lunes, 21 de marzo de 2011

INQUISIDORES SAJAMBRIEGOS DE LOS SIGLOS XVI Y XVII.

Poco a poco vamos conociendo a algunos sajambriegos que colaboraron con la Inquisición formando parte de su engranaje burocrático en los siglos XVI y XVII.

Sus nombres nos llevan a familias de hidalgos notorios que debieron utilizar estos cargos y su situación de preeminencia social como un instrumento más de poder sobre sus vecinos. Además, los que desempeñaban tales cometidos poseían inmunidad personal y los servicios prestados al Tribunal siempre permitían obtener beneficios económicos.

Por ahora sabemos de las siguientes funciones inquisitoriales desempeñadas por sajambriegos:

Oficial: cualquiera de los miembros laicos o eclesiásticos al servicio de la Inquisición que formaban parte de su estructura burocrática.

Comisario: oficial sin salario fijo, aunque recibe una paga tras cada actuación. Requisitos: ser clérigo secular. Función: preside los tribunales de su distrito, recibe las acusaciones, cita testigos, apresa, inicia procesos, coordina la actuación de los familiares.

Familiar: oficial laico sin salario, aunque se beneficia económicamente de las delaciones que hace. Requisitos: ser varón, casado, laico, mayor de 25 años, hijo legítimo, de buena fama, cristiano viejo, no desempeñar o haber desempeñado nunca oficios viles, ni comerciales. Función: espiar, delatar, detener, vigilar y trasladar a los reos a las cárceles inquisitoriales. Fueron los más temidos y los más odiados.

INQUISIDORES SAJAMBRIEGOS

PEDRO DÍAZ DE OSEJA: documentado como familiar del Santo Oficio en el año 1589. No lo era todavía en 1575, ni en 1581 cuando Diego de Labra, párroco de Santa Eulalia de Abamia, lo denuncia por impago de una deuda (Archivo de la Real Chancillería de Valladolid, Registro de Ejecutorias, caja 1634, n.37 y caja 1445, n.37 respectivamente: ejecutorias derivadas de dos denuncias contra Pedro Díaz de Oseja). No es el futuro arcediano de Villaviciosa, quien nació hacia 1583, sino un personaje cronológicamente anterior.

JUAN DÍAZ: hermano de Diego Díaz de Oseja y tío del arcediano de Villaviciosa, Pedro Díaz de Oseja. Documentado como familiar de la Inquisición en documentos de sus descendientes (Archivo Histórico Nacional de Madrid, Estado, Pruebas Santiago, exp.1513, ff.15vº-16rº).

DOMINGO PIÑÁN DE CUETO LUENGO: Comisario del Santo Oficio y párroco de Oseja y su anexo, Soto, entre 1621 y 1652.

DIEGO DE LA CANEJA (n.1635 - m.1676): arcediano de Villaviciosa en la Iglesia de Oviedo. En el año 1675 solicita que se le acepte como oficial de la Inquisición. El 3 de diciembre de 1675 se despacha la certificación de la aprobación (Archivo Histórico Nacional de Madrid, Inquisición, leg.1423, exp.13). La investigación que se hizo sobre él hasta dar por buena su solicitud tiene 134 páginas. Don Diego de la Caneja no llegó a ejercer un año entero como oficial del Santo Tribunal, pues la muerte le sorprendió al poco de iniciar su trabajo.

martes, 15 de marzo de 2011

DEFINITIVAMENTE, LA FIESTA DE SAN PEDRO DE ORZALES ES EL 1 DE AGOSTO.

He localizado un documento que incide en la idea de que la advocación de San Pedro de Orzales corresponde a San Pedro Encadenado y, por tanto, el día de su fiesta no es el 29 de junio sino el primero de agosto. 

El 1 de agosto de 1672 a la salida de una misa celebrada en San Pedro de Orzales, el escribano público, Gonzalo Piñán, notifica y requiere públicamente a un vecino de Soto por mandamiento del Merino Mayor de la Merindad de Valdeburón. 

Requerimiento y notificaçión.
En la hermita de San Pedro de Horciales, término del lugar de Rivota, a primero día del mes de agosto deste año de mil y seiscientos y setenta y dos años, yo el escrivano, aviendo sido requerido por parte de Luisa Díez, viuda, vecina del lugar de Soto con el mandamiento de suso, le leí y notifiqué a Pedro Díez de Caldevilla, vecino de dicho lugar, en su persona, que lo oyó y pidió traslado. Y en fe de ello lo firmé, Gonçalo Piñán de Queto Luengo” (Oseja de Sajambre, Archivo de la Casa Piñán, Notarial, Sajambre, Gonzalo Piñán, leg.1672). 

Por dicho mandamiento sabemos que tanto Luisa Díaz de la Caneja como Pedro Díaz de Caldevilla eran vecinos de Soto y, por tanto, en aquella misa celebrada en San Pedro no sólo había vecinos de Ribota, sino también de otros pueblos del Concejo. ¿Por algún motivo especial? Pues posiblemente por ser la fiesta del lugar. 

Además, que se haya decidido efectuar allí dicho requerimiento notarial apunta a la misma idea. Si era la fiesta habría concurrencia de gente y sería el momento idóneo para notificar, ante un montón de testigos, la orden del Merino. 

Por tanto, considero que este pequeño documento responde afirmativamente a la pregunta que formulé en el post del 20 de noviembre de 2010:

Y parece demostrar que la antigua dedicación de esta ermita sajambriega fue la de San Pedro Encadenado y que, en consecuencia, su fiesta debiera celebrarse el 1 de agosto y no el 29 de junio.  


ADVERTENCIA: Después de publicar los posts relativos a este asunto pude consultar el Diccionario geográfico de Sebastián Miñano  en donde se registra como festividad de esta ermita la de San Pedro Ad Vincula, por lo que dicha advocación queda absolutamente comprobada.
Ver el texto completo del Miñano en
http://lacasadelabolera.blogspot.com/p/sajambre-en-el-diccionario-geografico.html
 

sábado, 5 de marzo de 2011

3. LOS HIJOS Y HEREDEROS DE DÑA. FRANCISCA DÍAZ DE LA CANEJA.

Su testamento proporciona claves muy interesantes para comprender muchos documentos que han llegado hasta nosotros entre los protocolos notariales de la Casa Piñán. Limitémosnos hoy a los hijos y herederos de la Casa de la Caneja.

El matrimonio formado por Leonardo García y Francisca de la Caneja y Mendoza tuvo tres hijos: Manuela, la primogénita, nacida en 1665, María y el más joven, Leonardo. En la práctica cotidiana, todos ellos se hacen nombrar por el primer apellido del padre y el segundo de la madre: García de Mendoza. En los documentos importantes, desarrollan sus apellidos de la manera correcta: García de la Caneja y Mendoza.

De Manuela ya dijimos que casó con Alonso Gómez de Caso (III) y el testamento de Dña. Francisca sólo proporciona el nombre de un hijo de ambos, Fausto Gómez, que será, junto con su padre, uno de los albaceas de las últimas voluntades de su abuela.

Al marido de Dña. Francisca, Don Leonardo García, no le gustó que su hija María decidiera contraer matrimonio con un soldado de infantería llamado Antonio Flórez Abarca Maldonado. Y sólo estuvo dispuesto a dar su consentimiento cuando la joven puso por escrito la renuncia a que sus hijos y nietos pudieran heredar cosa alguna de su familia. Dña. Francisca deja constancia en su testamento de su oposición a esta drástica medida pero también manifiesta su intención de respetarla: “por haber hecho a favor de su marido, Don Antonio Flórez, una escriptura de no hacer manda ni mejora a hijo, ni a nieto para se casar con el susodicho. La qual otorgó a persuasión de Don Leonardo García, mi marido, aunque contra mi voluntad. Como quiera, no voy contra ella” (Archivo de la Casa Piñán, Not., Saj., Agustín Piñán, leg.1711, ff.24rº-27rº). Por tanto, a efectos de rastrear la titularidad de los bienes habidos en Soto, no hay que contar con los descendientes de esta rama de la familia.

No obstante, Dña. Francisca declara que en vida había hecho muchos regalos a sus yernos y a los nietos que se veía obligada a ignorar en su testamento, y aquí nos enteramos de algunos de los objetos suntuarios que había en su casa y que resalto en negrita: “por quanto han llevado mis yernos Don Antonio Flórez y Don Alonso Gómez y sus hijos muchos alaxas de plata, cuadros de mucha importancia, censos, ganados y otras cosas que por no lo tener en la memoria dejo de especificarlo cada cosa de por sí”. Es probable que “los cuadros de mucha importancia” hubieran llegado de Oviedo como parte de la herencia de su hermano, el arcediano Diego de la Caneja.

Su hijo menor fue el inquieto y ya familiar para nosotros, Don Leonardo García de Mendoza. El testamento nos permite empezar a comprender por qué fue turbulento su comportamiento. En primer lugar, porque era joven y, como tal, impetuosamente irreflexivo. Y en segundo lugar porque, según Dña. Francisca, la ayudó a defenderse de sus enemigos. Fuera como fuera, por dos veces (en el testamento y en el codicilo) Dña. Francisca deja por escrito su total apoyo a las actuaciones de su hijo, quien para entonces ya había muerto.

Así, en el testamento reconoce que Leonardo García de Mendoza gastó mucho en vida (“como son censos, ganados vacunos y alaxas de plata”), pero que todo se hizo bajo su consentimiento y sus órdenes, habiendo sucedido “por defender sus bienes y defenderse de sus enemigos y para lo más de ello le di diferentes poderes, en lo que me afirmo”.

Y en el codicilo vuelve a afirmar que había delegado en su hijo, mediante poderes, para litigar en pleitos civiles y criminales y vuelve a declarar que todo fue bajo sus órdenes y consentimiento: “los aprueba, ratefica y rebalida y quanto el dicho su hijo hubiese hecho después de haber salido de la minoridad y con su poder o sin él, lo da por bastante y en bastante forma y quiere no se le meta en quenta cosa que hubiese gastado, por haber salido con su horden y consentimiento” (Archivo de la Casa Piñán, Not., Saj., Agustín Piñán, leg.1711, ff.28rº-29rº).

Al margen del porqué de los acontecimientos, que tendrán que ser analizados en sus respectivos contextos, en esta reiteración de Dña. Francisca de la Caneja con respecto a su hijo, asoman no sólo los reproches que debían estar haciendo las hermanas y los yernos sobre los despilfarros de Leonardo, sino también la necesidad que tenía la madre de defender y respaldar la vida peligrosamente vivida de su hijo, así como la memoria del mismo tras su muerte. Porque, aunque por ahora desconocemos la fecha exacta, parece que Don Leonardo García de Mendoza no llegó a cumplir los 30 años de edad.

Para más información puede consultarse la genealogía de esta familia que estoy reconstruyendo en http://lacasadelabolera.blogspot.com/p/linaje-del-arcediano-pedro-diaz-en-soto.html


miércoles, 23 de febrero de 2011

UN SUSTO PARA EL PRIOR DE PEDROSA


Imagínense hoy la siguiente escena.
A finales del 1.600, se hallaba el prior de la villa de Pedrosa durmiendo plácidamente en su casa, cuando un súbito ruido sordo y potente junto a su lecho le despierta con sobresalto. Tras unos segundos de comprensible desconcierto, busca a tientas la candela mientras por su nariz se cuela un característico olor a pólvora quemada. Milagrosamente, una silla de respaldo que el clérigo había colocado junto a su cama el día anterior recibió los disparos de arcabuz que entraron por su ventana dirigidos a su persona.
Como es natural, el prior de Pedrosa denunció semejante atentado y sacrílega osadía. ¿Y a quién denunció el prior de Pedrosa? Pues a un viejo conocido de este blog: Don Leonardo García de Mendoza.
Lo que sucede es que durante el pleito no quedó claro si el autor de los arcabuzazos había sido Don Leonardo o su criado, Luis de Acebedo Villarroel. Ciertamente, en el inventario post mortem del padre de este Luis aparece “un arcabús” y “un frasco de echar pólvora” (post 28-01-2011), aunque nada sabemos de los artilugios que su amo podía poseer. Y sobre quién decidió matar al cura y quién disparó finalmente el escopetón, eso tampoco lo sabemos, ni se supo al parecer en su momento.
Que este Don Leonardo tenía un… pronto, ya lo hemos visto otras veces. Pero las acusaciones que se vierten en 1702 y 1703 contra su mayordomo tampoco son nada despreciables. Los testigos coinciden en definirlo como un joven “de recio natural” o, dicho más llanamente, bruto por naturaleza. Veamos algunas de las cosas por las que se le denuncia.
Que dicho Luis, fundado en lo referido (el apoyo de personas poderosas), y ser mozo de recio natural, ha ocasionado ruidos y pendencias. Habiendo sido reprendido por dicho lugar (Oseja)..., estando en su ayuntamiento, el dicho Luis con altivez y arrojo y movimientos indecentes dijo que aunque les pesase lo hecho, había de estar hecho”.
Lo “hecho” era apropiación indebida de terrenos comunales, tala de árboles y destrucción de una parte del Camino Real. Podemos imaginar cuáles fueron los “movimientos indecentes” que Luis de Acebedo hizo en concejo, pues el gesto obsceno de levantar el dedo corazón se puede rastrear hasta la época de San Isidoro de Sevilla (h.556-636), quien lo describe en sus Etimologías cuando dice que en su época a dicho dedo se le llamaba, por esta causa, “impudicus digitus”.
Se acusa también a Luis y a su padre de cerrar “en las Cuestas de Carunde, término de dicho lugar, suelo y tapín de dos carros de hierba, conduciendo agua para ellos y otra heredad suya por diferentes presas, quitando los abrevaderos de los ganados de dicho lugar. Y para la guarda del fruto de dicho rompimiento, agregado a dicha heredad, se valen los acusados de criar y tener perros dañinos que matan y han matado muchos ganados”.
Y asimismo dicho Luis de Acebedo, de ordinario en las jornadas y compañías que pasan a tierra de Castilla, maltrata de palabras y obras a los compañeros, vecinos y naturales, haciendo menosprecio de ellos sin embargo de ser de tanta estimación. Como lo hizo el año pasado de setecientos y uno con Matías Francisco Blanco, mi hermano, en el Puerto de Mengamoñoz, distante de esta jurisdicción cincuenta leguas, que le hizo muchos cardenales en la cara y cuerpo, quitándole el pelo mayor y principal de su cabeza…”. ¡Quitándole el pelo mayor y principal de su cabeza! Esta expresión me deja perpleja, porque me quedo sin saber bajo qué circunstancias violentas perdió Matías Blanco su cabellera, si mediante el arranque enfurecido y rabioso de mechones de pelo o bajo alguna modalidad más próxima a lo que andando el tiempo pondrían en práctica algunas tribus de índigenas norteamericanos.
“Mengamoñoz” es Mengamuñoz, localidad del sur de Ávila, situada en la Sierra de Gredos y en la antigua Cañada Real Leonesa Occidental, aunque lo que aquí se menciona en realidad es el Puerto de Menga, por donde pasa la calzada romana que debían seguir los sajambriegos.
Y ansimismo el año pasado de setecientos y uno maltrató de palabras y obras a Domingo Alonso y a Marcos Martínez, vecinos de este dicho lugar, en el Páramo de Billota (hoy Villota del Páramo), a la salida de Guardo, sobre cuya pendencia y ofensa pido declaren los testigos”.
Como se va comprobando, no solo la documentación económica, sino la descripción de cualquier acontecer cotidiano sirve de fuente para documentar las andanzas de los carreteros, almagreros y arrieros sajambriegos en la cercana Tierra de Campos o en los extremos de Castilla.
Y asimismo este presente año dicho Luis, acusado, reincidiendo en su torpeza y recio natural, dio de palos y golpes a Domingo de Mendoza, vecino del lugar de Soto, sin que tuviese motivo para ello”.
Como suele suceder en una gran parte de las querellas recogidas por el escribano público, nos quedamos sin saber si la Justicia local llegó a sancionar el hosco comportamiento de Luis de Acebedo Villarroel o si las personas “mayores y muy acomodadas con cuyos favores” se había favorecido el recio natural de este mozo en otras ocasiones, volvieron esta vez a defenderle.