alto nivel de endogamia que existía en el mundo rural, eran muchos los que se veían obligados a solicitar una dispensa apostólica para poder casarse. En la segunda mitad del siglo XVIII, era obligación del párroco indagar en la consanguinidad y afinidad de los contrayentes antes de autorizar la celebración de un matrimonio, lo que se hacía en base a la información que transmitían los libros sacramentales.   

En este legajo de 75 folios hay además otro tipo de información histórica, que no he deshilvanado del todo por falta de tiempo, pero del que voy a poner un ejemplo para terminar.

El documento de la Casa Piñán demuestra que el linaje Díaz-Caneja, de Oseja, ya había emparentado con los Sosa de Vidanes antes del casamiento de Tomás Díaz con María de Sosa. Un tío del Tomás que fue padre de Ignacio y de Joaquín ya estaba casado con una Sosa de Vidanes que, a su vez, fue tía de la mujer de Tomás. Según esto y los cánones de la época, hubo relación de afinidad entre Tomás Díaz de la Caneja y María de Sosa, por lo que debieron necesitar dispensa papal para contraer matrimonio. Espero poder indagar más sobre ese personaje femenino (fuentes hay) para dedicarle una entrada independiente más adelante.   

Resumiendo, todos aquellos que hayan sacado información de alguna partida de bautismo, matrimonio o defunción de vecinos de Oseja y de Soto entre los años 1762 y 1774, de los libros sacramentales que se conservaron en Sajambre hasta que fueron depositados en León, que sepan que es muy probable que las notas tomadas sean erróneas o contengan errores.  

miércoles, 23 de septiembre de 2020

TABERNAS DE SAJAMBRE ENTRE 1667 Y 1898

 

En 1579 y 1581, los sajambriegos declararon a las autoridades fiscales del reino que no existía taberna o mesón alguno en todo el valle. Sin embargo, casi un siglo después, en la segunda mitad del siglo XVII sabemos que existían tabernas en Oseja, Soto y Ribota.  Estos establecimientos se abrían donde existía tráfico de viajeros, como se dice en algunos documentos que tratan del tema. Así en uno de ellos, fechado en 1716, se escribió:   

…Conbiene aya tabernas públicas para los que transiten de unos tránsitos a otros y, particularmente, la debe de aber en el lugar de Oseja, como cabeça de jurisdiçión, y lugar de Soto, como más ymmediato a subir y bajar puerto.

El camino real, el paso de Pontón y, sobre todo, la capitalidad de Oseja hacían de esta villa el lugar principal para la existencia de una taberna. Como se dice en 1716, el tránsito por Beza justificaba la de Soto. Y en la segunda mitad del siglo XVII hubo una tercera en Ribota, seguramente gracias a la entrada y salida de gentes por el camino del Beyo. Sin embargo, a lo largo del siglo XVIII la taberna de Ribota terminó desapareciendo.  

Hasta 1818 y quizás durante más tiempo, todas las tabernas de Sajambre dependían de las asambleas vecinales, siendo los regidores y vecinos los encargados de arrendarlas al mejor postor.  El arrendamiento se renovaba cada año, siempre con condiciones.  En épocas de dificultades económicas resultaba complicado formalizar los contratos. Por ejemplo, durante la Guerra de Sucesión y en la inmediata posguerra, es decir, en los años 1714 y 1716, no hubo quien quisiera hacerse cargo de las tabernas sajambriegas, conservándose documentos sobre los perjuicios que esto causaba.

Los arrendatarios solían ser vecinos de la localidad, normalmente dos, aunque también podían adjudicarse a gente de fuera. Así, en 1715 la taberna de Soto fue entregada a Domingo Casado, vecino de Vegacerneja.  

Las condiciones que se repiten en los contratos de arrendamiento son la de vender todo tipo de vino traído en las carreterías, mencionándose el mosto, el vino “nuevo” (o joven), el vino añejo, el blanco, el tinto, el de Tudela o el de Rueda y la de vender según los precios que se ajustaban tres veces al año en Burón: 

… A regimiento que se açe en la villa de Burón, cabeça desta Merindad, por nuebe regidores, cuyo regimiento se açe tres beçes en el año al bino nuebo y un regimiento en março, otro y otro en últimos de San Juan, cuyos tienpos son para conoçer lo alto y bajo que puede andar onde se coge. Y conforme a los tales regimientos nos hemos gobernado en este concejo, y de ymmemorial tiempo a esta parte no se arrendó taberna en este conçejo que no fuese a regimiento de Baldevurón.

Asimismo, se exigía que los adjudicatarios se comprometieran a estar abastecidos de género en todo momento, bajo pena de ser multados si el desabastecimiento se prolongaba más allá de tres días.  En el siglo XVII dicha multa ascendía a cinco cántaras de vino pagadas a las asambleas vecinales propietarias de las tabernas. En no pocas ocasiones, los vecinos que acumulaban más excedentes revendieron vino a las tabernas para garantizar su abastecimiento. Esos vecinos con excedentes suficientes para dicha reventa solían ser los miembros de la familia Piñán de Cueto Luengo.  

El último requisito que se repite en los contratos sajambriegos desde el siglo XVII es la prohibición de que los particulares pudieran vender vino en sus casas, a espaldas a la taberna, bajo las siguientes penas en 1667:

Y lo mismo que nadie pueda vender vino, salvo ellos. Y si alguien lo hiciera pague 5 cántaras de vino, 3 para el lugar y 3 para los taberneros

De hecho, entre los años 1801 y 1803 se desarrolló pleito porque el vecino de Oseja, llamado Manuel Piñán, se dedicaba a vender vino de forma particular en su casa y a menor precio que en la taberna. Gracias a documentos como este, tenemos constancia de cómo los asturianos venían a comprar vino a Sajambre.

Muchas de las menciones documentales a las tabernas sajambriegas son de carácter genérico, pero gracias a varios registros más explícitos podemos proporcionar los nombres de algunos taberneros anteriores a 1900.

1667: Pedro González y Damián Díaz, taberna de Oseja, vecinos de Oseja.

1671: Julián Díez de Caldevilla, taberna de Oseja, vecino de Oseja.

1672: Simón y Lupercio Díez, taberna de Ribota, vecinos de Ribota.

1713: Toribio Díaz de Oseja y Pedro Alonso Tielve, taberna de Oseja, vecinos de Oseja.

1716: Domingo Casado, taberna de Soto, vecino de Vegacerneja.

1801: Agustín Piñán de Cueto Luengo, taberna de Oseja, vecino de Oseja.

1818: José Alonso Díaz y Manuel de Mendoza, taberna de Oseja, vecinos de Oseja.

1826: José Calvo y Bartolomé Alonso, taberna de Oseja, vecinos de Oseja.

En la Gaceta de Madrid, antecedente del actual BOE, se publicó la notificación del expediente administrativo por fraude fiscal, incoado el 23 de septiembre de 1898 y fallado el 29 de julio de 1901 contra “el tabernero de Oseja de Sajambre”, llamado Juan Díaz.

miércoles, 27 de mayo de 2020

LA VENTA DE TABACO EN SAJAMBRE: DE LOS INICIOS EN 1660 AL ESTANCO DE 1893


ÍNDICE: 1. Introducción. 2. Los estancos del tabaco de los concejos de Sajambre y Valdeón en el siglo XVII. 3. Cosme de Acevedo. 4. Consumo y consumidores de tabaco en Sajambre durante los siglos XVII y XVIII. 5. El estanco de tabaco y timbre de José Piñán en 1893. 



1. INTRODUCCIÓN



En 1636 el tabaco americano se convirtió en un monopolio en el reino de Castilla,  en 1638 en el reino de León y en 1707 en el de Aragón. Los monopolios fiscales fueron “rentas estancadas” o, genéricamente, “estancos”, lo que implicaba la existencia de un comercio regulado y con precios oficiales. La venta al por mayor se llevaba a cabo en las tercenas (almacenes tabaqueros) y al por menor en los llamados estanquillos, a los que acudía la gente para adquirir pequeñas cantidades destinadas al consumo personal.  Con anterioridad a 1730, la explotación del tabaco se gestionó a través de arrendamientos al mejor postor y los puntos de venta se establecían mediante contratos de obligación.   

El éxito del tabaco en España fue rápido, aunque la mayor difusión entre las clases populares se produjo a partir de 1700. Durante el siglo XVII, la planta americana, que se transformaba en la primitiva fábrica sevillana de la collación de San Pedro, era consumida en polvo (rapé) por las élites, mientras que entre las clases bajas se prefería el tabaco de mascar. Ahora bien, una serie de circunstancias frenaron el consumo popular del tabaco en el 1600. Por un lado, se le culpó de haber sido la causa de una epidemia y por otro, contaba con la oposición de una parte de la Iglesia católica, ya que los papas Urbano VIII en 1624 e Inocencio X en 1650 publicaron sendas bulas en las que se amenazaba con la excomunión a los consumidores de tabaco, prohibiciones que no se levantaron hasta 1725 cuando los pontífices se percataron de los pingües beneficios económicos que reportaba el tabaco. La orden de los jesuitas fue una firme defensora de las ‘virtudes’ del cultivo americano. 

Pero nada de esto afectó a Sajambre ni, por lo que parece, a la región de Riaño, donde ya se consumía tabaco en el año 1660. 

2.- LOS ESTANCOS DEL TABACO DE LOS CONCEJOS DE SAJAMBRE Y VALDEÓN EN EL SIGLO XVII



En efecto, el 24 de enero de 1660, un vecino de Oseja llamado Cosme de Acevedo arrendó por un año “los estancos del tavaco, de hoxa y polvo, de los concejos de Saxambre y Baldeón por cantidad de ocho ducados”, incluidos “los alfoçes de Santa Marina y Caín del dicho Concejo de Baldeón”, a un clérigo de Pedrosa del Rey no ordenado in sacris que tenía por nombre Juan Gutiérrez, con la obligación de satisfacer la renta en dos pagas: una por San Juan y la otra al final del año.  El contrato de arrendamiento se hizo ante tres testigos: un laico llamado Alonso de Redondo y dos clérigos, Julián Rodríguez y Pedro Piñán (de Cueto Luengo). 

Por un documento posterior sabemos que Cosme de Acevedo siguió poseyendo los estancos de Sajambre y Valdeón en 1661 y en 1662, arrendado primero a Juan Gutiérrez y más tarde a Miguel Gutiérrez, asimismo vecino de Pedrosa, por lo que debía estar emparentado con el anterior.  

El 19 de febrero de 1662, Cosme de Acevedo subarrienda el derecho de vender tabaco en Valdeón a Domingo Marcano, vecino del concejo de Piloña en el Principado de Asturias, por 7 ducados que hacían 77 reales de vellón, nuevamente en dos pagas: una por San Juan (junio) y la otra por San Martino (noviembre).  Literalmente, el documento dice que Cosme de Acevedo 


“...dava y dio en arriendo el estanco del tavaco del dicho conçejo de Baldeón con sus alfozes, Santa Marina y Caín, a Domingo Marcano, veçino del conçejo de Piloña, Principado de Asturias, para que por sí mismo u persona en su nonbre lo pueda vender en dicho conçejo y alfozes referidos en la forma que el dicho Cosme de Acevedo lo tiene por este presente año...”.


La renta establecida en este subarrendamiento de 1662 (7 ducados) casi igualaba los 8 ducados que le había costado al sajambriego su arrendamiento del punto de venta conjunto de Sajambre y Valdeón dos años antes.  Esto debe indicar el aumento en el consumo de tabaco en ambos concejos, lo que es coherente con el incremento en las cantidades generales de tabaco importado a España desde América que, desde comienzos del siglo  XVII, no hizo más que acrecentarse (1). 

En el siglo XVII, ser arrendador de las rentas del tabaco, aunque fuera de un pequeño estanquillo, proporcionaba ventajas económicas y otorgaba prestigio social, gracias a una serie de exenciones y privilegios que estos oficios llevaban implícitos. En otros lugares de la Península, se conocen auténticas estrategias familiares para rentabilizar económica y socialmente el arrendamiento del tabaco. La continuidad del apellido Gutiérrez en Pedrosa da a entender que una familia del lugar, así llamada, pudo haber intentado medrar gracias al negocio del tabaco. Y en Sajambre lo intentó un miembro del linaje de los Acevedo (originarios de Corniero y establecidos en Sajambre desde el siglo XVI),  que culminaron su táctica de engrandecimiento social cuando adquirieron el estado de hidalgos a finales del siglo XVII. Tanto los Gutiérrez en Pedrosa, como Cosme de Acevedo en Oseja, mantuvieron el negocio del tabaco activo y rentable al menos durante 3 años (1660, 1661, 1662) y, a juzgar por el crecimiento de las rentas, posiblemente bastante más, quizás hasta la reforma de la Real Hacienda a principios del siglo XVIII, cuando se suprimió el sistema de arrendamientos.   

Pero ¿qué sabemos de este vecino de Oseja llamado Cosme de Acevedo?


3.- COSME DE ACEVEDO



El Cosme que nos interesa nació en Oseja en el año de 1612. Fue hijo de Diego de Acevedo Villarroel, natural de Corniero y fallecido el 8 de septiembre de 1633; hermano de Miguel y Juan de Acevedo. Cosme se casó dos veces, una con Catalina de Santos, natural de Soto e hija de Juan de Santos y Catalina de Cueto Luengo, cuya familia había vivido más de 24 años en dicho lugar de Cueto Luengo.  El matrimonio engendró, al menos, a Pedro, quien el 8 de septiembre de 1661, participó en el sorteo celebrado para sustituir a un desertor sajambriego en la guerra con Portugal, lo que indica claramente que eran tratados como pecheros. Más tarde contrajo segundas nupcias con Juliana Fernández Santos. En total tuvo 5 hijos: Pedro, Santiago, Martín, María y Ana de Acevedo. 

Su primogénito, Pedro, fue administrador de la Casa de la Caneja, oficio que pasó a su hijo, el primer Luis de Acevedo, compañero de andanzas y pendencias de Leonardo García de Mendoza. Desde finales del siglo XVII, esta familia de Acevedos (hubo otras) vivieron en el barrio del Valleyo, por debajo de Las Cortes. En concreto, su casa lindaba con la bolera que existía en el lugar, es decir, lo que hoy se llama La Huerta de la Bolera. Dicha casa había pertenecido con anterioridad a María de Granda, natural de Oseja. 

Un año antes de hacerse con los estancos del tabaco de Sajambre y Valdeón, en 1659, Cosme de Acevedo fue regidor de Oseja. En las pruebas testificales de un juicio celebrado en 1662 declara tener 50 años, lo que nos permite calcular su fecha de nacimiento y la edad que tenía cuando se hizo cargo de la venta de tabaco en los concejos de Sajambre y de Valdeón.  Murió antes de 1693. 


4.- CONSUMO Y CONSUMIDORES DE TABACO EN SAJAMBRE DURANTE LOS SIGLOS XVII Y XVIII 



Al ser el tabaco un producto perecedero y de ocio, como es lógico no suele aparecer en los inventarios de bienes de ningún vecino de Sajambre de los siglos XVII y XVIII. Pero el aumento de las rentas en menos de tres años indica que debía estar bastante extendido, por lo menos el tabaco de hoja para mascar, que era el preferido por las clases populares de la época. El uso debió ir en aumento, como sucedió en toda España, a lo largo del siglo XVIII. 

Al contrario del tabaco de mascar, el tabaco en polvo o rapé fue considerado en el siglo XVII un producto de lujo propio de las clases acomodadas. Y esto sí quedó reflejado en algún inventario post mortem sajambriego. En concreto, en el de un cura. 

Se trata del párroco de Oseja y Soto, Francisco Rodríguez Reyero, que murió en el año 1720 y que, a juzgar por su inventario de bienes, debía ser todo un sibarita en el entorno en el que vivía. Entre los objetos de su casa había “un pote de echar tavaco”, que era un recipiente característico para guardar el rapé (FOTO 1).  En su casa había también otros productos culinarios caros, auténticas delicatessen de la época, como el azafrán, la pimienta y el chocolate. 

FOTO 1. Pote para guardar tabaco en polvo o rapé


Como se ve, los que consumían rapé tenían recipientes para guardarlo, cosa que no sucedía si lo que se usaba era el tabaco de mascar. De ahí que el silencio de los inventarios de los laicos siga apuntando, indirectamente, a dicha modalidad de consumo.  


5.- EL ESTANCO DE TABACO Y TIMBRE DE JOSÉ PIÑÁN EN 1893



Aunque no se han conservado otros documentos, en Oseja debió seguir existiendo un punto de venta de tabaco a lo largo de los siglos XVIII y XIX porque la demanda fue creciente y porque volvemos a documentarlo en el año 1893. Para entonces el estanco abarcaba ya la venta unificada de tabaco, franqueo para la correspondencia y pólizas para los documentos oficiales (se establecieron en 1856), así como papel sellado.  

En el año 1636 se hizo obligatorio el uso de papel sellado para todas las escrituras públicas y privadas con una finalidad tributaria. Como el tabaco, el papel sellado se vendía en estancos específicos para ello. 

El primer estanco de papel de Sajambre, del que tenemos noticia, data del año 1668 y fue establecido por Pedro Alonso Llano, “vecino de Oseja, estanquero del papel sellado deste concexo de Saxambre y lugares de su jurisdiçión”, que se abastecía de género en la casa del estanquero mayor de la ciudad de León.  Esta información aparece en un testimonio notarial que está roto y del que solo se conservan doce renglones, la fecha la sabemos gracias al sello entintado del papel (FOTO 2).  Otros documentos sajambriegos de 1712 y de 1715 se refieren también a la existencia en Oseja de un estanco de papel sellado. 

FOTO 2. Papel sellado de 1668


Sobre este Pedro Alonso Llano apenas sabemos nada porque se pierde en la nebulosa de los Alonso, a no ser que aparezca con su segundo apellido. Es lo que sucede en dos casos: en 1661 cuando se documenta como regidor de Oseja y, en 1680, cuando declara como testigo en un juicio.   

Volvamos al año de 1893.

En aquel tiempo, el estanco de tabaco, timbre y papel sellado lo tenía José Piñán. No sé exactamente quién fue este José Piñán, más allá de que tuvo que pertenecer al linaje de los Piñán de Cueto Luengo, porque sus papeles se han conservado en el Archivo de la Casa entre los documentos familiares y que pudo ser la misma persona que el José Piñán que se documenta como alcalde en 1898.  Entre sus papeles, “Don José Piñán” aparece como “encargado de la expendeduría de Oseja”, que se abastecía en Riaño en la casa de Antonio González.   

Entre el 20 de agosto y el 29 de diciembre de 1893, es decir, en 4 meses, el estanco de José Piñán facturó 1.975 pesetas y 90 céntimos solo de tabaco, sin contar los franqueos y el papel sellado, repartido de la siguiente manera: 


Tabaco picado común =  231 kilos

Cigarros fuertes = 6.720 unidades

Cigarros entre fuertes = 40 unidades

Cigarros de marca chica = 140 unidades

"Cigarrillos papel" = 3.750 unidades



Una cosa que se observa muy bien es cómo las ventas se duplicaban en Navidad, sobre todo de tabaco picado, que era la modalidad más consumida. De estas ventas, el estanquero se llevaba el 3% que, en este caso, fueron 59 pesetas y 27 céntimos. Como ganancia de José Piñán habría que sumar el porcentaje correspondiente de la venta de sellos y de papel sellado. 

Los siguientes registros conservados al respecto penetran ya en el siglo XX, cuando en 1941 se documenta un estanco en Oseja y en 1945, seguía habiendo uno en Oseja y otro más en Soto.  Entre medias debieron existir otros establecimientos de estas características en Oseja, casi ininterrumpidamente desde 1660 porque, al menos, en 1886 consta que no habia estanco en Sajambre, pero sí en Valdeón, propiedad de Jerónimo Marcos. José Piñán debió abrir el suyo  poco después.


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NOTAS

(1) Por ejemplo, en 1609 llegaron a España desde las Indias 15.328 libras de tabaco; en 1610, 63.401 libras; en 1611, 183.526 libras; en 1612, 327.218 libras... Santiago de Luxán y Óscar Bergasa, “La institucionalización del modelo tabaquero español 1580-1636. La creación del estanco del tabaco en España”, Vegueta, 7 (2003), p.138.