sábado, 20 de noviembre de 2010

LA FESTIVIDAD DE SAN PEDRO (1 de agosto) Y EL CRISTO DE SOTO.

Reliquia que se conserva en la basílica romana de San Pedro ad Víncula.

LA FESTIVIDAD DE SAN PEDRO, EL 1 DE AGOSTO.

Tres documentos del siglo XVII mencionan la celebración en Sajambre del día de San Pedro a primeros de agosto.

Ribota, 1659: “...en uno de los días del agosto pasado, el día de San Pedro”.
Ribota, 1664: “...el día de San Pedro que es a primero de agosto deste presente año”.
Oseja, 1662: “...para el día de San Pedro de agosto, primero día del mes de agosto, que primero viene”.

En el santoral católico, el 1 de agosto se celebra la fiesta de las Cadenas de San Pedro, reliquia que la emperatriz bizantina Eudoxia regaló al Papa León I y que se venera en la iglesia romana de San Pietro in Vincoli. Se cree que el 1 de agosto fue la fecha de consagración de dicho templo.

¿Sería ésta la advocación a la que estaba dedicada la ermita de San Pedro de Orzales?
La respuesta es SÍ, véase el post del 15 de marzo de 2011:
http://lacasadelabolera.blogspot.com/2011/03/definitivamente-la-fiesta-de-san-pedro.html


EL CRISTO DE SOTO.


En el año 1696 existía en el altar mayor de la iglesia de Soto una imagen de Nuestro Señor a la que una feligresa, llamada Catalina Alonso, viuda de Pedro Simón, le dedica misas en su testamento: “Iten mando se digan por mi ánima tres misas a Nuestro Señor y es mi boluntad se digan en el altar mayor de esta santa yglesia de Soto donde está su imagen” (Archivo de la Casa Piñán, Notarial, Agustín Piñán, leg. 1699).


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NOTAS
* Este post hace el número 400.

viernes, 19 de noviembre de 2010

CEREMONIA Y SIMBOLISMO DE LA TOMA DE POSESIÓN EN SAJAMBRE (siglos XVI y XVII).

Antes de que el control sobre una propiedad recientemente adquirida fuera efectivo era necesario que se tomara posesión de ella. La toma de posesión de un bien era un acto jurídico que generaba derechos, pero era también una ceremonia con un lenguaje simbólico de antigua tradición.

Vamos a observar cómo se celebraban en Sajambre estos rituales a través de dos tomas de posesión de prados adquiridos por compra-venta. El primer documento recoge el acto de apoderamiento de un prado en Miraño y está fechado en Soto de Sajambre, el 28 de septiembre de 1564. El segundo documento contiene la transferencia de la propiedad de Prao Lluengo y está fechado en Pío, el 12 de agosto de 1673. Los dos se conservan en la Sección Notarial del Archivo de la Casa Piñán, el uno en el legajo de Diego Fernández de Cueto Luengo y el otro en el protocolo de igual fecha de Gonzalo Piñán.

El proceso daba inicio cuando el nuevo propietario presentaba ante el juez ordinario del Concejo y ante el escribano público el título de propiedad que le avalaba y pedía a las Justicias que le dieran la posesión.

Diego Fernández de la Caneja, el mozo, vecino de Soto, “apresentó esta carta de venta aquí enserta y encorporada que le avía fecho e otorgado Françisco de Santos, veçino de dicho conçejo, de las dos terçias de una haza de prado en Miraño... E pedía al dicho señor juez le ponga e entregue y apodere en la posysyón de la dicha haza” (Soto, 1564). Y Julián Díaz, vecino de Pío, “presentó la escriptura desta otra parte que a su favor pareçe aver otorgado Juan de la Puente, veçino del dicho lugar de Pío... Y pidió a su merced del dicho señor juez le mande dar y dé la real posesión de los vienes de prados y tierras en dicha escriptura contenidos” (Pío, 1673).

A continuación el juez acepta el documento y, en el caso de 1564, ordena su lectura en voz alta ante testigos: “E luego el dicho señor juez dixo que la avía por presentada la dicha carta de venta e la hizo leer a mí el dicho escrivano”. En cambio, en 1673 se ordena al escribano su comparecencia en el lugar de la ceremonia: “Y ansí presentado el pedimiento, su merced le huvo por presentado y que dará la posesión de los vienes raíçes que contiene la escriptura al dicho Julián Díez y que yo, el escrivano le asista para ir al sitio a donde están dichos prados y haçer los autos de posesión y más que sean necesarios, ansí lo proveyó su merced”.

Una vez en el lugar en el que se hallaban las propiedades se llevaba a cabo el ritual que se componía de palabras y acciones icónicas que explicaremos en un momento. Oigamos primero a los documentos.

Soto, 1564: “E fue a la dicha haza de prado de Miraño e puso al dicho Diego Ferrández de la Caneja en la posysyón de las dichas dos terçias de la dicha haza. Y en señal de posysyón y entrega e apoderamiento della, le entregó un çespe de la dicha haza e un ramo de una haya que con la dicha haza fronteava. Y el dicho Diego Ferrández de la Caneja se paseó y entró en las dichas dos terçias de la dicha haza. Y ansý el dicho señor juez dixo lo avía e ubo por apoderado en la dicha haza”.

Pío, 1673: “Después de lo susodicho, en el balle de Berrunde de Vierdes deste Concexo de Saxanbre, a doce días del mes de agosto deste dicho año, el señor Pedro Andrés, juez hordinario en este Concejo por su magestad, por ante mí, escrivano, y testigos dio la posesión real, actual, çivil, velquasi al dicho Julián Díez del Prado Lluengo... y le mandó pasearse por él en señal de posesión. Y ansimismo de los demás vienes raíçes en dicha escriptura contenidos. Y el dicho Julián Díez se paseó por dicho prado en señal de posesión de él y de los demás vienes raíçes que contiene dicha escriptura... La qual dicha possesión dixo se la dava y dio su merçed sin perjuiçio de terçero...”.

Esta ceremonia hunde sus raíces en la traditio jurídica romana y en las prácticas del Derecho consuetudinario medieval(1). En Las Partidas del siglo XIII se decía: “Possessión tanto quiere decir como ponimiento de pies. E según dixeron los sabios antiguos es tenencia derecha que ome ha en las cosas corporales con ayuda del cuerpo e del entendimiento...” (2). Tal y como dice el corpus legislativo de Alfonso X, toda ceremonia de toma de posesión constaba de una parte corporal, en la que el propietario tenía contacto físico con su adquisición y una parte intelectual, en la que una autoridad reconocía públicamente su dominio. La primera se expresaba mediante acciones concretas (como el paseo) y la segunda mediante palabras orales (pronunciadas por el juez ante testigos) y escritas (acta levantada por el notario público).

En los dos casos sajambriegos seleccionados nos encontramos con que el nuevo propietario debía entrar en el prado y pasearse por todo él (“ponimiento de pies”). Este acto simbólico está presente en todas las tomas de posesión de bienes inmuebles desde la Edad Media. En el caso de 1564 aparecen además otros dos elementos emblemáticos: el puñado de cesped y una rama de haya. Con ellos se representaba la capacidad legal del propietario para el disfrute de los derechos anejos, es decir, para percibir cualquier fruto de la tierra o de los árboles del lugar.

El puñado de hierba o de tierra es un signo icónico también frecuente en este tipo de documentos y la rama de haya me parece de un interés especial porque el documento dice, en realidad, “un ramo de una haya”. Aunque en su origen la rama y el ramo eran lo mismo, el ramo tiene en la tradición local un significado simbólico añadido.

Los ramos se utilizaron en el Sajambre tradicional para varios fines, pero muchos de ellos se explican antropológicamente como ritos de paso, como indicación del final de una etapa y el inicio de otra. Así sucede con el ramo que se colocaba en los carros al final de la recogida de la hierba; con el ramo que se coloca en las chimeneas al término de la construcción de una casa; con el ramo de Navidad que está relacionado con el solsticio de invierno; e incluso, con el ramo de San Juan que los mozos colocan en las ventanas de las mozas, o sea, de quienes han dejado de ser niñas. En una toma de posesión, el ramo simboliza la ruptura con la realidad anterior y el comienzo de una nueva etapa bajo el dominio de otro dueño.


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NOTAS
(1) Isabel Beceiro Pita, “El escrito, la palabra y el gesto en las tomas de posesión bajomedievales castellanas”, en Studia Historica. Historia Medieval 12 (1994), pp. 53-82.

(2) Partida III, título XXX, ley I.

miércoles, 17 de noviembre de 2010

LA PISA DEL RÍO AGÜERAS: fecha de construcción, localización y residuos contaminantes.

El Catastro de Ensenada dice que de todos los molinos que había en Sajambre en el año 1752 uno era un batán o molino de enfurtir paños. Este batán o pisa se movía con la fuerza del río Agüeras, que los documentos hacen pasar por Pío, y en época del Catastro pertenecía a un vecino de dicho lugar, llamado Pedro Mayón, entre cuyas propiedades se describe:

MOLINO DE BATANES
Tiene asimismo un molino de batanes, el que está situado en río de Las Güeras y su labor es nuebe meses del año. De una sola rueda, que linda a todos quatro ayres con pasto común” (Oseja de Sajambre, Archivo Municipal, lib.1, f.656 rº).

En Asturias, lo normal era que los batanes trabajaran ininterrumpidamente hasta los meses de verano, época en la que cesaba la actividad porque al disminuir el caudal de los ríos, el agua canalizada resultaba insuficiente para mover con fuerza los mazos del molino. Quizás por este motivo, el cura de Oseja, Francisco Rodríguez Reyero, había llevado a finales del mes de julio de 1720 dos telas de sayal “a pisar en el Concejo de Valdeón” (ver post del jueves 4 de noviembre de 2010).

El mecanismo de este ingenio hidráulico era muy sencillo. En el río que aquí se llama Agüeras se construyó una presa y desde ella el agua era conducida por un canal en pendiente hecho de madera de roble, cuya caída hacía girar una rueda que accionaba los mazos con los que se golpeaban los paños para fortalecerlos. Por lo que parece, la canalización cruzaba el camino que iba hacia las tierras de La Portiella y Moneo.

Este batán o pisa se había establecido en Sajambre en el año 1664 por iniciativa de una mujer llamada Catalina de la Puente que, por lo que sabemos, se casó dos veces, la segunda de ellas en el año 1674. Cuando se construye el batán todavía estaba vivo su primer marido: Juan Gómez, vecino de Ribota. Los sajambriegos ya saben de qué familia estamos hablando. El hijo mayor de Juan y Catalina, que tendría unos diez u once años en 1664, se llamaba Pedro Gómez, un nombre que se ha ido repitiendo en esta familia hasta la actualidad (Archivo de la Casa Piñán, Sección Notarial, Gonzalo Piñán de Cueto Luengo, legs.1664 y 1674).

Poco después de entrar en funcionamiento el batán, se producen conflictos con los vecinos de Ribota, quienes acaban quejándose a las Justicias del Concejo por los trastornos que les causaba la pisa “que fundó Catalina de la Puente”. Las razones argumentadas fueron las siguientes:

1) La presa construída disminuía el riego de algunas fincas.
2) Los residuos del abatanado ensuciaban el agua, no pudiéndose por esta causa lavar la ropa, la carne u otras cosas en el río.
3) Se había invadido el camino que iba hacia las erías de La Portiella y Moneo, impidiendo a algunos vecinos de Ribota el acceso a sus tierras de labor.

Oigamos directamente a los afectados a través de su portavoz, el cura de Ribota:

Julián Rodríguez, cura de Rivota y sus anexos, ante vuestra merced parezco por mí y en nonbre de los demás vecinos a quienes toca y puede tocar el perjuicio de la fundación de la pissa de sayal, que fundó en el dicho lugar Catalina de la Puente, vecina dél, por causa del agua que quita a algunas heredades para su riego. Y asimismo para la limpieza de la ropa, carne y otras cosas, de que no se puede usar por estar llena de pelanbre del sayal. Y asimismo por atrabesar el camino por donde yo y dichas mis partes tenemos el serbicio para la agricultura de las tierras de la ería de La Portiella y la de Moneo, de que se sigue gran perjuicio al dicho lugar, el qual protesto pedir a su tienpo. Y aunque la susodicha alega tiene derecho por aver fundado sin contradición y, por esa causa, averse querellado de Secilia Martínez, mi criada, por dicir le abía quitado el agua de dicha pissa, digo, señor, que al tienpo y quando se hizo el edificio de dicha pressa, yo estava ausente, lo qual ofrezco provar, y a vuestra merced suplico me conceda el término probatorio...” (Archivo de la Casa Piñán, Sección Notarial, Gonzalo Piñán de Cueto Luengo, leg.1664).

Nada sabemos, por el momento, sobre la manera en la que se resolvió o cerró este conflicto, pero la pisa siguió funcionando. Lo cierto es que, a pesar de los inconvenientes que provoca toda actividad industrial, la existencia de un batán en Sajambre era algo beneficioso para la población porque permitía el abastecimiento local de telas suficientemente resistentes para el vestido y el abrigo, sin tener que recurrir a los batanes asturianos o valdeones.

Unos cuarenta años después de la noticia anterior, a principios del siglo XVIII, el dueño de la pisa o pisón era Lorenzo Gutiérrez, vecino de Pío, heredada tras su fallecimiento por su mujer María Alonso, quien muere en el año 1715 “y dizen fue en la bentta de Pontón y estar enterrada en el lugar de Retuertto”. En su inventario de bienes se incluye “una pissa de pissar lana que está en el río caudal que baja de Las Agüeras, término de dicho lugar” de Pío (Archivo de la Casa Piñán, Sección Notarial, Agustín Piñán de Cueto Luengo, leg.1715).

En el mismo documento aparece el emplazamiento del batán como topónimo: “Yten medio carro de yerba en do se dize La Pissa, que linda de un lado con prado de Isidro Gargallo y de otro lado con el río caudal” (Archivo de la Casa Piñán, Sección Notarial, Agustín Piñán de Cueto Luengo, leg.1715).

Actualmente existen lugares llamados La Pisa y el Prao La Pisa, que también mencionan otros documentos de 1600. Lo que no sé con seguridad es en término de qué pueblo debe situarse esta descripción de la pisa, si en Pío o en Ribota.

domingo, 14 de noviembre de 2010

DOS NOTICIAS GENEALÓGICAS.

1.- EL BISTATARABUELO DE IGNACIO Y JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA.

Ya comentamos en otra entrada que los protocolos notariales del Archivo de la Casa Piñán nos llevan al tatarabuelo Tomás Díaz de la Caneja, padre del bisabuelo Juan Díaz de la Caneja, cuyo inventario de bienes publiqué hace un par de semanas.

El bisabuelo paterno, Juan Díaz de la Caneja, nació en 1649 y murió en 1711 a la edad de 72 años, aparece con frecuencia en la documentación notarial por diferentes motivos. En 1699 tenía 50 años (Consejo de Órdenes, Exp. Pruebas de Caballeros de Santiago, exp. 1531, f.5vº).

El tatarabuelo paterno, Tomás Díaz de la Caneja, fue notario público del Número y del Concejo de Sajambre, y hasta el momento lo tenemos bastante bien documentado entre 1657 y 1671.

A lo largo del año 1662 se desarrolla un pleito familiar por una herencia y los documentos conservados nos sirven para enriquecer el árbol genealógico y para ir aclarando algunas de las muchas dudas que todavía quedan sobre esta familia.

El bisbistatarabuelo paterno se llamaba Sancho Díaz, había nacido en Ribota, fue notario público del Número y del Concejo de Sajambre y tenemos noticia de su actividad documental entre 1600 y 1636. Tras su fallecimiento, la notaría la hereda el hijo llamado Julián Díaz de la Caneja.

En este eslabón se encuentra el origen del “Caneja” de esta familia que se adquiere al casarse Sancho Díaz, vecino de Oseja por su calidad de escribano público, con Juliana de la Caneja (Archivo de la Casa Piñán, Notarial, Sajambre, Gonzalo Piñán de Cueto Luengo, leg.1662, f.5rº).

El matrimonio tuvo 8 hijos conocidos: Julián, Pablo (clérigo), Tomás, Juan, Alonso, Lupercio, Luisa y Ana Díaz de la Caneja, varios de ellos nacidos en Ribota o avencindados allí.


2.- PARTIDA DE DEFUNCIÓN DE LA MADRE DEL ARCEDIANO.

En el Archivo de la Casa Piñán de Oseja de Sajambre se guarda un Libro de Difuntos escrito por Domingo Piñán de Cueto Luengo, cura de Oseja y su anejo, Soto, que comprende los años 1623 a 1649.

En una de sus páginas, severamente afectada por la humedad y el paso del tiempo, puede leerse la partida de defunción de “Juana Fernández, viuda de Diego Díez de Oseja”, quien dejó encargadas 20 misas de oficio, un treintenario, ofrenda de pan todos los domingos y fiestas de un año, y responsos no sabemos si rezados o cantados a causa del deficiente estado de conservación del papel.

Murió en Oseja en el año 1627, en un mes que quizás pueda distinguirse con el original delante y en un día 9 del calendario. Domingo Piñán fue anotando, una a una, el cumplimiento de todas las misas encargadas hasta terminar su trabajo que rubrica con un “cumplióse” (Oseja de Sajambre, Archivo de la Casa Piñán, Sección General, Iglesia, leg.1, n.1, f.3rº).