jueves, 26 de febrero de 2009

DOCUMENTOS SOBRE IGNACIO Y JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA (I).


El 7 de agosto de 1849, Isabel II concede a Ignacio Díaz-Caneja, obispo de Oviedo, la Gran Cruz de Isabel la Católica por recomendación del Ministro de Estado, don Pedro Pidal. El 10 de septiembre, Joaquín Díaz-Caneja solicita a la reina que del mucho dinero que el Estado le adeuda por su título de Comendador de la Orden de Isabel la Católica, se pague la expedición del título de la reciente gracia concedida a su hermano.

Resulta interesante leer el contenido de la solicitud elevada a la reina por Joaquín Díaz-Caneja, que aquí edito en fotografía y transcripción, por dos motivos. Por un lado, observamos cómo la Corona concedía mercedes y privilegios a sus súbditos, cuyas obligaciones económicas no respetaba, dejando a deber a algunos beneficiados (en este caso a don Joaquín) el montante de la pensión derivada de los títulos concedidos.

El otro aspecto es la práctica de la Cancillería real que, desde la Edad Media, funcionaba de la misma manera a estos efectos: cuando el monarca decidía emitir un documento, el coste de la escrituración y expedición del mismo corría a cargo del beneficiario. En este caso, el título de la Orden de Isabel la Católica le costaba a don Ignacio Díaz-Caneja 3.000 reales.

No creo posible que el interesado no tuviera esta cantidad, como argumenta su hermano en la solicitud dirigida a la reina. Lo que creo es que don Joaquín aprovechó la situación para reclamar al Estado lo que se le debía a fin de que el Estado mismo se hiciera cargo de las tasas de cancillería.

La reina otorga el visto bueno a la solicitud de don Joaquín una semana después de la petición. He publicado ya, a continuación, primero las imágenes de ambos documentos y después sus transcripciones.

DOCUMENTOS SOBRE IGNACIO Y JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA (II).




Madrid, Archivo Histórico Nacional, Estado- Secretaría de Órdenes Civiles, leg. 6336, exp. 22.

DOCUMENTOS SOBRE IGNACIO Y JOAQUÍN DÍAZ-CANEJA Y SOSA (III).

* 1849, septiembre 10. Madrid.
Joaquín Díaz-Caneja solicita a Isabel II que los gastos de cancillería de la emisión del título de la Gran Cruz de Isabel la Católica a favor de su hermano, el obispo de Oviedo, se costeen con lo que el Estado le adeuda de su pensión de Comendador de la misma Orden.
Madrid, Archivo Histórico Nacional, Estado- Secretaría de Órdenes Civiles, leg. 6336, exp. 22.

Señora:

Habiéndose dignado Vuestra Majestad conceder espontáneamente la Gran Cruz de la Real Orden americana de Isabel la Católica al reverendo Obispo de Oviedo, mi hermano, se apresuró éste, cual debía, a manifestar su gratitud por tan honrosa distinción debida a vuestra real munificencia. Pero no permitiéndole su posición económica satisfacer los tres mil reales que devenga la Orden por la expedición del título, será preciso que yo saque al agraciado de este apuro, como he tenido que sacarle de otros mayores, para que la real gracia no venga a quedar ineficaz.
Hace veinte y ocho años que el augusto padre de Vuestra Majestad se sirvió concederme la Cruz de Comendador con goce de pensión de la misma Real Orden de Isabel la Católica, de la cual soy en el día el más antiguo pensionista y el mayor acreedor, pues pasa de ciento sesenta mil reales lo que me debe por atrasos de mi pensión. Otros varios acreedores de esta clase y no de tanta consideración ni con mucho, han obtenido de Vuestra Majestad que los derechos de las cruces que les habían concedido se descontaran de sus créditos por atrasos.
Confiado pues en conseguir una gracia semejante a Vuestra Majestad, rendidamente suplico se sirva mandar que los tres mil reales debidos a dicha Real Orden por la Gran Cruz de la misma que Vuestra Majestad ha tenido a bien conceder al reverendo Obispo de Oviedo, mi hermano, se compensen con otros tantos de mi considerable crédito por atrasos de mi pensión de Comendador de la propia real orden, cargándomelos en mi cuenta.
Madrid, 10 de septiembre de mil ochocientos cuarenta y nueve.
Señora,a la Real Persona de Vuesta Majestad,
Joaquín Díaz Caneja.

* 1849, septiembre 17. Palacio real.
Minuta con la aprobación de la reina Isabel II a la petición de Joaquín Díaz-Caneja de 10 de septiembre de 1849.
Madrid, Archivo Histórico Nacional, Estado- Secretaría de Órdenes Civiles, leg. 6336, exp. 22.

Al Prior de las Órdenes de Carlos 3º e Isabel la Católica.
Palacio, 17 de septiembre de 1849.

Excelensítimo Señor:

He dado cuenta a la Reina, nuestra señora, de una instancia de don Joaquín Díaz Caneja, Comendador de la Real Orden de Isabel la Católica, en que solicita que de la suma que se le audeuda por cuenta de la pensión que disfruta se deduzcan los derechos del título de Caballero Gran Cruz de la propia Real Orden con que ha sido agraciado por Decreto de 7 de agosto próximo pasado su hermano, don Ignacio, obispo de Oviedo. Y enterada su majestad se ha dignado a acceder a la petición del interesado.
De Real Orden lo digo a vuestra excelencia para su consentimiento y los efectos correspondientes.

jueves, 19 de febrero de 2009

MITOLOGÍA DE SAJAMBRE (2): LA FUENTE EL INFIERNO.

En toda sociedad humana, lo que evoluciona siempre con más lentitud es la mentalidad. Como parte de los componentes supraestructurales, lo que antaño fueron arraigadas creencias religiosas perduran en el tiempo durante cientos, miles de años, aunque las religiones de las que formaron parte hayan sido sustituidas por otras recién llegadas. Así se han conservado vestigios de antiguos credos anteriores al Cristianismo una veces como designaciones toponímicas, otras como elementos folklóricos y festivos, otras como supersticiones y otras como aspectos asimilados e incorporados a la nueva religión dominante. Rastreando tales evidencias y confrontándolas con las fuentes históricas (escritas y arqueológicas) se puede conocer el trasfondo mental y reconstruir las creencias religiosas de nuestros antepasados.

El capítulo 2º de este artículo sobre Mitología Sajambriega va a estar dedicado a buscar indicios de las prácticas y creencias religiosas antiguas que hayan podido quedar en la toponimia, en las supersticiones y en las costumbres populares sajambriegas.

El Cristianismo denomina “superstición” a cualquier creencia sobrenatural ajena a las suyas propias (léase al padre Feijóo). Pero para antropólogos e historiadores las supersticiones son evidencias de antiguas prácticas rituales y credos religiosos desaparecidos que se han perpetuado de esta manera en el imaginario popular. En su Debate con Maximino, el propio San Agustín consideraba que las supersticiones eran supervivencias de la idolatría pagana, incluyéndose en el concepto “pagano” los dioses grecorromanos y las muchas divinidades de origen diverso que veneraban los pueblos del Mundo Antiguo.

En los círculos cultos, los intelectuales cristianos combatieron el Paganismo con argumentos filosóficos y teológicos, aunque para combatirlo entre el pueblo llano las medidas debían ser otras. Junto a las leyes imperiales de destrucción de templos y prohibición de rituales no cristianos (gentilitia superstitio) que se inauguran tras el Edicto de Milán y se intensifican tras el Decreto teodosiano, la principal estrategia fue la demonización de todo lo no cristiano, de tal manera que lo que antes había sido sagrado pasaba ahora a ser maldito, una auténtica obra del demonio como siglos después seguiría afirmando Santo Tomás de Aquino.

Los castigos, como una forma de control social en este sentido, han quedado en lugares llamados Cueva del Purgatorio o Salto del Diablo (Julio Concepción Suárez, “Toponimia y poder religioso”, Actas del III Congreso de Historia de las Religiones, Oviedo 2002, 41-64). En Sajambre existe una Riega o Fuente El Infierno. Este hermoso topónimo parece indicar que dicho manantial debió haber sido un lugar sagrado para los sajambriegos en algún momento de su historia. Recordemos por ejemplo que, entre los antiguos cántabros,  no existían templos edificados, pues todos los santuarios eran emplazamientos naturales.