domingo, 22 de julio de 2018

EL TRASLADO DE LA ERMITA DE SAN PELAYO DE PIO EN 1703


En el año 1703, los vecinos de Pio y de Oseja rehicieron las ermitas de San Roque y de San Pelayo, seguramente como resultado de las inspecciones que se efectuaban en las visitas parroquiales. Cuando los jueces eclesiásticos ordenaban tal cosa, las refacciones tenían que hacerse a costa de los vecinos, retrasándose las obras muchas veces por lo costoso de las empresas. Recordemos que en 1642, el Arcediano se hizo cargo de la reconstrucción de la iglesia de Soto debido a su estado ruinoso.

En 1672, los vecinos de Valdeón hicieron lo mismo con la ermita de Corona, en este caso siguiendo el modelo de la ermita del Rosario, de Soto de Valdeón. En el contrato de trabajo que se conserva en el Archivo Histórico Provincial de León se describe pormenorizadamente la obra que debía hacerse. El nivel de detalle de la descripción es minucioso, por lo que un estudio detallado de dicho documento proporcionaría un retrato “casi fotográfico” de la estructura arquitectónica que tenía la ermita de Corona en el siglo XVII.

También se conservan los contratos de trabajo para la refacción de las ermitas de San Roque y San Pelayo, ahora en el Archivo de la Casa Piñán. Pero, por desgracia, las descripciones no son tan exhaustivas como el caso de Corona. De todas formas, ambos documentos son muy interesantes y, aunque ninguno de los dos es totalmente desconocido, ya que se incluyeron en el catálogo de La Montaña de Valdeburón (1980), en aquella ocasión no se llegaron a editar, por lo que vamos a hacerlo nosotros ahora, empezando por el caso de la ermita de San Pelayo. 

El documento que editamos dice expresamente que la reconstrucción de la ermita de San Pelayo debía respetar la fábrica antigua, sin alterar ni innovar nada de dicho edificio. Pero lo más interesante de todo es que aprovecharon esta reconstrucción para cambiar la ermita de sitio, desplazando su localización al pueblo de Pio, en concreto, a un emplazamiento nuevo acordado por los vecinos. Lo que no dice el documento es dónde se hallaba la ermita con anterioridad a 1703.

En la actualidad, habiendo desaparecido totalmente dicho templo, los vecinos de Pio solo recuerdan la localización más reciente, es decir, la posterior al traslado de 1703. Al intentar ubicar edificios antiguos en los pueblos sajambriegos, como es el caso, ha de tenerse presente que, pese a la crisis general del reino, todo el siglo XVII fue una época de aumento demográfico en Sajambre y lo que hoy es Soto, Oseja o Pio estaban mucho más poblados y urbanizados que en la actualidad e, incluso, mucho más de lo que llegó como realidad al siglo XX. A finales del siglo XVI y en el XVII, en casi todos los pueblos del valle hubo barrios enteros que se despoblaron a lo largo del siglo XVIII. Por eso, hay que considerar que lo que hoy parece estar “a las afueras” de un pueblo, pudo no estarlo en el siglo XVII.

A pesar de la lacónica descripción que ofrece el escribano público, Agustín Piñán, y tras comparar lo que se dice en este contrato con lo que se hace en el de San Roque, parece que la ermita de San Pelayo fue un templo muy sencillo, carente de pórtico, con una sola nave cubierta por bóveda de cañón y con una sola puerta quizás de doble hoja, ya que una mención documental del año 1675 dice que ciertos vecinos de Pio se hallaban a las puertas de la hermita del señor San Pelayo.  Ese plural que aquí se emplea tal vez se refiriera a la doble hoja de la única puerta que se describe en el contrato de 1703.  

La puerta de la ermita poseía un arco de medio punto, que se retrata con la siguiente expresión: su puerte de medio cortezo. Nótese la metafonía asturleonesa en /puerte/ en lugar de /puerta/ y el uso metafórico del término /cortezu/, también asturleonés, para referirse a las dovelas que forman el arco, a modo de “corteza” de dicha puerta.  

La carencia de pórtico de la antigua ermita de San Pelayo se asemeja a lo que sucede en la de San Pedro de Orzales (Ribota) del siglo XV. En cambio, la de San Roque tenía pórtico y es posible que también lo tuviera la de San Julián. Tales pórticos eran atrios cubiertos, a estilo de la tierra, y se sustentaban en pilares de madera (como asimismo sucedía en la iglesia de Soto que se reconstruyó en 1642). En la ermita de San Julián también había sardo en el exterior.

Junto a todos estos elementos arquitectónicos, la ermita de San Pelayo tenía además un campanario para una única campana.

Como es tradición en la zona, los habitantes de Pio se encargaron del acarreto de piedra y madera para la nueva ermita: que los vecinos sean obligados a traerles el reparo, así de cantería, como de carpintería, a dicho lugar de Pio, en donde tienen acordado poner dicha hermita y que dichos acarretos que se hicieren se agan a sus espensas. En este caso, el propio vecindario costeaba la obra, pero cuando Domingo Piñán de Cueto Luengo construyó su palacio y su capilla señorial, también los vecinos de Oseja ayudaron en el acarreto de los materiales, según la costumbre que obligaba a la comunidad vecinal a ayudar a sus miembros en las tareas de construcción.  

El contrato de San Pelayo se establece con Juan de Noriega, maestro de carpintería y vecino del concejo asturiano de Ribadedeva, y con Antonio García Álvarez, maestro de cantería y vecino del concejo de Llanes.  Entre los testigos aparece otro cantero llanisco, llamado Pedro Ribero, que trabajaba con Antonio García. Dos meses más tarde, Antonio y Pedro se harán cargo del trabajo de cantería en la reparación de la ermita de San Roque. Los trabajos de San Pelayo costaron 1.100 reales y 200 maravedís de salario a los operarios. 

DOCUMENTO

1703, agosto, 19. Pio (Sajambre).  
Contrato de trabajo de los vecinos de Pio, reunidos a concejo y presididos por Pedro Fernández, alcalde de la Santa Hermandad, con Antonio García, maestro de cantería, vecino del concejo de Llanes, y con Juan de Noriega, perito de carpintería, vecino del concejo de Ribadedeva, para el traslado y la reconstrucción de la ermita de San Pelayo, estableciéndose las condiciones arquitectónicas que debía tener dicha ermita, el coste de la obra y los salarios. 
Oseja de Sajambre, Archivo de la Casa Piñán, Sección 1, caja 10, leg.1703, s.f.


En el lugar de Pio, concejo de Sajanbre, a diez y nuebe días del mes de agosto, de mil setecientos y tres años, parescieron presentes en tres partes, de la una el señor Pedro Fernández, alcalde de la Santa Hermandad por su magestad, Dios le guarde, Juan de la Puente, Pedro del Collado, Thoribio Mayón, Juan Gargallo, menor, Juan Gargallo, mayor, Pedro del Collado, mayor, Estébano del Collado, Pedro Hidalgo, Pedro y Juan Redondo, hermanos, Pedro Gargallo, Ysidro y Pedro Gargallo, hermanos, Silbestre González, Mathías y Josseph Redondo, hermanos, Pedro Mayón, Pedro Redondo Rojo, Domingo Redondo, Alexo Redondo, todos vecinos de dicho lugar, juntos en la parte y sitio acostunbrado, como lo tienen de costumbre de se juntar para azer y conferir las cosas de la utilidad de la república, a son de canpana tañida, de que yo escribano doi fe aberla oído. Y por los ausentes, güérfanos y viudas prestaron caución de racto, grato e manentte pacto de que estarán y pasan por lo contenido en esta escriptura, so espresa obligación que hicieron de sus personas y bienes, y de los propios y rentas de dicho lugar, mediante son la mayor y más sana parte de los vecinos de dicho lugar, de que yo, escribano, doi fee, y juntos de mancomún, con renunciación de leyes de la mancomunidad como en ellas se contiene.

Y dijeron que mediante se alla con disposición de mudar la hermita del glorioso San Pelayo del sittio donde se alla al dicho lugar de Pio por estar dicha hermita muy deteriorada, todos los referidos unánimes y conformes ajustaron la obra de dicha hermita, de cantería y carpintería, con Juan de Noriega y Anttonio García, maestros del mismo arte, que están presentes y vecinos que dijeron ser del concejo de Llanes dicho Anttonio García, perito de cantería y el dicho Juan de Noriega, de carpintería, del valle de Riba de Deba. Y se obligaron en la forma dicha de reparar dicha hermita // con la deçencia que se requiere, sin alterar ni ynovar según las capitulaciones siguientes.

Primeramente, que los vecinos sean obligados a traerles el reparo, así de cantería, como de carpintería a dicho lugar de Pio, en donde tienen acordado poner dicha hermita y que dichos acarretos que se hicieren se agan a sus espensas.

Y que dicha hermita no a de tener más edificio ni agricultura que la que al presente tiene, que es una bóbeda con los mismos buecos y maçizos, su puerte de medio cortezo y dicha ermita con su canpanario para una canpana con la decencia necesaria. Y el bueco de dicha capilla aya de ser el mismo que tiene, en donde está dicho santuario. Y si se renta la obra, así de un género como de otro, a de ser visto por entrambas partes por personas nonbradas de uno y otro arte, cuya cantidad fue mill cien reales el edificio de ella, la qual quedaron pagar para el dicho día los referidos, apercibirlo y cobrarlo y d(…) cobrará cada uno de dichos maestros a ducientos maravedís de salario, sin embargo de uno y otro quieren se agan las mismas delijencias que se renumeran. Y los dichos maestros se obligaron a lo que dicho es con poder de justicias y renunciación de leyes de su fabor y el dicho lugar la menoridas dél.

Siendo testigos: el licenciado Don Toribio Díaz Prieto, cura de los dichos lugares, y Pedro Ribero, maestro del mismo arte de cantería, vecinos que dijeron ser del concejo de Llanes, y Domingo García, vecino de dicho concejo. A los susodichos y otorgantes yo, escribano, doi fe conozco. Y lo firmaron los que supieron y por los que no, un testigo. Y en fe de ello lo firmé.

Antonio García Álbarez (rúbrica).
Antte mí, Agustín Piñán de Cueto Luengo (rúbrica).


2 comentarios:

lourdes vega dijo...

Muy bueno....

Elena E. Rodríguez Díaz dijo...

Muchas gracias, Lourdes. La noticia era conocida. Proporciono ahora el documento.

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